Boletín Oficial de la República Argentina del 14/07/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 14 de julio de 2014

COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 10/2014-CACM 18.8.77
Agentes de Recaudación del Sistema SIRCREB. Pagos

Pág.
14

2

7.- En su carácter de Autoridad de Aplicación de las Leyes Nros. 22.802 de Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 24.240 de Defensa del Consumidor, 20.680 de Abastecimiento, 25.156 de Defensa de la Competencia, 25.065 de Tarjetas de Crédito, entender, en el ámbito de su competencia, en todo lo relativo a la aplicación de dichas leyes dictando las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación de las mismas.
10. Coordinar la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE
LA COMPETENCIA o del organismo que en el futuro la sustituya.

DISPOSICIONES

20. Coordinar la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO
EXTERIOR.

PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 4792/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

14

Disposición 4791/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización

15

Art. 2 Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2 del Decreto Nº357/02, en el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR, ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo.
Art. 3 Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante del presente decreto.

AVISOS OFICIALES
Nuevos

16

55

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

BOLETIN OFICIAL Nº 32.924

Art. 4 Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el Organigrama del Anexo I y las Acciones que se detallan en Planillas Anexas al presente artículo.
Art. 5 Apruébanse en el ámbito de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Coordinaciones que se detallan en las Planillas Anexas al presente artículo.

ZAS PUBLICAS, UN 1 cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo, con rango y jerarquía de Subsecretario, que asista a la máxima autoridad de la SECRETARIA DE COMERCIO, entre otras cuestiones, en el desarrollo de las actividades vinculadas a las relaciones técnico-operativas con las distintas unidades de organización del Ministerio y del resto de la Administración Pública Nacional, en lo vinculado con la asignación de recursos humanos y materiales, la ejecución presupuestaria y el despacho de la Secretaría, así como en la verificación de los proyectos de actos administrativos puestos a consideración de dicha autoridad.

Art. 6 Modifícase, de conformidad con lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 del presente acto, el Decreto Nº1.359 de fecha 5 de octubre de 2004, y las Resoluciones Nros.
779 de fecha 6 de diciembre de 2004 y 209 de fecha 22 de abril de 2005, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sus modificatorias y complementarias.

Que, asimismo con el objetivo de mejorar el funcionamiento y la eficacia de la nueva organización, aprobada por el Decreto Nº 2.136/13, resulta aconsejable crear los cargos extraescalafonarios de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 8 Créase el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la SECRETARIA DE
COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que tendrá como competencia asistir y asesorar al señor Secretario en el desarrollo de sus funciones.

Que dada la política de precios llevada adelante por el ESTADO NACIONAL resulta conveniente prever la incorporación, también con dependencia directa de la mencionada SECRETARIA DE COMERCIO, del cargo extraescalafonario de Coordinador de Comercio de Proximidad, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que asistirá respecto de la aplicación de los acuerdos de precios, la difusión de las políticas inherentes a éstos, así como en el desarrollo del comercio de proximidad.
Que por otra parte, corresponde prever la incorporación de los cargos correspondientes a los titulares de los gabinetes de las autoridades de la Secretaría en cuestión.
Que por el Artículo 7 de la Ley Nº26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de lo dispuesto por el Artículo 10 de la citada norma legal.
Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO
NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional.
Que los profesionales propuestos, reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los cargos de Jefe de Gabinete, Coordinador General Técnico y Operativo y Coordinador de Comercio de Proximidad de la SECRETARIA
DE COMERCIO, Coordinador de Gabinete y Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, Coordinador de Gabinete y Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, que se crean por la presente medida.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6, 7 y 10 de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 y el Artículo 1 del Decreto Nº491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2 del Decreto Nº 357 de fecha 21
de febrero de 2002, en el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, los Objetivos 7, 10 y 20 de la SECRETARIA DE COMERCIO, los que quedarán redactados del siguiente modo:

Art. 7 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 - Recursos Humanos en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 9 Créase el cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que tendrá como cometido las siguientes funciones.
1. Asistir al señor Secretario de Comercio en las relaciones técnico-operativas con las distintas unidades de organización del Ministerio y del resto de la Administración Pública Nacional, inherentes al ejercicio de su competencia.
2. Coordinar la asignación de recursos humanos y materiales, la ejecución presupuestaria y el despacho de la Secretaría.
3. Realizar el seguimiento de los informes producidos por los organismos de control interno y externo.
4. Verificar los proyectos de actos administrativos puestos a consideración de la superioridad.
5. Coordinar técnica y administrativamente los programas con financiamiento externo de la Secretaría.
Art. 10. Créase, con dependencia directa de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Comercio de Proximidad, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que tendrá como cometido las siguientes funciones:
1.- Asistir al señor Secretario de Comercio en temas relativos al desarrollo del comercio de proximidad.
2.- Asistir al señor Secretario de Comercio en el seguimiento y control de la aplicación de los acuerdos de precios.
3.- lnteractuar entre el ESTADO NACIONAL, las administraciones locales y las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en relación a la implementación de los acuerdos de precios.
4.- Coordinar las actividades de difusión en relación a la política de precios.
Art. 11. Créanse los cargos extraescalafonarios de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SI.N.E.P. aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, los que tendrán como cometido asistir y asesorar al señor Subsecretario de su competencia en el desarrollo de sus funciones.
Art. 12. Créanse los cargos extraescalafonarios de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SI.N.E.P., los que tendrán como cometido las siguientes funciones.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/07/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date14/07/2014

Page count80

Edition count9389

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/07/2024

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