Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 23 de diciembre de 2015
Art. 2 Desígnase en el cargo de SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA, al Dr. José Adrián PEREZ D.N.I.
N22.371.368.
Art. 3 Desígnase en el cargo de SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA, a la Ing. Aida Beatriz Máxima AYALA
D.N.I. N10.990.805.
Art. 4 Desígnase en el cargo de SECRETARIO DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Lic. Alejandro Oscar CALDARELLI D.N.I.
N12.497.340.
Art. 5 Desígnase en el cargo de SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Arq. Daniel Gustavo CHAIN D.N.I.
N10.424.208.
Art. 6 Desígnase en el cargo de SECRETARIO DE VIVIENDA Y HÁBITAT del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Cdor. Domingo Luis AMAYA D.N.I.
N12.562.201.
Art. 7 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Rogelio Frigerio.

MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS YVIVIENDA
Decreto 214/2015
Designaciones.

Bs. As., 22/12/2015
VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE INTERIOR de la SECRETARÍA
DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a D. Ricardo Fabio GIACOBBE D.N.I. N18.252.989.
Art. 2 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA, al Dr. Salvador Julio POSTIGLIONI
D.N.I. N16.948.559.
Art. 3 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE ASUNTOS ELECTORALES de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA, al Dr. Ezequiel Martín FERNANDEZ LANGAN D.N.I. N26.123.593.
Art. 4 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIA DE REFORMA INSTITUCIONAL Y
FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA, a la Lic. Marina CARBAJAL D.N.I.
N23.376.783.
Art. 5 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE GESTIÓN MUNICIPAL de la SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a D. Lucas Santiago DELFINO D.N.I. N30.745.399.
Art. 6 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE DESARROLLO PROVINCIAL de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Ing. Agr. Camilo DI BOSCIO D.N.I.
N23.967.914.
Art. 7 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE RELACIONES CON PROVIN-

CIAS de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Lic. Paulino Rafael CABALLERO D.N.I. N23.730.890.
Art. 8 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA, al Ing. Pablo José BERECIARTUA D.N.I. N22.029.186.
Art. 9 Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA, al Arq. Jorge Osvaldo SÁBATO
D.N.I. N7.607.418.
Art. 10. Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA, a la Lic. Marina KLEMENSIEWICZ D.N.I. N22.653.243.
Art. 11. Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y
VIVIENDA de la SECRETARÍA DE VIVIENDA
Y HÁBITAT del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Dr. Iván Carlos Dagoberto KERR D.N.I. N25.597.686.
Art. 12. Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
DE LA INVERSIÓN PÚBLICA del MINISTERIO
DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, al Lic. Fernando ÁLVAREZ DE CELIS D.N.I.
N23.864.578.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.282

ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN de fecha 5
de enero de 2006, que se producirá el 3
de enero de 2016.
Que el Artículo 19, inciso a de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA aprobada por la Ley N24.144 y sus modificatorias, establece la prohibición de dicha entidad para conceder préstamos al Gobierno Nacional, con excepción de los adelantos transitorios específicamente descriptos en el Artículo 20 de la citada Carta Orgánica.
Que la suscripción por parte del BANCO
CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA de la letra intransferible mencionada en el Artículo 52 de la Ley N27.198 con fondos propios, incluso cuando los mismos provengan de la cancelación de un instrumento similar, resultaría una operación de financiamiento del Gobierno Nacional, al margen de los límites establecidos por el Artículo 19, inciso a de la citada Carta Orgánica.
Que en consecuencia, resulta necesario derogar el Artículo 52 de la Ley N27.198.
Que asimismo debe disponerse lo conducente para concretar el canje, durante el corriente ejercicio, de la LETRA INTRANSFERIBLE VENCIMIENTO 2016.

Art. 13. Desígnase en el cargo de SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA, al Lic. Carlos Daniel PADIN D.N.I.
N20.830.602.

Que por todo lo expuesto, resulta urgente adoptar las medidas que se propician tomándose imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en el marco del uso de las facultades regladas en la Ley N 26.122, atento que no se vulnera la limitación constitucional del referido artículo en materia tributaria.

Art. 14. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Rogelio Frigerio.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

PRESUPUESTO
Decreto 211/2015

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y de lo dispuesto por los Artículos 2, 19 y 20 de la Ley N26.122.

Ley N27.198. Modificación.

Bs. As., 22/12/2015
VISTO el Expediente NS01:0360812/2015 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, y
34

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1 Derógase el Artículo 52 de la Ley N27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Art. 2 Dispónese que durante el corriente ejercicio, se concrete un canje de la LETRA
INTRANSFERIBLE VENCIMIENTO 2016 emitida por la Resolución Conjunta N4 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N1 de la SECRETARÍA DE
FINANZAS, ambas del entonces MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN de fecha 5 de enero de 2006, por otro instrumento que implique un mejoramiento de condiciones a cargo del Tesoro Nacional, en el marco de lo establecido por el Artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N 24.156 y sus modificaciones y de las atribuciones conferidas a la SECRETARÍA DE
HACIENDA y a la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a través del Artículo 55 de la Ley N11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014 y el Decreto N1.344 de fecha 4
de octubre de 2007 y sus modificaciones.
Art. 3 Facúltase al señor Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes para la aplicación de la presente medida.
Art. 4 El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5 Dése cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Art. 6 Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. Susana M.
Malcorra. Julio C. Martínez. José G. Santos. Germán C. Garavano. Patricia Bullrich.
Alberto J. Triaca. Carolina Stanley. José L. Barañao. Alejandro P. Avelluto. Rogelio Frigerio. Alfonso de Prat Gay. Francisco A.
Cabrera. Ricardo Buryaile. Javier Dietrich.
Esteban J. Bullrich. Sergio A. Bergman.
Andrés H. Ibarra. Juan José Aranguren.
Oscar R. Aguad. Jorge D. Lemus.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 231/2015
Decreto N 357/2002. Modificación.

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que el Artículo 52 de la Ley N 27.198
estableció que el entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, actual MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, se encuentra autorizado a colocar, con imputación a la Planilla Anexa al Artículo 34 de la mencionada ley, al BANCO CENTRAL DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA, una letra intransferible, denominada en Dólares Estadounidenses, amortizable íntegramente al vencimiento, con un plazo de amortización de DIEZ 10 años, que devengaría una tasa de interés igual a la que devengasen las reservas internacionales del citado Banco por el mismo período, hasta un máximo de la tasa Libor anual, menos UN 1 punto porcentual y cuyos intereses se cancelarían semestralmente.
Que de ser emitido el referido instrumento, deberá ser integrado con los fondos correspondientes al capital que reciba el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA al vencimiento, de la LETRA INTRANSFERIBLE VENCIMIENTO
2016 emitida por la Resolución Conjunta N4 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y N 1 de la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del entonces MINISTERIO DE

Bs. As., 22/12/2015
VISTO el Decreto N 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N27 del 27 de mayo de 2003, sus modificatorios, y el Decreto N13 del 10 de diciembre de 2015, y CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto citado en el Visto en primer término, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo sus competencias.
Que por el Decreto N27/03 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración centralizada y Objetivos del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que por el Decreto N13/15 se sustituyeron los artículos 1 y 9 de la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438/92 y modificatorias, creando una nueva conformación ministerial y distribución de las competencias, dentro de las cuales, el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, fue sustituido en sus funciones por diversas áreas de gobierno, resultando necesario reordenar las responsabilidades de las áreas involucradas, entre ellas la del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date23/12/2015

Page count140

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

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