Boletín Oficial de la República Argentina del 31/05/2016 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Martes 31 de mayo de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.389
22
AVISOS OFICIALES
Nuevos
MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DELDERECHO DEAUTOR
Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723 - 20-5-2016
Expediente
5290161
Obra Publicada
Género: LITERARIO
Título: POEMAS
5290162
Obra Publicada
Género: LITERARIO
Título: LOA AL INMORTAL
5290163
Obra Publicada
Título: SISTEMA INTEGRAL PARA FOTOCOPIADORAS
5290164
Obra Publicada
Género: PROGRAMA
COMPUTACION
Género: CIENTIFICO
5290165
Obra Publicada
Género: CIENTIFICO
Título: MALEZAS DE INVASORAS DE LA ARGENTINA. TOMO I:
ECOLOGIA Y MANEJO
5290168
5290173
5290180
Obra Publicada Obra Publicada Obra Publicada
Género: FONOGRAMA
Género: PAGINA WEB
Género: INTERES GENERAL
Título: EL COLOR DEL SILENCIO
Título: FREVJAS
Título: LA AUTOBIOGRAFIA INCONCLUSA DE ALICE ANN BAILEY
5290189
5290220
Obra Publicada Obra Publicada
Género: LITERARIO
Género: LITERARIO
Título: LOS OVNIS DE LA ANTARTIDA
Título: DETRAS DE LA LUZ
5290221
Obra Publicada
Género: LITERARIO
Título: DE IDA SOLAMENTE
5290223
Obra Publicada
Género: LITERARIO
Título: EL ALMA DEL MONTE
5290226
Obra Publicada
Género: MUSICA
Título: LES FAUX AMIS
5290235
Obra Publicada
Género: PROGRAMA
COMPUTACION
Título: DATA BAN
5290243
Obra Publicada
Género: PAGINA WEB
Título: ODDS GRAFICA PUBLICITARIA
Título: TRANSFORMACIONES DE LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA
DE LOS TERRITORIOS Y DE LAS POLITICAS PUBLICAS: ENTREL
Autor: PEDRO ANTONIO SALINAS
Autor: ANA MARIA FRANCIA
Autor: CHABELA URQUIAGA
Editor: ATHAL DE ADELA ISABEL FRANCO
Autor: GLORIA ELENA ESPINOZA DE TERCERO
Editor: EDIUNS EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
Autor/Titular: MARCELO HERNAN TAZZIOLI
Autor: AGUSTIN VIDELA
Autor: CHRISTOPHE ABALADEJO
Autor/Titular: ROBERTO NICOLAS BUSTOS CARA
Autor: MARIE GISCLARD
Editor: EDIUNS EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
Autor: OSVALDO ALBERTO FERNANDEZ
Autor: EDUARDO SIXTO LEGUIZAMON
Autor: HORACIO ABEL ACCIARESI
Editor: EDIUNS EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
Productor: CECILIA INES ZABALA
Autor/Titular: HORACIO RAUL MIGUEL
Autor: ALICE A BAILEY
Traductor: ANONIMO
Editor: FUNDACION LUCIS
Autor/Editor: RUBEN OMAR MORALES
Autor: ROSA ELVIRA SODA
Editor: HONORABLE SENADO DE LA NACION
Autor: JUAN CARLOS ORTEGA
Editor: HONORABLE SENADO DE LA NACION
Autor: FACUNDO ANTONIO DIAZ
Editor: HONORABLE SENADO DE LA NACION ARGENTINA
Autor/Editor: MATIAS MIELNICZUK
Autor: MATIAS ERROZ
Autor: COLECTIVA
Autor: RICARDO ARTURO SPAMPINATO
Titular: CONSULTORES EN ORGANIZACION ASOCIADOS SA
Autor/Titular: OCTAVIO SATURNINO LIBOREIRO
Autor/Titular: JUAN MANUEL LIBOREIRO
Dr. GUSTAVO J. SCHTZ, Director Nacional, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
e. 31/05/2016 N36398/16 v. 31/05/2016
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEAVIACIÓN CIVIL
Resolución 352/2016
Bs. As., 23/05/2016
VISTO el Expediente ANC:0012959/2016 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL; la Parte 141 Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil CIAC, la Parte 142
Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil CEAC, la Parte 147 Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil para Mecánicos Aeronáuticos de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC, la Resolución N39 de fecha 5 de febrero de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL ANAC, la Resolución N40 de fecha 5 de febrero de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, la Resolución N343 de fecha de fecha 12 de mayo de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, la Resolución N345
de fecha 12 de mayo de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, el Decreto N1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N39 de fecha 5 de Febrero de 2015 de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, se aprobó la Parte 142 Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil CEAC de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC.
Que mediante la Resolución N40 de fecha 5 de Febrero de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC, se aprobó la Parte 147 Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil para Mecánicos Aeronáuticos de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC.
Que mediante Resolución N345 de fecha 12 de Mayo de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAC se aprobó la Parte 141 Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil CIAC de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC.
Que mediante Resolución N 343 de fecha 12 de Mayo de 2015 se estableció el plazo de DOCE 12 meses, a partir del día 1 de junio de 2015, para que los Centros de Capacitación Aeronáutica, y las Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico EIPAs para la formación de Mecánicos Aeronáuticos, que se encontraren habilitados a esa fecha se adecúen al régimen normativo establecido en las Partes 142 y 147 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC.
Que en igual sentido, mediante la citada Resolución ANAC N345 de fecha 12 de Mayo de 2015 se estableció el plazo de DOCE 12 meses, a los fines que las Escuelas de Instrucción y
Perfeccionamiento Aeronáutico EIPAs y Escuelas de Vuelo que se encontraren habilitadas al 1
de junio de 2015, se adecuen al nuevo régimen normativo establecido por la Parte 141 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC.
Que resulta necesario contemplar la situación de las Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico EIPAs, Centros de Capacitación y Escuelas de Vuelo, que a esa fecha no hayan obtenido la Certificación como Centro de Instrucción de Aeronáutica Civil CIAC o Centro de Entrenamiento de Aeronáutica Civil CEAC, conforme a lo establecido en los nuevos cuerpos normativos.
Que de no contemplarse la situación descripta, se vería gravemente afectado su funcionamiento, ante la imposibilidad de continuar con el dictado de cursos de instrucción reconocida de distintas especialidades aeronáuticas.
Que el Director de Licencias al Personal dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL DNSO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ANAL, con competencia en la materia, solicitó mediante el Expediente del Visto la prórroga del plazo de adecuación normativa cuyo vencimiento operará el día 1 de junio de 2016.
Que por lo expuesto, deviene necesario establecer la prórroga del vencimiento del período de adecuación a los nuevos cuerpos normativos.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Prorróguese hasta el día 31 de Diciembre de 2016 el plazo para que los Centros de Capacitación Aeronáutica, y las Escuelas de Instrucción y Perfeccionamiento Aeronáutico EIPAs para la formación de Mecánicos Aeronáuticos, que se encontraren habilitados al día 1 de junio de 2015, se adecuen al régimen normativo establecido en las Partes 142 y 147 respectivamente, de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC.