Boletín Oficial de la República Argentina del 22/12/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 22 de diciembre de 2014

ACUERDOS
Ley 27.028
Apruébase Acuerdo sobre Cooperación en Materia de Telecomunicaciones, Servicios Postales y Seguridad de la Información y de las Redes.
Sancionada: Noviembre 19 de 2014
Promulgada: Diciembre 10 de 2014

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Apruébase el ACUERDO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE
ISRAEL SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES, SERVICIOS
POSTALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS REDES, suscripto en la ciudad de Jerusalén, el 4 de abril de 2011, que consta de veinte 20 artículos, cuya copia autenticada, en idioma español e inglés, forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
REGISTRADO BAJO EL N27.028 AMADO BOUDOU. JULIAN A. DOMINGUEZ. Lucas Chedrese. Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Ley se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
REGISTRADO BAJO EL N27.029

ACUERDOS
Decreto 2384/2014
Promúlgase la Ley N27.029.

Bs. As., 10/12/2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N27.029 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M.
Capitanich. Héctor M. Timerman.

JERARQUÍA CONSTITUCIONAL
Ley 27.044
Otórgase jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Sancionada: Noviembre 19 de 2014
Promulgada: Diciembre 11 de 2014

ACUERDOS
Decreto 2383/2014
Promúlgase la Ley N27.028.

Bs. As., 10/12/2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N27.028 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M.
Capitanich. Héctor M. Timerman.

ACUERDOS
Ley 27.029
Apruébase Acuerdo de Cooperación Técnica.
Sancionada: Noviembre 19 de 2014
Promulgada: Diciembre 10 de 2014

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Apruébase el Acuerdo de Cooperación Técnica entre la República Argentina y San Vicente y las Granadinas, celebrado en la ciudad de Kingstown San Vicente y las Granadinas, el 26 de octubre de 2012, que consta de dieciséis 16 artículos, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley.

JUSTICIA
Ley 27.042
Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia N3 de Clorinda, Provincia de Formosa.
Sancionada: Noviembre 19 de 2014
Promulgada: Diciembre 11 de 2014

AMADO BOUDOU. JULIAN A. DOMINGUEZ. Lucas Chedrese. Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Ley se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Otórgase jerarquía constitucional en los términos del artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
ARTÍCULO 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

3

BOLETIN OFICIAL Nº 33.035

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia N3 de Clorinda, con asiento en la ciudad de Clorinda, provincia de Formosa, que tendrá competencia en materia Criminal y Correccional, Civil, Comercial, Laboral, Contencioso Administrativa, Ejecuciones Fiscales, Tributaria y Previsional y toda otra cuestión federal, excepto la electoral.
ARTÍCULO 2 El Juzgado Federal que se crea por esta ley tendrá competencia territorial en los Departamentos de Pilcomayo y Pilagás.
ARTÍCULO 3 A partir de la puesta en funcionamiento del Juzgado Federal que se crea por esta ley, los Juzgados Federales N1 y N2 radicados en la ciudad de Formosa, provincia de Formosa, dejarán de tener competencia sobre los Departamentos de Pilcomayo y Pilagás.
ARTÍCULO 4 El Juzgado Federal de Primera Instancia N3 de Clorinda funcionará con cuatro 4 Secretarías:
a La Secretaría n1 y la n2 tendrán competencia en materia Criminal y Correccional;
b La Secretaría n3 tendrá competencia en materia Civil, Comercial y Laboral; y c La Secretaría n4 tendrá competencia en materia Contencioso Administrativo, Ejecuciones Fiscales, Tributaria y Previsional.
ARTÍCULO 5 Las causas que se encuentren en trámite ante los Juzgados Federales de Primera Instancia N1 y N2 de Formosa, al entrar en vigencia la presente ley, continuarán radicadas en ellos hasta su definitiva terminación.
ARTÍCULO 6 Será Tribunal de Alzada del Juzgado Federal que se crea por esta ley, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.
ARTÍCULO 7 Créanse una 1 Fiscalía y una 1 Defensoría Pública Oficial con asiento en la ciudad de Clorinda, provincia de Formosa, que actuarán ante el Juzgado Federal que se crea por esta ley.
ARTÍCULO 8 Créanse los cargos de Juez de Primera Instancia, Fiscal de Primera Instancia, Defensor Público Oficial, Secretarios y demás personal administrativo y de servicios a los que se refieren los Anexos I, II y III que forman parte de la presente ley.
ARTÍCULO 9 Los recursos necesarios para el cumplimiento de la presente ley, serán incluidos en el Presupuesto General para la Administración Pública del próximo ejercicio, con imputación a las partidas del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, respectivamente.
ARTÍCULO 10. Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen en los cargos creados por esta ley, sólo tomarán posesión de los mismos cuando se dé la condición financiera a que se refiere el artículo 9 de la presente.
ARTÍCULO 11. La Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura de la Nación, en ejercicio de las funciones que les competen, proveerán lo necesario para la instalación y funcionamiento del juzgado que se crea por esta ley. El Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa proveerán lo necesario para la instalación y funcionamiento de la fiscalía y defensoría que se crean por esta ley.
ARTÍCULO 12. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS
DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
REGISTRADO BAJO EL Nº27.042

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

AMADO BOUDOU. JULIAN A. DOMINGUEZ. Lucas Chedrese. Juan H. Estrada.

REGISTRADO BAJO EL N27.044

CARGOS A CREARSE EN EL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

AMADO BOUDOU. JULIAN A. DOMINGUEZ. Lucas Chedrese. Juan H. Estrada.

JERARQUÍA CONSTITUCIONAL
Decreto 2440/2014
Promúlgase la Ley N27.044.

Bs. As., 11/12/2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N27.044 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M.
Capitanich. Julio C. Alak.

ANEXO I

Magistrados y funcionarios:
Juez Federal de Primera Instancia Secretario de Primera Instancia Subtotal
1 4
5

Personal administrativo y técnico:
Prosecretario Administrativo Oficial Mayor Escribiente Escribiente auxiliar Subtotal
4 4
4 4
16

Personal de servicio, obrero y maestranza:
Medio Oficial ordenanza Subtotal
1 1

Total general
22

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/12/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/12/2014

Page count80

Edition count9389

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/07/2024

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