Boletín Oficial de la República Argentina del 19/08/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 19 de agosto de 2014

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 652/2014
Apruébase y adjudícase Licitación Pública Nº39/2014
MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 651/2014
Apruébase contratación en la Subsecretaría de Gestión de Servicios Asistenciales

Pág.
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15

RESOLUCIONES
PROMOCION DEL EMPLEO
Resolución 1964/2014-SE
Resolución Nº2.186/2010. Modificación

15

CONCURSOS OFICIALES
Anteriores

45

REMATES OFICIALES
Nuevos

20

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

20
59

60

TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
ASOCIACIONES SINDICALES

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº809/2014-MTESS
Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Empleados Públicos de Entre Ríos

60

Resolución Nº810/2014-MTESS
Apruébase el texto del estatuto social del Sindicato de Obreros y Empleados Panaderos de San Martín

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Resolución Nº811/2014-MTESS
Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores Municipales de Villa Gobernador Gálvez

61

Estatutos

62

67

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

tualmente recursos que sólo a lo largo del tiempo se obtienen con la recaudación de la Tasa de Seguridad.
Que en consecuencia resulta conveniente constituir el FONDO FIDUCIARIO PUBLICO
denominado FONDO DE INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
con recursos para atender en forma integral el desarrollo integral de proyectos de seguridad aeroportuaria y de infraestructura de seguridad aeroportuaria en los aeródromos de todo el país, más allá del recurso actual afectado a ello.
Que a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
le compete coordinar con las autoridades aeroportuarias las actividades referidas al desarrollo de la infraestructura aeronáutica.
Que al ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
ORSNA, actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINIS-

TERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, le compete coordinar con organismos y dependencias gubernamentales vinculados a la actividad aeroportuaria, la formulación de planes y programas de infraestructura aeroportuaria en el ámbito del Sistema Nacional de Aeropuertos.
Que a efectos de determinar las acciones de mejora de la infraestructura aeroportuaria a financiar con recursos del FONDO FIDUCIARIO PUBLICO, la ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL ANAC, la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS ORSNA deberán coordinar las prioridades que hayan definido en sus respectivos ámbitos.
Que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA cuenta con la competencia, la experiencia y la capacidad técnica adecuadas para la implementación y administración del FONDO FIDUCIARIO PUBLICO.
Que en consecuencia se considera conveniente encomendar al BANCO DE LA

BOLETIN OFICIAL Nº 32.949

NACION ARGENTINA la administración del FONDO FIDUCIARIO PUBLICO, con el destino que se establece en el presente Decreto y conforme establezca el contrato de fideicomiso a suscribirse y las instrucciones que se le impartan al respecto.
Que dicho FONDO DE INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y el FIDUCIARIO, en sus operaciones relativas al FONDO, deberán estar exentos de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales existentes y a crearse en el futuro y deberá invitarse a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a eximirlos de todos los tributos aplicables en sus jurisdicciones.
Que resulta procedente facultar al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a aprobar el modelo de contrato de fideicomiso por el que se constituye el FONDO DE
INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, en el cual se detallarán los distintos aspectos operativos del mismo.
Que siendo la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ANAC la Autoridad Aeronáutica Nacional, corresponde facultar a su titular a suscribir, en representación del ESTADO NACIONAL, el Contrato de Fideicomiso por el que se crea el FONDO DE INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Que por otra parte mediante el Decreto Nº 793 de fecha 24 de mayo de 2012, el PODER EJECUTIVO NACIONAL rescindió el Contrato de Concesión para la explotación de los servicios ferroviarios de pasajeros aprobado mediante el Decreto Nº 730
de fecha 23 de mayo de 1995 y modificado por la Addenda aprobada por el Decreto Nº 104 de fecha 25 de enero de 2001, suscripto oportunamente con la empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD
ANONIMA, correspondiente a los Grupos de Servicios Nros. 1 y 2 Líneas GENERAL
MITRE y SARMIENTO.
Que en función de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 793/12 se constituyó la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA
MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA
a los fines de gestionar la operación del servicio ferroviario correspondiente a los Grupos de Servicios Nros. 1 y 2 Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO del sistema de transporte ferroviario urbano de pasajeros del AREA METROPOLITANA DE
BUENOS AIRES.
Que en el marco del precitado Decreto, con fecha 3 de julio de 2012, la UNIDAD DE
GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA suscribió con la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
un Acuerdo de Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros de los Grupos de Servicios Nros. 1 y 2 Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, ratificado mediante Resolución Nº99 de fecha 25
de julio de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que el artículo cuarto, apartado 4.2. del Acuerdo de Operación dispone que el OPERADOR deberá constituir una cuenta fiduciaria en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA Nación Fideicomisos S.A. con los fondos que destine mensualmente la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
para el Recupero del Mantenimiento Diferido.
Que en el artículo cuarto, apartado 4.4. se dispone que la SECRETARIA DE TRANSPORTE depositará en dicha cuenta en concepto de anticipo para el inicio de la operación una suma de hasta PESOS CIENTO
CINCUENTA MILLONES $150.000.000.
Que con fecha 10 de agosto de 2012 la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA
y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA
suscribieron un Contrato de Fideicomiso que constituye el Fideicomiso de Administración PLAN DE RECUPERACION DEL
MANTENIMIENTO DIFERIDO - UGOMS
que tiene por objeto la Administración por
2

parte del Fiduciario de los bienes fideicomitidos, destinando los mismos al pago del Plan de Recuperación del Mantenimiento Diferido.
Que el 20 de mayo de 2013 el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA MITRE
SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA firmaron la Addenda Nº1 al Acuerdo de Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros Grupos de Servicios Nros. 1
y 2 Líneas General Mitre y Sarmiento, en cuyo artículo segundo, apartado 2.2. se modificó el apartado 4.2. del artículo cuarto de dicho Acuerdo, disponiendo que el OPERADOR deberá constituir una cuenta fiduciaria en el BANCO DE LA NACION
ARGENTINA Nación Fideicomisos S.A.
con los fondos que destine mensualmente la SECRETARIA DE TRANSPORTE para el Recupero del Mantenimiento Diferido y las obras que se le encomienden como obras de inversión específicas.
Que mediante la Resolución Nº 1083 de fecha 11 de septiembre de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
se le asignó a la sociedad OPERADORA
FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO
SOFSE la prestación de los servicios de transporte ferroviario correspondientes a las Líneas MITRE y SARMIENTO en los términos del artículo 7 de la Ley Nº 26.352, transfiriéndosele el Acuerdo de Operación celebrado con la UNIDAD DE GESTION
OPERATIVA MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA UGOMS S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 8, inciso a, y artículos concordantes de la Ley Nº26.352 y su normativa modificatoria y complementaria.
Que por la Resolución Nº1244 de fecha 24
de octubre de 2013 del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, se instruye a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA
SOCIEDAD DEL ESTADO SOFSE para que instrumente las medidas necesarias a los efectos de rescindir el Acuerdo de Operación de los Servicios Ferroviarios Urbanos de Pasajeros - Grupos de Servicios 1 y 2 Líneas SARMIENTO y MITRE y sus Addendas, en lo atinente a la operación integral, administración y explotación del servicio de transporte ferroviario urbano de pasajeros de la Línea SARMIENTO.
Que en consecuencia, mediante la Resolución Nº31 de fecha 24 de octubre de 2013, el Presidente de la sociedad OPERADORA
FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO
SOFSE ha rescindido el citado Acuerdo de Operación.
Que en esta instancia, es necesario dar por aprobado el Contrato de Fideicomiso que constituye el Fideicomiso de Administración PLAN DE RECUPERACION DEL
MANTENIMIENTO DIFERIDO - UGOMS
suscripto con fecha 10 de agosto de 2012
entre la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA
MITRE SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA
y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, como asimismo convalidar las erogaciones efectuadas hacia dicho Fideicomiso.
Que el atraso en el nivel de inversión en la infraestructura aeroportuaria en general, ha ocasionado un deterioro en las condiciones de la misma, resultando particularmente relevante en materia de infraestructura de seguridad, y de suma urgencia, revertir tal situación en beneficio de la población usuaria.
Que una demora en la gestión oportuna en el desarrollo adecuado del servicio aeroportuario implica riesgos para la actividad aérea ínsitos en la propia vetustez de los servicios a renovarse, muchos de los cuales pueden comprometer la viabilidad de un explotador y, algunos, hasta constituir una amenaza para la operación segura de las aeronaves.
Que a los fines de una adecuada prevención de su ocurrencia, resulta urgente abordar en forma preferente e inmediata la modernización de la infraestructura aeronáutica y aeroportuaria de la REPUBLICA ARGENTINA, para evitar los daños que pudieran ocasionarse tanto sobre la pobla-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/08/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date19/08/2014

Page count88

Edition count9385

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/07/2024

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