Boletín Oficial de la República Argentina del 09/01/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 9 de enero de 2017

Primera Sección Expediente N1.739.661/16
Buenos Aires, 07 de diciembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N 959/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6/10 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1561/16. Lic. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 veintitrés días del mes de Mayo del año 2016
ENTRE el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULO PÚBLICO Y AFINES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA SUTEP, con domicilio en Pasco 148 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por los señores Miguel Ángel PANIAGUA DNI
11.948.919, en calidad de Secretario General; Marcos JARA DNI 10.774.025 en calidad de Secretario Adjunto; Adriana COSTA de ARGUIBEL DNI 5.489.260, en calidad de Secretario de Acción Gremial de la Comisión Directiva Central; Juan José CARDOSO DNI 11.368.679 y el señor Omar Vergara, Secretario General Seccional Buenos Aires y Secretario General de la Comisión Administrativa de la Rama Juegos Electrónicos de la Seccional Buenos Aires, respectivamente y la empresa LEGS CORP S.A. representada en este acto por la Sra. Vanesa Violeta TROISI, en su carácter de apoderada con domicilio en la calle Suipacha N760 Piso 4 Depto. B, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convienen en celebrar el presente ACUERDO SALARIAL, conforme a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Las partes acuerdan fijar nuevas pautas salariales las cuales tendrán vigencia a partir del día 1 de septiembre del año 2016 independientemente de su homologación, y será de apli-

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.540

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cación para todo el personal que desarrolla sus tareas en la empresa y se encuentran convencionados por el C.C.T. N143/75.
SEGUNDA: Las partes han convenido incrementar en un 16% los salarios básicos conformados a partir del mes de septiembre del año 2016 que se abonarán de la siguiente forma:
1 Un adicional no remunerativo del 11% a partir del 1 de septiembre de 2016, que se incorporará a los salarios básicos en el mes de febrero de 2017.
2 Un adicional no remunerativo del 5% a partir del mes de febrero 2017, que se incorporará a los salarios básicos del mes de marzo de 2017, tomándose como base el salario conformado de marzo de 2017 para el cálculo del próximo acuerdo salarial.
Se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento la suma resultante del salario correspondiente para cada categoría en el valor expresado para el mes de febrero de 2016.
TERCERA: El presente acuerdo salarial tendrá vigencia por el período comprendido entre el 1
de septiembre del año 2016 venciendo el 28 de febrero de 2017.
CUARTA: Las partes se comprometen a reanudar las conversaciones salariales a partir del mes de marzo de 2017.
QUINTA: Se adjuntan al presente identificándose como ANEXO I las escalas salariales conforme a las pautas establecidas en el ACUERDO SALARIAL.
SEXTA: Cualquiera de las partes podrá solicitar la homologación del Acuerdo Salarial por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/01/2017 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date09/01/2017

Page count64

Edition count9413

Première édition02/01/1989

Dernière édition31/07/2024

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