Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 22 de mayo de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.889

Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO
DE EDUCACION, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO que integra la presente medida.

ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE JUSTICIA

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich. Alberto E. Sileoni.

PROGRAMA INTERMINISTERIAL DE SALUD MENTAL ARGENTINO

ANEXO

Contratos artículo 9 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164

ALTA
APELLIDO
Y NOMBRE

DEPENDENCIA
DIRECCION
NACIONAL DE
PLANEAMIENTO
EDUCATIVO
SUBSECRETARIA
DE PLANEAMIENTO
EDUCATIVO

RIGAL, LUIS
IGNACIO

C.U.I.L.
20-21141618-2

DESDE
01/09/2013

HASTA
31/12/2013

NIVEL
B

GRADO

ESCALAFON

DEDICACION

5

SINEP
Decreto Nº2.098/08

COMPLETA

7

APELLIDO Y NOMBRE
PESSANO Y GUTIERREZ, Mariana Emilia OSUNA, Alejandro Waldemar
D.N.I. Nº 27.089.718
18.320.517

NIVEL Y
GRADO
A-0
B-0

FECHA INICIO
01/02/2013
01/02/2013

Programa 41 - Actividad 02 - Inciso 1 - Gastos en Personal - FF 11

FECHA
FINAL
31/12/2013
31/12/2013

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 371/2014

Decisión Administrativa 372/2014
Autorízanse addendas a contrataciones en el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino.
Bs. As., 16/5/2014
VISTO el Expediente Nº S04:0005174/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Resolución M.J. y D.H. Nº8 del 21 de enero de 2013, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.J. y D.H. Nº8/13 se dieron por aprobadas, entre otras, las renovaciones de los contratos de prestación de servicios de los agentes Mariana Emilia PESSANO Y GUTIERREZ y Alejandro Waldemar OSUNA por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013, en el marco del artículo 9 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1421/02, para desempeñarse en el ámbito del PROGRAMA INTERMINISTERIAL DE SALUD MENTAL ARGENTINO dependiente de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que oportunamente, a efectos de la continuidad operativa, fue necesario proceder a la suscripción de una addenda al contrato de prestación de servicios celebrado con los mencionados agentes.
Que el artículo 2 del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios dispuso que en los casos en que la retribución mensual de dichas contrataciones fuera inferior a la suma de PESOS
DOCE MIL $12.000.-, las mismas serán aprobadas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o Jefe de la Casa Militar, según corresponda.
Que el artículo 1 de la Decisión Administrativa Nº3/04 y sus modificatorias establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08 del 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que atento lo requerido por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de posibilitar la aprobación de las addendas en cuestión, corresponde exceptuar a las personas que se individualizan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, de las restricciones contenidas en el inciso c, punto II, del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del citado Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Autorízase contratación en la Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual.

Bs. As., 16/5/2014
VISTO el Expediente NºS04:0010510/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7
de agosto de 2003, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la contratación de UNA 1 persona para desempeñarse en la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los términos del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9 del Anexo I al Decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que el artículo 2 del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios dispuso que en los casos en que la retribución mensual de dichas contrataciones fuera inferior a la suma de PESOS DOCE MIL $12.000.-, las mismas serán aprobadas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o Jefe de la Casa Militar.
Que el artículo 1 de la Decisión Administrativa Nº3/04 y sus modificatorias establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que atento lo requerido por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de posibilitar la contratación de la señora Cintia Natalia Beatriz ZACARIAS, corresponde exceptuar a la misma de las restricciones contenidas en el inciso c, punto II, del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a aprobar las addendas a los contratos de prestación de servicios celebrados entre la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del mencionado Ministerio y las personas que se detallan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, conforme las condiciones y plazos que se consignan en dicho Anexo, con carácter de excepción al inciso c, punto II, del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel que en cada caso se indica, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08.

Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a contratar a la persona que se consigna en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, conforme las condiciones y plazos que se consignan en dicho Anexo, con carácter de excepción al inciso c, punto II, del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto Nº2098/08.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Julio C. Alak.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/05/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/05/2014

Page count48

Edition count9400

Première édition02/01/1989

Dernière édition18/07/2024

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