Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 4 de febrero de 2015
ICO y la COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN, S.A. CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS
CESCE, se ajustan a las disposiciones generales contenidas en la Declaración Conjunta precedentemente citada.
Que el cronograma de vencimientos establecidos resulta conveniente para las finanzas del ESTADO NACIONAL.
Que los Acuerdos Bilaterales establecen, entre otras cuestiones, UNA 1 cláusula de resolución de conflictos mediante arbitraje conforme al Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional con sede en París.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo 53 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
2014, y el Artículo 57 de la Ley N26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébanse los Modelos de Acuerdo Bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el REINO DE ESPAÑA, el INSTITUTO
DE CRÉDITO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA
ICO y la COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN, S.A.
CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS CESCE, cuyas copias obran como Anexo que forma parte integrante del presente decreto, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la REPÚBLICA
ARGENTINA suscripta el 29 de mayo de 2014
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los países acreedores nucleados en el Club de París.
Art. 2 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, los Acuerdos Bilaterales de reestructuración de deudas, así como la documentación adicional que resulte necesaria, conforme a los modelos que se aprueban por el Artículo 1 del presente decreto.
Art. 3 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones a los Acuerdos Bilaterales de reestructuración de deudas, cuyos modelos se aprueban por el Artículo 1 de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Jorge M. Capitanich. Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decreto 2783/2014
Designación.

RA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N696 del 6 de septiembre de 2013, las Resoluciones de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 764
del 13 de septiembre de 2013, 778 del 19 de septiembre de 2013 y 57 del 7 de febrero de 2014 y la Resolución de la ex SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS N39 del 18
de marzo de 2010 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP.
Que por la Decisión Administrativa N696
del 6 de septiembre de 2013 se exceptuó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la prohibición contenida en el artículo 7 de la Ley N26.784, a los efectos de posibilitar la cobertura de DOSCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO 258 cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.
Que el artículo 7 de la Ley N26.784 establece que las decisiones administrativas que se dicten en tal sentido tendrán vigencia durante el presente ejercicio fiscal y el siguiente para los casos en que las vacantes descongeladas no hayan podido ser cubiertas.
Que por la Resolución de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N 764 del 13
de septiembre de 2013 se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA
Y OCHO 258 cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo I
de la Resolución de la ex SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias.
Que mediante la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N778
del 19 de septiembre de 2013, se aprobaron las Bases de los Concursos para la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA
Y OCHO 258 cargos vacantes y financiados, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos de la misma, y se llamó a Concurso mediante convocatoria extraordinaria y general, para la cobertura de los cargos vacantes y financiados detallados en su Anexo I.
Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo Concurso correspondientes al Comité de Selección N1.
Que dicho Comité se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados, el cual fue aprobado por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS N57 del 7 de febrero de 2014.
Que por el Acta Complementaria del 9 de octubre de 2014, el Comité de Selección de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 del Anexo del Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y considerando la demostración de condiciones de idoneidad especialmente relevantes durante el proceso de selección, recomienda incorporar a D. Diego Daniel VILLA D.N.I.
N35.948.782 en el Grado UNO 1 del nivel escalafonario del cargo concursado.

Bs. As., 30/12/2014

Que la designación en el cargo de que se trata no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0053031/2013 del Registro de la JEFATU-

Que mediante el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros
BOLETIN OFICIAL Nº 33.064

aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por el artículo 6 del Decreto N 601
del 11 de abril de 2002 y su modificatorio.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y 1 del Decreto N491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Desígnase a D. Diego Daniel VILLA D.N.I. N 35.948.782 en la Planta Permanente, en el cargo de Cadete-Gestor Nivel E, Grado 1, en el Tramo General - Agrupamiento General, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP
homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Jorge M. Capitanich.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decreto 2786/2014
Dase por designado el Director de Impacto Ambiental y Social.

Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0013297/2014 del Registro de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, el Decreto N491 de fecha 12 de marzo de 2002 y la Resolución Conjunta de la ex SUBSECRETARÍA DE LA
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN N13 de fecha 10 de mayo de 2007, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la designación transitoria a partir del 20 de diciembre de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto, como Director de Impacto Ambiental y Social de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DEL
DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del Ingeniero Industrial D. Luis Fernando REINOSO D.N.I.
N24.704.571 en un cargo Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III.
Que por la Ley N26.784 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

3

Que por la Ley N26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que el artículo 7 de las mencionadas leyes establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de la sanción de las presentes leyes, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de las referidas leyes se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO SUSTENTABLE
de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante y financiado un cargo Nivel B
- Grado 0 con Función Ejecutiva de Nivel III
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que por la Resolución Conjunta de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN N 13 de fecha 10
de mayo de 2007, se incorporaron, homologaron y reasignaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas, diversos cargos pertenecientes a la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre ellos el cargo de Director de Impacto Ambiental y Social asignándole Nivel III de ponderación.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el Decreto N 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA
LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN N4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el referido artículo 6 del Decreto N601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N491/02.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, 7º y 10 de las Leyes Nros.
26.784 y 26.895 y 1 del Decreto N491/02.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date04/02/2015

Page count60

Edition count9384

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/07/2024

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