Boletín Oficial de la República Argentina del 22/07/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 22 de julio de 2014

ROS DE LA NACION S.S.N., la Ley N24.557, el Decreto N585 de fecha 31 de mayo de 1996, la Resolución S.S.N. Nº 24.659 de fecha 18 de junio de 1996, la Resolución S.R.T. N75 de fecha 21
de junio de 1996, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N24.557 estableció en el apartado 2 de su artículo 3 la facultad de los empleadores de optar por autoasegurar los riesgos del trabajo definidos en dicha ley, siempre y cuando acrediten la solvencia económico-financiera y garanticen contar con los servicios necesarios para el otorgamiento de las prestaciones en especie a los trabajadores bajo su dependencia.
Que mediante el Decreto N585 de fecha 31 de mayo de 1996 se reglamentó el régimen de autoseguro para las empresas privadas, de acuerdo a lo previsto en la norma citada en el párrafo precedente, y se establecieron los requisitos que deben acreditar en materia de organización y solvencia los empleadores que pretendan autoasegurarse.
Que COOPERATIVA DE TRABAJOS PORTUARIOS LIMITADA DE SAN MARTIN C.U.I.T.
Nº 30-50693111-4 presentó la documentación correspondiente a efectos de obtener la autorización para autoasegurar los riesgos del trabajo, en los términos del apartado 2 del artículo 3º de la Ley N24.557.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 7 del Decreto N585/96, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NAC1ON se encuentra habilitada para controlar la acreditación de los requisitos estipulados en los apartados a, b y c del artículo 1 de la mencionada norma; en tanto, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO tiene a su cargo el control de la acreditación de los requisitos estipulados en el artículo 6 del Decreto N585/96.
Que de acuerdo a lo informado por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, las áreas técnicas de ese Organismo entendieron cumplidos los requisitos exigidos por la normativa vigente en la materia a los fines de autorizar a COOPERATIVA DE TRABAJOS PORTUARIOS
LIMITADA DE SAN MARTIN a operar como empleador Autoasegurado.
Que a su vez, en el marco de sus competencias, la Gerencia de Prevención, la Gerencia Médica y la Gerencia de Control de Entidades de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
analizaron la solicitud de la empresa sin efectuar observaciones y concluyeron en que se ajustó a los requisitos que fija la normativa vigente para autorizar el autoaseguro de los riesgos del trabajo y, en particular, la Resolución S.R.T. N075 de fecha 21 de junio de 1996.
Que los servicios jurídicos de ambos Organismos de supervisión tomaron la intervención que es de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N24.557 y el Decreto N585/96.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
Y EL SUPERINTENDENTE
DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVEN:
ARTICULO 1 Autorízase a COOPERATIVA DE TRABAJOS PORTUARIOS LIMITADA DE
SAN MARTIN C.U.I.T. N30-50693111-4 a autoasegurar los riesgos del trabajo definidos por la Ley N24.557.
ARTICULO 2 Dispónese registrar a COOPERATIVA DE TRABAJOS PORTUARIOS LIMITADA DE SAN MARTIN como Empleador Autoasegurado.
ARTICULO 3 Lo dispuesto en el artículo 1 entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación. Dr. JUAN
H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.
e. 22/07/2014 N52466/14 v. 22/07/2014

AVISOS OFICIALES
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COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 CIUDAD DE BUENOS AIRES
NOTIFICASE la Nota CNC Nº53/14, dictada en el Expte. CNC Nº10.791/2011, cuyo tenor se transcribe a continuación: Declárase la caducidad del procedimiento administrativo iniciado por COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y VIVIENDA DE BIGAND
LIMITADA CUIT 30-54582482-1 con la solicitud de Licencia Unica de Telecomunicaciones y el registro del Servicio de Valor Agregado Acceso a Internet. Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y conforme lo establece la Ley de Procedimientos Administrativos Dto. Nº1759/72 t.o. 1991, en sus arts. 84, 88, 89 y c.c. se podrán articular los recursos de reconsideración o jerárquico dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 21/07/2014 Nº51044/14 v. 23/07/2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.930

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COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - CIUDAD DE BUENOS AIRES
NOTIFICASE la Nota CNC Nº66/14, dictada en el Expte. CNC Nº9.402/2009, cuyo tenor se transcribe a continuación: Declárase la caducidad del procedimiento administrativo iniciado por ROBERTI
MIGUEL ANGEL CUIT 20-18254790-6 con la solicitud de Licencia Unica de Telecomunicaciones y el registro del Servicio de Valor Agregado Acceso a Internet. Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y conforme lo establece la Ley de Procedimientos Administrativos Dto. Nº1759/72 t.o.
1991, en sus arts. 84, 88, 89 y c.c. se podrán articular los recursos de reconsideración o jerárquico dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 21/07/2014 Nº51045/14 v. 23/07/2014

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, notifica al sumariado Liang HE, D.N.I. 94.032.489, la Disposición Nº3423/2012, dispuesta en el Expediente CUDAP EXPDNM-S02:0017554/2010, que en su parte pertinente dice: Buenos Aires, 26 de diciembre de 2012 EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE: ARTICULO 1º.- SANCIONASE a Liang HE, D.N.I. 94.032.489, con domicilio en Av.
Mitre Nº2011, Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, con UNA 1 multa de PESOS CIENTO TREINTA Y
TRES MIL QUINIENTOS $ 133.500, INTIMANDOLO a abonarla dentro del plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la presente. ARTICULO 2.- HAGASE saber al sumariado que podrá interponer recurso de reconsideración en el plazo de DIEZ 10 días hábiles artículo 75 de la Ley Nº25.871, recurso de alzada en el plazo de QUINCE 15 días hábiles conforme artículo 83 de las Ley Nº25.871 y artículos 94 y 98 de la Reglamentación de Procedimientos Administrativos o iniciar recurso Judicial en el plazo de TREINTA 30 días hábiles artículos 79 y 84 de la Ley Nº25.871. ARTICULO 3.- PASE al Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCION DE ASUNTOS
JUDICIALES dependiente de la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de esta Dirección Nacional para su notificación al sumariado y eventual juicio por cobro, en caso de no cumplirse con la intimación efectuada en el artículo 1 de la presente. ARTICULO 4.- REGISTRESE, comuníquese y archívese. Fdo.
Dr. Guillermo MAZARS - SUBDIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES - MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE - DISPOSICION DNM Nº522/12; Buenos Aires, 22 de mayo de 2014.- Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado, la Disposición Nº 3423/12, dispuesta a fojas 49/52 mediante la publicación de edictos por TRES 3 días en el Boletín Oficial. Fdo. Dr. Darío Santiago FERNÁNDEZ A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES. Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte, Disposición DNM Nº522/12.
e. 18/07/2014 Nº50862/14 v. 22/07/2014

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/07/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/07/2014

Page count16

Edition count9385

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/07/2024

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