Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 19 de mayo de 2015
N1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Exceptúase al MINISTERIO
DE CULTURA, de lo establecido en el inciso c, Punto II, del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, al solo efecto de posibilitar la contratación del Señor Alejandro Guido FILIPPINI DNI N 32.592.344, en una función equivalente al Nivel A Grado 0 del SINEP - Decreto N2098/08, por el período 01/07/2014 al 31/12/2014, bajo el régimen del artículo 9 del
BOLETIN OFICIAL Nº 33.132

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Anexo de la Ley N25.164, reglamentada por el Decreto N1421/02.

NES EXTERIORES Y CULTO han brindado su conformidad al dictado de la presente medida.

Art. 2 Apruébase la contratación celebrada por el MINISTERIO DE CULTURA y el Señor Alejandro Guido FILIPPINI DNI N32.592.344, para una función equivalente al Nivel A Grado 0
del SINEP - Decreto N2098/08, por el período 01/07/2014 al 31/12/2014, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164, reglamentada por el Decreto N1421/02.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el último párrafo del Artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.

Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE
CULTURA.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Teresa A. Sellarés.

MINISTERIO DERELACIONES EXTERIORES YCULTO

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase como excepción a lo previsto en el inciso c, punto II del Artículo 9 del Anexo I al Decreto N1421/02, que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO proceda a contratar al señor D. Andrés ROUPEIRO D.N.I. N 18.905.382, equiparando su remuneración al Nivel Escalafonario D, Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, en los términos del Artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164, su reglamentación y pautas de aplicación, aprobadas por el Decreto N1421/02 y la Resolución N48/02 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de diciembre de 2014, a fin de prestar funciones en la Coordinación de Seguridad del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Héctor M. Timerman.

Decisión Administrativa 202/2015

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE

Autorízase contratación.

Decisión Administrativa 208/2015
Licitación Pública Nacional N37/2014. Aprobación.

Bs. As., 12/5/2015
VISTO el Expediente N41.233/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, las Resolución N48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.
Que la Resolución N48/02 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias aprueba las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrar según lo establecido en el Artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164 y su Decreto reglamentario N1421/02.
Que la Decisión Administrativa N 3/04 y sus modificatorias establecen las pautas de equiparación para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con las previsiones del Artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164, en relación con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de la Planta Permanente de la Jurisdicción.
Que como consecuencia del dictado del Decreto N491/02 y su reglamentario N601/02
el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha asumido el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones, incluyendo renovaciones y prórrogas, y movimientos de personal en el ámbito de su competencia.
Que el Decreto N2098/08 homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, el cual en su Artículo 14 requiere para el acceso al Nivel Escalafonario D la posesión de título universitario o terciario de carreras de duración no inferior a DOS 2 años, o título secundario completo. En el supuesto que sea admisible este último caso, se deberá acreditar asimismo experiencia laboral atinente por un término no menor a TRES 3 años después de la titulación o SEIS 6 en total.
Que el señor D. Andrés ROUPEIRO no reúne los requisitos previstos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP para el acceso al nivel escalafonario propuesto, sin perjuicio de contar con la idoneidad y experiencia necesarias para el desempeño de las actividades y el logro de los objetivos que constituyen el objeto de su contratación.
Que el Decreto N1421/02 establece la reglamentación de la Ley N25.164 y prevé en el último párrafo del Artículo 9 del Anexo I que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la Jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Bs. As., 12/5/2015
VISTO el Expediente N S02:0084014/2014, Cuerpos I, II y III del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos N1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y N893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio, y;
CONSIDERANDO:
Que por el referido expediente se tramitó la Licitación Pública Nacional de Etapa Única del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE N37/2014, gestionada a fin de lograr la adquisición de útiles y elementos de identificación para autoridades electorales con destino a la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O. y de las Elecciones Nacionales a las categorías de Presidente y Vicepresidente de la Nación, con una eventual segunda vuelta, y Legisladores Nacionales, todas ellas programadas para el año 2015.
Que mediante Resolución N1501 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, del 20 de noviembre de 2014, se autorizó a efectuar el llamado para dicha contratación bajo el régimen de Licitación Pública Nacional de Etapa Única, contemplado en los artículos 25 inciso a apartado 1 y 26 inciso a apartado 1 e inciso b apartado 1 del Decreto N1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, y en lo reglamentado mediante los artículos 15 y 18 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Decreto N893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio.
Que a fojas 104/430 se agrega el Acta de Apertura y la documentación presentada por las firmas oferentes.
Que a fojas 437/440 se incorporó el informe emitido por la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACIÓN en el marco de lo establecido por la Resolución SGN N122 del 6 de septiembre de 2010.
Que a fojas 461/467 se agrega el informe técnico elaborado por la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en el marco de lo establecido en el artículo 80 del Anexo al Decreto N 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio.
Que a fojas 470 la firma MILKO ANDRÉS PUGLISI ofreció una mejora de oferta para los renglones 6, 7 y 17 en respuesta al requerimiento efectuado por la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a fojas 469.
Que a fojas 472/473 la firma A Y M DESPOSITO S.R.L. ofreció una mejora de oferta para los renglones 2, 3, 8, 9, 14, 16 y 18 en respuesta al requerimiento efectuado por la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a fojas 468.
Que a fojas 489/501 obra glosado el Dictamen de Evaluación N 4 del 27 de enero de 2015 mediante el cual se evaluaron las ofertas, proporcionando los fundamentos para el dictado de la presente medida.

Que la Decisión Administrativa N 3/04 y sus modificatorias estableció en su Artículo 3, inciso c que en caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva Jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.

Que con fecha 24 de abril de 2015 el DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL del MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE solicita dejar sin efecto la adquisición que se tramitaba por el renglón N2.

Que atento el carácter de la presente medida se da cumplimiento a los requisitos normados por la Circular N4/02 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN según establece el Artículo 6 del Decreto N601/02.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIO-

Que se han afectado las partidas presupuestarias correspondientes al SAF 325 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE que solventarán las erogaciones que demande la prestación de la adquisición que se propicia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 aprobado por el Decreto N1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y por el artículo 14 inciso c del Anexo al Decreto N893 de fecha 7 de junio de 2012, ambos modificados por el Decreto N1039 de fecha 29 de julio de 2013.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/05/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date19/05/2015

Page count68

Edition count9413

Première édition02/01/1989

Dernière édition31/07/2024

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