Boletín Oficial de la República Argentina del 15/04/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 15 de abril de 2015

Decreto S 6169/1963

Bs. As., 25/7/1963
Visto el Expediente reservado D.A.J.
- Vs.27.869/61 - Sumarios 27, por el que se tramitan las actuaciones originadas con motivo de irregularidades cometidas en la parte contable de la Embajada de la República en Panamá y en su Sección Consular;
Considerando:
Que según surge de las conclusiones a que arriba la Junta Calificadora del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en su dictamen N71/414, de 25 de junio de 1963, que obra de fojas 74 a fojas 76 de las referidas actuaciones, el único autor material del desfalco cometido es el ex-empleado de dicha Representación Diplomática D.
Jorge Isaac CARVAJAL;
Que, no obstante ello, los funcionarios de la categoría G. Secretarios de segunda clase señores Alberto Héctor MEDUS
y Luis Raúl CLARASO DE LA VEGA, han incurrido en negligencia reiterada, al derivar en el aludido ex-empleado funciones prácticamente indelegables, según expresa disposición del artículo 68 del Reglamento Consular, no ejerciendo el debido contralor del movimiento de fondos de la Sección Consular y contravenir, además, los artículos 33, 34 y concordantes de la citada Reglamentación, dado el atraso en la documentación contable y demora en efectuar las rendiciones de cuentas, y Atento a lo establecido en los artículos 60, inciso c y 62, inciso d de la Ley 12.951, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Suspéndese por el término de noventa 90 días, sin percepción de haberes y con prestación de servicios, a los funcionarios de la categoría G, Secretarios de segunda clase y Cónsules de segunda clase, señores Alberto Héctor MEDUS y Luis Raúl CLARASO
DE LA VEGA, debiendo hacerse efectiva dicha medida, en lo que respecta al último de los referidos funcionarios, a partir de su llegada a la República.
Art. 2 Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas, y archívese. JOSÉ MARÍA GUIDO.

goría G, Secretario de segunda clase y Cónsul de segunda clase 3377.
Art. 2 Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e lmprentas y archívese. JOSÉ MARÍA GUIDO.

Decreto S 6932/1963

Bs. As., 22/8/1963
Visto el Expediente Secreto Vs. 27.696/62 Sumario S - N45/60 - J.C. N28/63, relacionado con el funcionario de la categoría E, Consejero de segunda clase y Cónsul General de segunda clase D. Adolfo RAWSON y la introducción irregular al país de un automóvil de su propiedad, con franquicia diplomática;
Considerando:
Que la Junta Calificadora del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en su dictamen N80/420, de 23 de julio de 1963, que obra de fojas 128 a fojas 132 de las mencionadas actuaciones, considera que el aludido funcionario ha incurrido en las causales de inconducta grave contempladas por el artículo 61, inciso d de la Ley 12.951, por lo que aconseja su cesantía de conformidad con el artículo 60, inciso e de la citada Ley, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Declárase cesante en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto 21-2-7-7-33-4-1, al señor D. Adolfo RAWSON
M. 97.995-D.M.1-Clase 1910; C.I. 567.991 Pol.
Fed., del cargo de funcionario de la categoría E, Consejero de segunda clase y Cónsul General de segunda clase 3375.

Art. 4 Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a:
2-1-2-9-5-7-38-269 del Presupuesto General para la Administración Nacional para el ejercicio de 1963.
Art. 5 El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 6 Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese. JOSÉ MARÍA GUIDO.

Decreto S 7426/1963

Visto la Resolución Ministerial Reservada N157, del 8 de marzo de 1963, del Registro del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Autorízase el desplazamiento a las ciudades de Madrid España, Rotterdam Países Bajos y Roma Italia, del funcionario de la categoría H, Secretario de tercera clase D. Melchor Ernesto Patricio ECHAGUE, a fin de dar cumplimiento a la comisión de servicio que le fuera encomendada por Resolución Ministerial Reservada N157, dictada el 8 de marzo de 1963.
Art. 2 Fíjase en concepto de viáticos al funcionario indicado en el artículo 1 del presente decreto, la suma diaria de pesos moneda nacional equivalente a treinta 30 dólares estadounidenses, la que se autoriza a liquidar en la divisa correspondiente, teniendo en cuenta que la comisión de servicio tendrá una duración aproximada de diez 10 días.
Art. 3 Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se extenderá el pasaporte correspondiente y las órdenes de pasajes para el desplazamiento que origine el cumplimiento de la comisión de servicio encomendada.

Decreto S 6933/1963

Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a:
2-1-2-9-5-7-38-260-0- del Presupuesto para la Administración Pública para el Ejercicio de 1963.

Bs. As., 22/8/1963

El expediente secreto NV. 12 DC. 340/63 del registro del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; y
12

2-1-2-9-5-7-38-269 del presupuesto para la Administración Pública para el ejercicio de 1964.
Art. 5 El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 6 Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese. ARTURO U. ILLIA.

Decreto S 6705/1964

Bs. As., 31/8/1964
VISTO:

Bs. As., 9/9/1963

Art. 2 Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese. JOSÉ MARÍA GUIDO.

VISTO:

Decreto S 6862/1963

BOLETIN OFICIAL Nº 33.108

Que con fecha 8 de junio del año en curso se firmó en Washington entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de los Estados Unidos de América la Enmienda al Acuerdo de Cooperación Sobre Usos Civiles de la Energía Atómica del 22 de junio de 1962; y CONSIDERANDO:
Que la mencionada Enmienda constituye un Acuerdo administrativo que entrará en vigor en la fecha en que ambos Gobiernos se notifiquen por escrito que han cumplido con los requisitos constitucionales respectivos;
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase la Enmienda al Acuerdo de Cooperación Sobre Usos Civiles de la Energía Atómica del 22 de junio de 1962, suscripta entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de los Estados Unidos de América el día 8 de junio del año en curso.
Art. 2 Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a cursar la correspondiente comunicación al Gobierno de los Estados Unidos de América.
Art. 3 Infórmese al Honorable Congreso de la Nación.
Art. 4 El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto.

Art. 5 Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese. JOSÉ MARÍA GUIDO.

Art. 5 Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese. ARTURO U. ILLIA.

Bs. As., 13/8/1963

CONSIDERANDO:

Decreto S 4434/1964

Decreto S 8451/1964

Visto el expediente Secreto Vs.27.164/63 - J.C.
N 272/62 - Embajada de la República en Ecuador: Denuncia situación irregular de índole privada del señor Secretario de la mencionada Representación D. Zilmar Lara;

Que es aconsejable enviar por razones de servicio, una comisión de estudio al exterior del país a fin de cumplimentar necesidades del citado Departamento de Estado;

Bs. As., 15/6/1964

Bs. As., 28/10/1964

Atento a razones de servicio,
Atento a razones de servicio,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1 Autorízase el desplazamiento al Paraguay del Consejero de Embajada de primera clase D. Carlos Alberto CORTINA, a fin de cumplimentar la Comisión de Servicio que le fuera encomendada.

Artículo 1 Apruébase el desplazamiento a la República del Paraguay, del Consejero de primera clase D. Carlos Alberto CORTINA, a fin de cumplimentar la Comisión de Servicio que le fuera encomendada.

Art. 2 Asígnase al funcionario indicado en el artículo 1, la suma diaria en pesos moneda nacional equivalente a TREINTA DOLARES ESTADOUNIDENSES u$s 30.--, en concepto de viáticos, teniendo en cuenta que su misión tendrá una duración de cinco 5 días.

Art. 2 Asígnase al funcionario indicado en el artículo 1, la suma diaria en pesos moneda nacional equivalente a Treinta 30 dólares estadounidenses, en concepto de viáticos, teniendo en cuenta que la misión tuvo efecto entre el 16 y el 19 de junio de 1964.

Art. 3 Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se extenderá el pasaporte y las órdenes de pasajes correspondientes para el desplazamiento que origine el cumplimiento de la Comisión de Servicio encomendada.

Art. 3 Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto fué extendido el pasaporte y las órdenes de pasajes correspondientes para el desplazamiento que originó el cumplimiento de la Comisión de Servicio encomendada.

Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a:

Art. 4 Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a:

Considerando:
Que la Junta Calificadora del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en su dictamen N 74/415, de 27 de junio de 1963, que obra de fs. 56 a fs. 58, de las mencionadas actuaciones, aconseja la cesantía del aludido funcionario, por haber transgredido lo prescripto en los artículos 12, inciso h de la Ley 12.951 y 24, inciso g del Decreto N5182/48, cuya sanción se encuentra prevista en el artículo 61, inciso d de la precitada Ley inconducta grave, pública o privada, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Declárase cesante en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto 2-12-7-7-33-4-1, al señor D. Zilmar Domingo LARA
M.I. 739.367-D.M.3-Clase 1921; C.I. 2.063.093
Pol. Fed., del cargo de funcionario de la cate-

POR ELLO:
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase en comisión de estudio a los empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Clase B - Grupo III D.
LUIS FEDERICO GALLI y Clase D - Grupo I D.
EMILIO ADINOLFI, los que deberán viajar a la ciudad de Zrich en SUIZA a los fines establecidos en los considerandos del presente decreto.
Art. 2 Fíjase en concepto de viáticos a los empleados mencionados en el artículo anterior, la suma diaria en pesos moneda nacional equivalente a TREINTA 30 DOLARES ESTADOUNIDENSES, la que se autoriza a entregar antes de la partida en la divisa correspondiente, teniendo en cuenta que la comisión tendrá una duración de treinta días aproximadamente.
Art. 3 Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se extenderán los pasaportes y órdenes de pasaje correspondientes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/04/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/04/2015

Page count80

Edition count9395

Première édition02/01/1989

Dernière édition13/07/2024

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