Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 27 de agosto de 2013

Primera Sección
ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese. Dr. NESTOR M. BUSTAMANTE, Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Presidente del Consejo Federal Pesquero. Sr. CARLOS A. CANTU, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. JUAN C. BOUZAS, Representante, Provincia del Chubut, Consejo Federal Pesquero. JUAN A. LOPEZ CAZORLA, Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Consejo Federal Pesquero. Lic. MARIA S. GIANGIOBBE, Representante Suplente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Consejo Federal Pesquero. DIEGO L. MARZIONI, Representante, Provincia de Santa Cruz, Consejo Federal Pesquero. Dra. VERONICA N. OJEDA, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. Dr. LISANDRO A. BELARMINI, Representante Suplente de la Provincia de Buenos Aires, Consejo Federal Pesquero.
e. 27/08/2013 Nº65999/13 v. 27/08/2013

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resoluciones Ns.: 2.505; 2.506; 2.507; 2.508 y 2.509/13-INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes mutuales: ASOCIACION MUTUAL CAMPO DE LAS
CARRERAS m. 346; MUTUAL OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE AGUILARES MOEMA m. 176; MUTUAL DE PRODUCTORES TABACALEROS DE TUCUMAN m. 156; ASOCIACION
MUTUAL DE LA FAMILIA LEGISLATIVA TUCUMANA m. 298; CENTRO MUTUAL LASTENIA m.
66. Todas las entidades mencionadas precedentemente tienen su domicilio legal en la Provincia de Tucumán. Por Resoluciones Ns: 2.510; 2.511 y 2.512/13-INAES, a las siguientes mutuales:
MUTUAL PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS MUTUALES m. 754; ASOCIACION MUTUAL
VECINOS DE CANDIOTI m. 1.468; MUTUAL DE CASALEGNO m. 943. Las mismas tienen su domicilio legal en la Provincia de Santa Fe. Por Resoluciones Ns 2.513; 2.514; 2.530/13-INAES, a las siguientes mutuales: ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIELO
Y MERCADOS PARTICULARES PARA LOS OBREROS Y EMPLEADOS COMUNES, ESPECIALIZADOS, PERSONAL DE OFICIO Y ADMINISTRATIVO DE LOS FRIGORIFICOS FABRICAS DE HIELO
Y MERCADOS SIN EXCEPCION m. 887; ASOCIACION MUTUAL LA MALVINENSE m. 2.331;
ASOCIACION MUTUAL MICRO-OMNIBUS SAENZ PEÑA LINEA 92 m. 684; las mismas tienen su domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires. Por Resoluciones Ns 2.515; 2.516/13-INAES, a las siguientes mutuales: ASOCIACION MUTUAL DEL MERCADO COOPERATIVO CONCENTRACION
GODOY CRUZ MENDOZA A.M.E.R.C.O. m. 179; MUTUAL 3 DE NOVIEMBRE m. 337; las mismas tienen su domicilio legal en la Provincia de Mendoza. Por Resolución Nº2.517/13-INAES, a la ASOCIACION MUTUAL PARA EL PERSONAL DEL AUXILIO MECANICO Y AFINES m. 2.272, con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por Resolución Nº2.518/13-INAES, a la ASOCIACION MUTUAL DEL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES A.M.M.A.S. m. 121, con domicilio legal en la Provincia de Entre Ríos. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISION Art. 22, inc. 10 días y Art. 22, incs. b, c y d 30 días Ley Nº19.549.
RECONSIDERACION Art. 84 Dto. Nº1.759/72 - t.o. 1.991, 10 días. JERARQUICO Art. 89, Dto.
Nº1.759/72 - t.o. 1.991, 15 días. Y ACLARATORIA Art. 102, Dto. Nº1.0759/72 - t.o. 1.991, 5
días. Asimismo, se amplían los plazos procesales para aquellas entidades que les corresponde por derecho en razón de la distancia que supere los 200 Kms. desde el asiento de esta jurisdicción.
Quedan debidamente notificadas Art. 42, Dto. Nº1.759/72 t.o. 1.9914. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, INAES.
e. 27/08/2013 Nº65396/13 v. 29/08/2013

MINISTERIO DE INDUSTRIA
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución Nº114/2013

Bs. As., 21/8/2013
VISTO el Expediente NºS01:0124922/2013 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 24.624, 25.300 y 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y la Resolución Nº16 de fecha 19 de febrero de 2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998
y 434 de fecha 29 de abril de 1999.
Que mediante el inciso b del Artículo 21 de la Ley Nº26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3º de la Ley Nº22.317, en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES $ 80.000.000 para el Ejercicio 2013
para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.709

40

Que en virtud de ello, las áreas técnicas pertinentes, han producido los informes correspondientes sobre los proyectos presentados, dando cuenta de que los mismos cumplen con las condiciones previstas en el Reglamento aprobado por la Resolución Nº16/13 de la SECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Que dichos informes obran en cada uno de los expedientes abiertos al efecto.
Que en consecuencia, se recomienda que dichos proyectos sean aprobados con asignación de cupo de Crédito Fiscal, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo, que con DIECISEIS 16
hojas, forma parte integrante de la presente medida.
Que mediante la Resolución Nº 97 de fecha 5 de julio de 2013 de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se efectuó la primera asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON VEINTIDOS CENTAVOS
$ 10.380.535,22.
Que en función de ello, queda disponible un cupo de PESOS VEINTINUEVE MILLONES
SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SETENTA Y
OCHO CENTAVOS $ 29.619.464,78 correspondiente al Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2013 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Primera Convocatoria, implementado mediante la Resolución Nº16/13 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Que por lo expuesto, resulta oportuno proceder a la aprobación y asignación de cupo de Crédito Fiscal por un total de PESOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
TREINTA Y OCHO CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS $ 10.699.038,47, para los Proyectos de Capacitación presentados en el marco de lo establecido en los incisos a y b del Artículo 9º del Anexo I de la Resolución Nº16/13 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL.
Que por el Decreto Nº357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que asimismo, por el decreto citado precedentemente, se establecieron los objetivos para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, asignándole competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº22.317, los Decretos Nros. 819/98, 434/99 y 357/02 y sus modificaciones.
Por ello, EL SECRETARIO
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébanse los Proyectos de Capacitación presentados por las empresas que se detallan en el Anexo que con DIECISEIS 16 hojas forma parte integrante de la presente resolución, acorde a lo establecido en los incisos a y b del Artículo 9º del Anexo I de la Resolución Nº16 de fecha 19 de febrero de 2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las cuales acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos de reintegro allí consignados.
ARTICULO 2 Asígnase un cupo de Crédito Fiscal por un total de PESOS DIEZ MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y OCHO CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS
$ 10.699.038,47, para los Proyectos de Capacitación aprobados por el Artículo 1º de la presente medida.
ARTICULO 3 La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Industria.
ANEXO
Modalidad
Monto Total Aprobado
Fecha Preaprobado
3 ARROYOS S.A.

2

5.640,00

04/06/2013

16/07/2013

S01:0086226/2013

90+10 S.R.L.

2

8.030,00

27/03/2013

02/07/2013

S01:0092909/2013

A. B. ELISSONDO
HERMANOS S.A.

2

24.172,00

09/04/2013

03/07/2013

Nº IP

Nº Expediente
1745/2013

S01:0139003/2013

0098/2013
0833/2013

EMPRESA

Fecha Aprobado
0925/2013

S01:0099406/2013

ABAC S.R.L.

2

17.184,00

15/04/2013

16/07/2013

1261/2013

S01:0112553/2013

ABCNET S.A.

2

6.460,00

07/05/2013

28/06/2013

0379/2013

S01:0114987/2013

ABERTURAS HERFASA S.A.

2

9.619,80

22/03/2013

16/07/2013

0321/2013

S01:0086230/2013

ABRINCO S.A.

2

13.931,70

22/03/2013

18/06/2013

0975/2013

S01:0086230/2013

ABRINCO S.A.

2

5.940,00

15/04/2013

18/06/2013

0471/2013

S01:0090036/2013

ADMINISTRADORA DE
CONSULTORIOS PRIVADOS
S.A.

2

13.708,64

27/03/2013

10/07/2013

Que en razón de ese cupo anual, se dictó la Resolución Nº16 de fecha 19 de febrero de 2013
de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA por medio de la cual se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2013 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Primera Convocatoria.

1772/2013

S01:0090036/2013

ADMINISTRADORA DE
CONSULTORIOS PRIVADOS
S.A.

2

4.800,00

05/06/2013

10/07/2013

0934/2013

S01:0098491/2013

2

2.945,00

16/04/2013

02/07/2013

Que en el marco de esta primera convocatoria, establecida por la resolución mencionada precedentemente, se han analizado y evaluado un total de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS 472
Proyectos de Capacitación presentados por CUATROCIENTAS DOS 402 empresas.

AERO TRANSPORT
ENGINEERING CONSULTING
S.A.

1474/2013

S01:0123930/2013

AGRO DE SOUZA S.A.

2

14.300,00

21/05/2013

18/07/2013

0850/2013

S01:0106329/2013

AGROEMPRESA MAQUINAS
AGRICOLAS S.A.

2

14.590,40

02/05/2013

25/07/2013

1401/2013

S01:0126394/2013

AGROPECUARIA LOS
POTROS S.A.

2

7.300,00

10/05/2013

16/07/2013

1744/2013

S01:0126394/2013

AGROPECUARIA LOS
POTROS S.A.

2

4.640,00

04/06/2013

16/07/2013

Que los proyectos presentados incluyen actividades de capacitación abiertas y cerradas conforme la tipificación efectuada en los incisos a y b del Artículo 9 del Anexo I de la Resolución Nº16/13 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2013 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date27/08/2013

Page count64

Edition count9417

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/08/2024

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