Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 9 de marzo de 2017

Primera Sección
Que el Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios de Provisión de Agua Potable y Desages Cloacales aprobado como Anexo 2 por la Ley 26.221, no instituye la obligatoriedad de dicho procedimiento previo a resolver una adecuación tarifaria.
Que, sin perjuicio de ello, la participación de los usuarios ha sido prevista en dicho Marco Regulatorio por vía de la citada Sindicatura de Usuarios y del Defensor del Usuario del Ente Regulador; ello en concordancia con el artículo 42 de la Constitución Nacional que ha reconocido el derecho de los usuarios a través de sus asociaciones a participar en los organismos de control.
Que la propuesta presentada por Agua y Saneamientos Argentinos S.A. AySA incluye instrumentos innovadores y superadores de numerosos aspectos en la materia, en claro y concreto beneficio de los usuarios, en especial en materia del régimen de Tarifa Social entre otros temas, en total acuerdo con los lineamientos del Plan Nacional del Agua, que ameritan su más amplia difusión a la ciudadanía.
Que conforme lo expuesto, con relación al servicio que presta la concesionaria Agua y Saneamientos Argentinos S.A. AySA, resulta ser el llamado a Audiencia Pública una cuestión de oportunidad, mérito y conveniencia de la Autoridad de Aplicación el decidir su realización.
Que en tal contexto cabe asignar un lugar primordial a los mecanismos que posibilitan la participación de la ciudadanía en la etapa formativa de las decisiones, asegurando para ello el más pleno acceso a la información.
Que en tal sentido, se ha evaluado oportuno en esta instancia someter la propuesta de adecuación tarifaria elevada por Agua y Saneamientos Argentinos S.A., a opinión de la ciudadanía a través de la realización de una Audiencia Pública.
Que el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº1172 del 3 de diciembre de 2003, en su artículo 1 aprobó el REGLAMENTO GENERAL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS PARA EL PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que dicho Reglamento establece que será la Autoridad Convocante el área a cargo de las decisiones relativas al objeto de la Audiencia Pública.
Que en el caso de tarifas de agua potable y servicio cloacal en el área de la concesión de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. AySA, la autoridad referida en el Marco Regulatorio es esta Subsecretaría de Recursos Hídricos, que en tal contexto aprobó el Reglamento de Aplicación de Normas Tarifarias por Disposición SSRH Nº45/2010 y posteriores normas modificatorias Que en consecuencia corresponde a esta Subsecretaría ser la Autoridad Convocante en el procedimiento de Audiencia Pública, y presidir la misma.
Que en tal carácter se entiende necesario encomendar al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ERAS para que asista como Área de Implementación a los efectos de implementar y organizar la Audiencia Pública en virtud de su especificidad en la materia objeto de la misma, y ello en el marco del artículo 42 inciso o del Anexo 2 de la Ley 26.221, sin perjuicio de la colaboración que procurará la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN APLA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en uso de las facultades derivadas de los artículos 20 y 21 del Marco Regulatorio de la Concesión aprobado como Anexo 2 por la Ley 26.221, el artículo 16 y concordantes del Anexo E de dicho Marco, y artículo 7º del Anexo I del Decreto 1172/2003.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Convocar a Audiencia Pública con el objeto de informar y recibir opiniones de la comunidad sobre la Propuesta de Adecuación Tarifaria y sus fundamentos, formulada por AGUA
Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA AySA, que como ANEXO IF-201703099917-APN-DNAPSMI forma parte de la presente.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.581

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ARTÍCULO 11. La Autoridad Convocante en un plazo no mayor de 30 días de recibido el informe final del Área de Implementación fundará su resolución final explicando de qué manera ha tomado en cuenta las opiniones de la ciudadanía y, en su caso, las razones por las cuales las rechaza.
ARTÍCULO 12. Comuníquese, regístrese, publíquese por DOS 2 días consecutivos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Pablo Jose Bereciartua.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gob.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 09/03/2017 N13508/17 v. 10/03/2017

MINISTERIO DETRANSPORTE
Resolución 105-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2017
VISTO el Expediente N S02:0100268/2014 del Registro del Ex-MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE, Expediente original N S01:0148486/2014 del Registro del Ex-MINISTERIO
DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, Expediente N ANC:
0003066/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Ley de Obras Públicas N13.064, la Ley de Ministerios N22.520, la Resolución N646 de fecha de fecha 28 de abril de 2015 y el Decreto N375 de fecha 18 de febrero de 2016,y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N646 de fecha 28 de abril de 2015 del Ex-MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE se convocó a la Licitación Pública Nacional N6/2015 de etapa única para la contratación de la Obra PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO SERVICIO
DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIO, INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y PAVIMENTOS
EN EL AEROPUERTO BRIGADIER MAYOR CÉSAR RAÚL OJEDA, SAN LUIS, PROVINCIA DE
SAN LUIS, y se aprobó el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de Condiciones Especiales y el Pliego de Especificaciones Técnicas respectivos y su Presupuesto Oficial por la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CATORCE $22.376.114.
Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad y difusión que rigen la presente contratación, retiraron pliego las Empresas, CPC SOCIEDAD ANÓNIMA CUIT N30-59865201-1, NIRO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA CUIT N33-58817197-9, ALVARADO CONSTRUCCIONES CUIT N20-20219851-2, PANEDILE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA CUIT
N 30-50203060-0, HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT N 3070808672-6, RIVA CONTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL E
INMOBILIARIA CUIT N30-51891712-5, ALQUIMAQ SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA CUIT N30-63214644-9, CONSTRUCTORA DEL SOL CUIT N2012015105-4, LAUGERO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA CUIT N 30-679806374, EFEDE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT N 30-70873398-5, COINAL
SOCIEDAD ANÓNIMA CUIT N 30-70915815-1, BENEDETTI DIEGO MARTÍN CUIT N 2027077001-1, MAPAL SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, AGROPECUARIA
CUIT N30-58755778-5, CONSTRUMIN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT
N 30-70748677-1, GECONPE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT N 3370863300-9, INGENIERO TOSTICARELLI Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA CONSULTORA
CUIT N30-58515954-5, DAFRE Y GAIDO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT N30-62142805-1.
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL organismo descentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE emitió la Circular Aclaratoria N1 de fecha 24 de junio de 2015 y la Circular Aclaratoria N2 de fecha 27 de julio de 2015.

ARTÍCULO 2º Formar el expediente administrativo correspondiente, a los efectos de la convocatoria a la Audiencia Pública ordenada en el artículo precedente.

Que las mencionadas circulares fueron notificadas y publicadas conforme a lo previsto en las normas aplicables al presente procedimiento.

ARTÍCULO 3º Encomendar la implementación y organización de la Audiencia Pública al ENTE
REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ERAS.

Que con fecha 7 de agosto de 2015 se realizó el Acto de Apertura de las propuestas presentadas por las Empresas, DAFRE Y GAIDO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA; ALQUIMAQ SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA; BENEDETTI DIEGO MARTÍN; HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E INGENIERO CESAR BORREGO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS.

ARTÍCULO 4º La Audiencia Pública se llevará a cabo en el Teatro de la Ribera, sito en avenida Don Pedro de Mendoza 1821, Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 6 de abril de 2017
a las 10:00 horas, y su procedimiento se regirá por lo dispuesto en los Anexos I y II del Decreto 1172/03.
ARTÍCULO 5º La Audiencia Pública será presidida por la Autoridad de Aplicación designada en el Marco Regulatorio de la Concesión aprobado por Ley 26.221, ejercida por el suscripto.
ARTÍCULO 6º Designar en carácter de Moderador de la Audiencia Pública al Lic. Javier Francisco Corcuera Quiroga, con DNI N11.603.127, quien actuará bajo instrucciones de esta Autoridad Convocante, en carácter temporario y ad-honorem.
ARTÍCULO 7º Conforme a lo dispuesto por el Decreto 1172/03, podrá participar en la Audiencia Pública toda persona física o jurídica, pública o privada que invoque un derecho subjetivo, interés simple o derecho de incidencia colectiva relacionada con la temática a tratar en la Audiencia Pública.
ARTÍCULO 8º La vista de las actuaciones, la inscripción de los participantes y la presentación de documentación relacionada con el objeto de la audiencia se llevará a cabo en la sede del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ERAS sita en avenida Callao 982 Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9:00 hs. a 17:00 hs. a partir del día 15 de marzo de 2017 y hasta las 10:00 hs. del día 4 de abril de 2017. En oportunidad de la inscripción, quien además solicite participar como expositor en la Audiencia Pública deberá manifestarlo expresamente en el formulario respectivo y acompañar un informe que refleje el contenido de la exposición a realizar, pudiendo adjuntar toda otra documentación y/o propuesta relacionada con el tema a tratar.
ARTÍCULO 9º Poner a disposición de los interesados, en la página web del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ERAS, de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN APLA, de AGUA
Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA AySA, y de esta Subsecretaría, los formularios de inscripción en el Registro de Participantes.
ARTÍCULO 10. Publicar la convocatoria por DOS 2 días consecutivos en el Boletín Oficial y en los Diarios La Nación y La Prensa, ambos de circulación nacional, en las páginas web de esta Subsecretaría, del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ERAS, de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN APLA y de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA AYSA. En las citadas páginas Web se incorporará el texto completo de la propuesta.

Que analizados los requerimientos legales y administrativos previstos en los Pliegos Licitatorios, la Comisión Evaluadora solicitó al Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección de Compras y Administración de Bienes de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL de éste Ministerio requiriera a las Firmas HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E
INGENIERO CESAR BORREGO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como UNIÓN
TRANSITORIA DE EMPRESAS; ALQUIMAQ SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA; DAFRE Y GAIDO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y BENEDETTI DIEGO MARTÍN, documentación complementaria a fin de realizar la evaluación de las propuestas.
Que el Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL
LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó a cada una de las firmas mencionadas la documentación requerida por la Comisión Evaluadora de Ofertas.
Que habiéndose cumplido el plazo para la presentación de la documentación anteriormente mencionada, el Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL de éste Ministerio remitió las presentes actuaciones a la Comisión Evaluadora de Ofertas.
Que la Comisión Evaluadora emitió Dictamen de Evaluación con fecha 8 de octubre de 2015 en el que propone desestimar las ofertas presentadas por las Firmas: HORMICON SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA E INGENIERO CESAR BORREGO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS por no cumplir con el Artículo 20.2.c.2. del Pliego de Condiciones Especiales en cuanto a los antecedentes del Responsable del Área de Pavimentos, DAFRE Y GAIDO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por no cumplir con el Artículo 20.2.c.2. del Pliego de Condiciones Especiales en cuanto a los antecedentes del Responsable del Área de Pavimentos y BENEDETTI DIEGO MARTÍN por no cumplir con el Artículo 20.2.a, b y c del Pliego de Condiciones Especiales en cuanto a los antecedentes de la empresa en obras de pavimentos, los antecedentes del Representante Técnico y del Responsable del Área de Pavimentos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2017 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date09/03/2017

Page count52

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

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