Boletín Oficial de la República Argentina del 09/05/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 9 de mayo de 2016

Primera Sección
ARTÍCULO 3 Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Córdoba, General Deheza y La Rioja dependientes de la Dirección Regional Aduanera Córdoba continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Central, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1
de la presente disposición.
ARTÍCULO 4 Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas San Juan, San Luis y San Rafael y el Departamento Aduana Mendoza dependientes de la Dirección Regional Aduanera Mendoza continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Central, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 5 Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Bernardo de Irigoyen, Iguazú, Oberá, Posadas, San Javier, Santo Tomé y el Departamento Aduana Paso de los Libres dependientes de la Dirección Regional Aduanera Posadas continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Hidrovía, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 6 Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Barranqueras, Clorinda, Corrientes, Formosa y Goya dependientes de la Dirección Regional Aduanera Resistencia continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Hidrovía, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 7 Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Diamante, Paraná, Rosario, Santa Fe, Villa Constitución, Rafaela, Venado Tuerto, Colón, Concepción del Uruguay, Concordia y Gualeguaychú y el Departamento Aduana San Lorenzo dependientes de la Dirección Regional Aduanera Rosario continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Hidrovía, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 8 Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Tinogasta, Tucumán y Santiago del Estero dependientes de la Dirección Regional Aduanera Córdoba continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Noroeste, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 9 Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Jujuy, La Quiaca, Orán, Pocitos y Salta dependientes de la Dirección Regional Aduanera Salta continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Noroeste, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 10. Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas San Pedro y San Nicolás dependientes de la Dirección de Aduanas Metropolitanas I continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la
BOLETIN OFICIAL Nº 33.374

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Dirección Regional Aduanera Pampeana, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1
de la presente disposición.
ARTÍCULO 11. Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Bahía Blanca, General Pico, Mar del Plata y Necochea dependientes de la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Pampeana, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 12. Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Neuquén, San Carlos de Bariloche, San Martín de los Andes y Villa Regina dependientes de la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Patagónica, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 13. Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de las Aduanas Caleta Olivia, Comodoro Rivadavia, Río Gallegos, Esquel, Puerto Deseado, Puerto Madryn, Río Grande, San Antonio Oeste Tinogasta, Tucumán, Ushuaia y Santiago del Estero dependientes de la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Patagónica, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 14. Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito de la Aduana La Plata dependiente de la Dirección de Aduanas Metropolitanas II continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1
de la presente disposición.
ARTÍCULO 15. Los agentes que se venían desempeñando en cargos de jefatura en el ámbito del Departamento Aduana Campana dependiente de la Dirección Aduanas Metropolitanas I
continuarán cumpliendo las mismas funciones y en idéntico carácter en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Patagónica, con excepción de los agentes citados en el Artículo 1 de la presente disposición.
ARTÍCULO 16. Considerar el presente acto dispositivo a partir del día 2 de mayo de 2016
los casos que así correspondan.
ARTÍCULO 17. Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto N 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.
ARTÍCULO 18. Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.
e. 09/05/2016 N 30681/16 v. 09/05/2016

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/05/2016 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date09/05/2016

Page count52

Edition count9412

Première édition02/01/1989

Dernière édition30/07/2024

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