Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 20 de febrero de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.832

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CONSIDERANDO: Que conforme lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nº24.065, ningún transportista o distribuidor puede comenzar la construcción y/u operación de instalaciones de la magnitud que precise la calificación del Ente, ni la extensión o ampliación de las existentes, sin obtener de éste un Certificado que acredite la Conveniencia y Necesidad Pública de dicha construcción, extensión o ampliación.

AVISOS OFICIALES
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido Oscar Eduardo GUTIÉRREZ D.N.I. Nº 10.737.423, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 173 del Convenio Colectivo de Trabajo 56/92 E Laudo Nº 16/92 T.O.
Resolución S.T. Nº 924/10, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº370, 5 Piso, Oficina Nº5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 Piso Oficina Nº4266 F, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
Fecha: 10/02/2014.
Lic. CECILIA G. SILVESTRO, Jefe Int., Sección Jubilaciones, División Beneficios.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres 3 días hábiles consecutivos.
e. 19/02/2014 Nº9153/14 v. 21/02/2014

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido Jorge Angel GALLEGOS M.I. Nº8.556.331, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo Nº15/91 T.O. Resolución S.T. Nº925/10, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº370, 5 Piso, Oficina Nº5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 Piso, Oficina Nº4266 F, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
Fecha: 10/02/2014
Lic. CECILIA G. SILVESTRO, Jefa Int., Sección Jubilaciones, División Beneficios.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres 3 días hábiles consecutivos.
e. 19/02/2014 Nº9154/14 v. 21/02/2014

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina, notifica en el Sumario Nº 4407 Expediente Nº 101.246/07 caratulado TRINITY ARGENTINA S.R.L. Y OTRO, que por Resolución del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias Nº737 de fecha 22/10/2013 se resolvió: 1 Declarar extinguida la acción penal cambiaria por fallecimiento del señor JORGE MARIA SOARES
GACHE D.N.I. 4.372.117, en los términos del artículo 59, inciso 1, del Código Penal de la Nación.
2 Notifíquese. Fdo. Santiago Carnero, Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias.
Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial. PAULA L. CASTRO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. ANALIA G. TACCONE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 17/02/2014 Nº7198/14 v. 21/02/2014

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina, cita en el Sumario Nº4300 Expediente Nº24.545/04, a prestar declaración en esta dependencia Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, Reconquista 250 Piso 6 Oficina 8601, al señor ADRIAN PABLO RIZZO DNI Nº23.479.797 la, como presunto infractor, en los términos del artículo 5, inciso c de la Ley del Régimen Penal Cambiario t.o. por Decreto Nº480/95, para el día 7 de marzo de 2014 a las 10:00 hs, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial. MARIA G. BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 17/02/2014 Nº7199/14 v. 21/02/2014

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina, intima al señor JORGE PEDRO MOLINARI DNI
Nº 4.406.528 en el Sumario Nº 4419 Expediente Nº 101.227/07, para que en el plazo de cinco 5
días hábiles bancarios presente el correspondiente descargo que hace a su derecho de defensa, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 cinco días en el Boletín Oficial. MARIA G.
BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 17/02/2014 Nº7200/14 v. 21/02/2014

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº33/2014
Bs. As., 7/2/2014
VISTO: El Expediente ENRE Nº 29.785/2009 y las Resoluciones ENRE Nº 467/2009 y Nº257/2011, y
Que por Resolución Nº467/2009 y su modificatoria, la Resolución Nº257/2011, el ENRE aprobó una metodología para evaluar las obras de construcción, extensión o ampliación de instalaciones eléctricas en el ámbito de los Servicios Públicos de Transporte y Distribución de Energía Eléctrica sujetos a Jurisdicción Nacional, que por sus características requerían de la realización de Audiencia Pública para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública.
Que de acuerdo a la experiencia adquirida desde el dictado de las resoluciones mencionadas se estima que dicho procedimiento es perfectible, mediante la simplificación de los trámites administrativos, lo que permitirá acelerar el tiempo de resolución con beneficio de los usuarios del servicio eléctrico en general, derivado de la posibilidad de disponer con rapidez de las nuevas instalaciones de que se trate, que satisfagan las necesidades eléctricas, resguardando al mismo tiempo los derechos de quienes puedan considerarse afectados por dichas obras, en cuanto a la prestación del servicio o sus intereses económicos.
Que el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública requiere de un análisis de los aspectos técnicos y económicos de las obras solicitadas, en relación a la posible afectación a los usuarios.
Que todas las ampliaciones de los Sistemas de Transporte deberán contar con el correspondiente Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, cumpliendo los requisitos establecidos en Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución Ex-See Nº61/92 y sus modificatorias LOS PROCEDIMIENTOS, y teniendo la opinión favorable de CAMMESA y de la Transportista en cuyo Sistema se propone la obra.
Que la realización de la Audiencia Pública, como un paso en el procedimiento administrativo de las ampliaciones, tiene justificación cuando hubiera usuarios del servicio de transporte de electricidad agentes del MEM que consideren que las prestaciones eléctricas que reciben o sus intereses económicos puedan verse afectados por la nueva obra o cuando deban contribuir a solventarlas directamente, sin ser los solicitantes.
Que se ha emitido el Dictamen legal establecido en el Artículo 7 inciso d de la Ley Nº19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD tiene competencia para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido por los Artículos 11, 56 inciso s y 63
inciso g de la Ley Nº24.065 y su Decreto reglamentario Nº1398/1992.
Por ello:
EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º Revocar las Resoluciones ENRE Nº467/2009 y ENRE Nº257/2011.
ARTICULO 2º Aprobar el REGLAMENTO PARA LAS AMPLIACIONES DE LOS SISTEMAS
ELECTRICOS contenido en el ANEXO de la presente.
ARTICULO 3º Remitir copia de la presente Resolución a la SECRETARIA DE ENERGIA DE
LA NACION para su conocimiento.
ARTICULO 4º Notifíquese a CAMMESA.; a EDENOR S.A., a EDESUR S.A., a TRANSENER S.A.; a TRANSNOA S.A., a TRANSNEA S.A.; a DISTROCUYO S.A., a TRANSPA S.A., a TRANSBA S.A., a TRANSCO S.A. y al ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DE NEUQUEN.
ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Director. Dr. ENRIQUE G.
CARDESA, Director. Lic. VALERIA MARTOFEL, Directora. Ing. LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
ANEXO
REGLAMENTO PARA LAS AMPLIACIONES DE LOS SISTEMAS ELECTRICOS
1 Para iniciar cualquier obra de construcción, extensión o ampliación de los Sistemas de Transporte de Energía Eléctrica y del Sistema de Distribución de Energía Eléctrica concesionados por el Poder Ejecutivo Nacional, se deberá obtener previamente un Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública emitido por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
2 Los pedidos de otorgamiento de Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, para las ampliaciones de los Sistemas de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, solicitados por la metodología del CONTRATO ENTRE PARTES y de las ampliaciones del Sistema de Distribución de los concesionarios nacionales que involucren instalaciones iguales o mayores de 132 kV y sus obras asociadas, serán publicados por CINCO
5 días en el portal de internet del ENRE y se solicitará igual publicación en el portal de internet de CAMMESA; también se publicarán por DOS 2 días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ
10 días desde la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el Ente.
En caso de que la oposición planteada sea común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las oposiciones, a fin de permitir al solicitante del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública contestar las mismas y exponer sus argumentos.
3 El otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública por el ENRE, comprende el reconocimiento de la aptitud técnica de la obra y su afectación al servicio público; no exime a los concesionarios del Servicio Público de Distribución y Transporte de Electricidad de la obligación de tramitar los demás permisos que correspondan ante las autoridades municipales, provinciales o nacionales competentes. Estos permisos o las constancias de su solicitud deberán presentarse en el ENRE, previo a la emisión del correspondiente Certificado. Otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, no podrá darse inicio a la obra sin la previa acreditación ante el ENRE de haber obtenido efectivamente dichos permisos.
4 Para todo lo que no se encuentre previsto en este REGLAMENTO se aplicará lo previsto en el Anexo 16 - Reglamentaciones del Sistema de Transporte, de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución Ex-See Nº61/92 y sus modificatorias.
e. 14/02/2014 Nº8136/14 v. 21/02/2014

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date20/02/2014

Page count36

Edition count9420

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/08/2024

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