Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 7 de enero de 2015

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DEREGULACIONES DELTRABAJO
Disposición 196/2014
Bs. As., 13/11/2014
VISTO el Expediente N1.614.962/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N1237 del 7 agosto del 2014, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N1.614.962/14, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS F.A.E.C.Y.S., por la parte sindical, y la CÁMARA DE PUERTOS PRIVADOS COMERCIALES, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N485/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N1237 del 7 de agosto de 2014 y registrado bajo el N1079/14 conforme surge de fojas 85/87 y 90, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 100/103, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa N917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1 de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N1237 de 7 de agosto de 2014 y registrado bajo el N1079/14 suscripto entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS F.A.E.C.Y.S., por la parte sindical, y la CÁMARA DE PUERTOS PRIVADOS COMERCIALES, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente N1.614.962/14

Expediente N1.614.962/14
Buenos Aires, 14 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N196/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 899/14 T.
VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.044

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date07/01/2015

Page count52

Edition count9419

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/08/2024

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