Boletín Oficial de la República Argentina del 26/06/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 26 de junio de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.913

19

Que respecto a la suma pactada, y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal.

AVISOS OFICIALES
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido Blas Gerónimo CANTEROS D.N.I. Nº8.332.024, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo, Laudo Nº15/91 T.O. Resolución S.T.
Nº 925/10, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº370, 5 Piso, Oficina Nº5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 Piso, Oficina Nº4266 F, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
Fecha: 11/06/2014.
Firmado: Lic. CECILIA G. SILVESTRO, Jefa Int., Sección Jubilaciones, División Beneficios.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres 3 días hábiles consecutivos.
e. 24/06/2014 Nº42857/14 v. 26/06/2014

Que asimismo, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos en la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en los considerandos cuarto y quinto, de la presente medida.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Artículo 10 del Decreto Nº200/88 y sus modificatorios.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

GENDARMERIA NACIONAL
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA, CON DOMICILIO EN LA AVENIDA ANTARTIDA ARGENTINA NRO. 2258, CABA, NOTIFICA A LA GENDARME MARIA LAURA DANIEL MI: 33.723.719, QUE SE LE INSTRUYE LA INFORMACION MILITAR NRO. 01/13 EXPTE. AF 3-4019/560, POR HABER INCURRIDO EN LA FALTA GRAVISIMA DE DESERCION, SIENDO LA OFICIAL INFORMANTE
LA PRIMER ALFEREZ DÑA. MERCEDES GIMENA GONZALEZ MI: 29.801.939. SE NOTIFICA A
LA CAUSANTE QUE CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ART. 31, INC. 14 Y 18 DEL RADEA, GOZA EL DERECHO DE DEFENSA, PUDIENDO PRESENTARSE EN LAS REFERIDAS ACTUACIONES Y DESIGNAR UN ABOGADO DEFENSOR DE SU CONFIANZA.
ASIMISMO, SE NOTIFICA A LA CAUSANTE QUE POR DISPOSICION NRO. 538 DEL 22 DE
AGOSTO DE 2013, EL DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA DISPUSO: ARTICULO 1. DAR
POR FINALIZADA LA DISPONIBILIDAD, PREVISTA EN EL ART. 64, INC. B, AP. 1 DE LA LEY DE
GENDARMERIA NACIONAL NRO. 19.349, A LA GENDARME ESCALAFON GENERAL ESPECIALIDAD SEGURIDAD MARIA LAURA DANIEL MI 33.723.719 - CE 81532, CON ACTUAL PRESTACION DE SERVICIOS EN LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS. ARTICULO 2. DAR DE
BAJA DE LA LISTA DE REVISTA A LA REFERIDA INTEGRANTE DE LA FUERZA, A PARTIR DE
LA PRESENTE DISPOSICION. ARTICULO 3. PASE A LA SECRETARIA GENERAL, PARA SU INSERCION EN EL BOLETIN RESERVADO DE LA INSTITUCION Y A LA DIRECCION GENERAL DE
PERSONAL - DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS PARA SU CONOCIMIENTO, COMUNICACIONES Y POSTERIOR ARCHIVO.
JORGE A. HOGALDE, Comandante General, Director de Recursos Humanos.
e. 25/06/2014 Nº43768/14 v. 27/06/2014

CONVENCIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº841/2014

Bs. As., 28/5/2014
VISTO el Expediente Nº1.543.911/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a foja 86/87 del Expediente Nº1.543.911/12 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.U.T.C.A.P.R.A. por la parte gremial y la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS
DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA C.A.E.C.A.P.R.A. y la ASOCIACION EMPRESARIA DEL NOROESTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES HOTELERIA - GASTRONOMIA
- TURISMO por el sector empresario, conforme lo previsto por la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que por medio de dicho Acuerdo, las partes pactan nuevas escalas salariales y el pago de una suma por única vez, para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº640/11, conforme surge de los términos allí expuestos.
Que en relación al ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo, deberá estarse a lo señalado en la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº1737 del 30 de noviembre de 2011, homologatoria del convenio colectivo precitado.

ARTICULO 1 Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 86/87 del Expediente Nº1.543.911/12, celebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONTROL DE
ADMISION Y PERMANENCIA DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.U.T.C.A.P.R.A., por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE CONTROL DE ADMISION Y PERMANENCIA C.A.E.C.A.P.R.A. y la ASOCIACION EMPRESARIA DEL NOROESTE DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES HOTELERIA - GASTRONOMIA - TURISMO, por el sector empleador, conforme lo previsto por la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 86/87 del Expediente Nº1.543.911/12.
ARTICULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº640/11.
ARTICULO 4 Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.543.911/12
Buenos Aires, 29 de Mayo de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº841/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 86/87 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 698/14. VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expediente Nº1.543.911/12
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de Mayo de 2014, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante el Subdirector Nacional, Licenciado Norberto Adrián CANETO; el Señor Antonio AMARILLA, en su carácter de presidente y representante legal de la cámara empresarial CAECAPRA Cámara de Empresas de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina, el Señor Leandro Javier NAZARRE CARDOSO, Secretario General y representante legal del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONTROL
DE ADMISION Y PERMANENCIA DE LA REPUBLICA ARGENTINA SUTCAPRA, y el Sr. Antonio PAPASIDERO, en su carácter de Presidente y representante legal de la ASOCIACION EMPRESARIA DEL NOROESTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ASEN; conforme los instrumentos agregados en autos.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, SUTCAPRA y CAECAPRA desisten del pedido de homologación del Convenio Colectivo de Trabajo de fojas 19/29.
Seguidamente, SUTCAPRA designa paritarios a Leandro NAZARRE - DNI 22.132.568 y Alejandro CAPALBO - DNI 21.468.748.
CAECAPRA ratifica como paritario Antonio AMARILLA - DNI 16.182.366; y ASEN es representado por Antonio PAPASIDERO - DNI 10.969.426 y Juan DELLA ROLE - DNI 10.216.158.
Seguidamente, el representante de CAECAPRA manifiesta que viene a adherir en todos y cada uno de sus términos al Convenio Colectivo de Trabajo Nº640/11.
Seguidamente, SUTCAPRA y ASEN, manifiestan que prestan conformidad a la adhesión.
Todas las partes presentes, manifiestan que de esta manera ha quedado constituida una nueva unidad de negociación a los fines de la eventual renovación del Convenio Colectivo de Trabajo Nº640/11, y asimismo acuerdan las nuevas escalas salariales que regirán a partir del 1 de mayo de 2014 hasta el 30 de abril de 2015:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/06/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date26/06/2014

Page count52

Edition count9419

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Dernière édition06/08/2024

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