Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 16 de abril de 2013
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Autorízase al señor Vicepresidente de la Nación, Licenciado D. Amado BOUDOU D.N.I. Nº 16.012.714 a desplazarse a la ciudad de Nueva York, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, a fin de participar de la audiencia en la Corte de Apelaciones de la citada ciudad, durante el día 27 de febrero de 2013.
Art. 2 Por el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO se adoptarán las medidas necesarias para la organización del viaje.
Art. 3 La VICEPRESIDENCIA DE LA NACION prestará su apoyo administrativo para el cumplimiento de la misión a la que se refiere el presente decreto y afrontará con cargo a las partidas específicas del presupuesto de su jurisdicción, los gastos correspondientes a pasajes y eventuales.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Héctor M. Timerman.

DECRETOS SECRETOS
Y RESERVADOS
Decreto S 54/1976

Bs. As., 7/4/1976
VISTO los Decretos Nº1368 del 6 de noviembre de 1974 y Nº2717 del 1º de octubre de 1975
y en virtud de las facultades establecidas en el Artículo 23 de la Constitución Nacional y, CONSIDERANDO:
Que constituye una primordial responsabilidad de gobierno consolidar la paz interior y preservar los permanentes intereses de la República, Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: Luis Alberto MESSA M.I. 7.638.022; Raquel Eva ORIFICI de MARCIANO L.C. 5.948.830; Raúl Alberto MARCIANO M.I. 5.616.678; Valerio UBIEDO M.I.
5.825.928; Blanca BUDA de ADELMANN hija de Nolberto y Elsa Elly COFFMAN; Susana Celina MARQUEZ de TAPI hija de Tomás Rufino y Celina ALDAZABAL; Amaro Miguel CASTRO M.I.
7.844.944; Francisco Jose BUGATO hijo de José y María BECCO; Juan Antonio NEME hijo de Salomón y Ramona ALVARRACIN; Alberto Ruben CALVO M.I. 4.745.809; Guillermo Jose Luis COMETTI hijo de Juan Jose y Luisa Dorotea ALMADA; Jose BARRIENTOS M.I. 4.748.173;
Osvaldo Tomás ARIOSTI M.I. 5.611.786; Jose María IGLESIAS C.I. 8.782.887 PF; Juan Pedro BARRIENTOS D.N.I. 10.254.917; Eduardo Victorio PARIS M.I. 4.735.557; Juan Carlos LUNA
D.N.I. 12.124.552; Martín Nicolas FIORI hijo de Martín y María Carmen LOPEZ; Marcelino Elías LOPEZ hijo de Daniel y Antonia RUBIO; Juan Evaristo PUTHOD D.N.I. 12.071.400; Juan Carlos DEGHI C.I. 5.347.014 PF; Rogelio Miguel JUAREZ D.N.I. 10.529.504; Héctor Eduardo Fernando PARRA PIZARRO D.N.I. 9.223.174;
Hector Omar FERRARO M.I. 8.514.945; Jose Alberto BUGATO M.I. 4.753.624; María Teresa DI MARTINO D.N.I. F-5.386.581; Victor Esteban VALVERDE M.I. 4.766.636; Hector Oscar FERNANDEZ M.I. 4.747.382; Luis María ARMESTO D.N.I. 11.882.485; Osvaldo Ruben CHILA D.N.I. 4.972.686; Julio ARMESTO M.I.
0.701.574; Daniel LAGARONE M.I. 4.747.401;
Jesus María BONET hijo de Manuel y Loreta ALVAREZ; Lidia Esther BISCARTE de PADUA hija de Jose Manuel y Julia Leonor CASTAÑO.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.619

Decreto S 479/1976

Decreto S 482/1976

Bs. As., 19/5/1976

Bs. As., 20/5/1976

VISTO la declaración del estado de sitio por los Decretos 1368 del 6 de noviembre de 1974
y 2717 del 1º de octubre de 1975 y,
VISTO la declaración del estado de sitio por los Decretos 1368 del 6 de noviembre de 1974
y 2717 del 1º de octubre de 1975 y,
Art. 2º La persona mencionada en el Artículo 1º deberá permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.
Art. 3º Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. VIDELA.

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Decreto S 514/1976

Que constituye una primordial responsabilidad de Gobierno consolidar la paz interior, asegurar la tranquilidad y el orden públicos y preservar los permanentes intereses de la República.

Que constituye una primordial responsabilidad de Gobierno consolidar la paz interior, asegurar la tranquilidad y el orden públicos y preservar los permanentes intereses de la República,
Bs. As., 21/5/1976

Que a criterio del Poder Ejecutivo Nacional único facultado para evaluar los antecedentes respectivos la actividad de las personas que se incluyen en el presente decreto atenta contra los valores indicados en el considerando anterior y tiene directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio.

Que a criterio del Poder Ejecutivo Nacional único facultado para evaluar los antecedentes respectivos la actividad de las personas que se incluyen en el presente decreto atenta contra los valores indicados en el considerando anterior y tiene directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio,
Por ello y la virtud de las facultades que expresamente le acuerda el Artículo 23 de la Constitución Nacional, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: Juan Alberto COSTA LE 4.381.348; Galia MARCHISIO LC
3.564.152; Juan de Dios UNCAL MI 4.906.353;
Víctor Manuel BASUALDO DNI 11.055.398; Angel Daniel HEREDIA DNI 11.050.858; Víctor Jesús MICLNIEZUK hijo de Juan y Arginda RAMENA ACHAVAL; Federico Lelis ALDERETE PAEZ
CI 77.887 Pol. Fsa.; Alicia Genoveva Liberata VELAZQUEZ DNI 11.905.203.
Art. 2º Las personas mencionadas en el Artículo 1º deberán permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.
Art. 3º Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. VIDELA.

Decreto S 481/1976
Bs. As., 20/5/1976
VISTO la declaración del estado de sitio por los Decretos 1368 del 6 de noviembre de 1974
y 2717 del 1º de octubre de 1975 y, CONSIDERANDO:
Que constituye una primordial responsabilidad de Gobierno consolidar la paz interior, asegurar la tranquilidad y el orden públicos y preservar los permanentes intereses de la República, Que a criterio del Poder Ejecutivo Nacional único facultado para evaluar los antecedentes respectivos la actividad de las personas que se incluyen en el presente decreto atenta contra los valores indicados en el considerando anterior y tiene directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio, Por ello y en virtud de las facultades que expresamente le acuerda el Artículo 23 de la Constitución Nacional, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: Ferdinando PEDRINI MI 7.402.881; Ramón Arnal RAMIREZ MI
7.543.701; Julio Rito QUINTANA MI 7.910.207.

Art. 2º Las personas mencionadas en el Artículo 1º deberán permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.

Art. 2º Las personas mencionadas en el Artículo 1º deberán permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.

Art. 3º Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. VIDELA.

Art. 3º Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. VIDELA.

Por ello y en virtud de las facultades que expresamente le acuerda el Artículo 23 de la Constitución Nacional, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: Arturo BRANDT
MI 5.574.565, Dante Orlando SARACENI MI
8.547.778; Adam PEDRINI hijo de Francisco y Cecilia Sachelli; Mauricio MAZO DNI
11.303.649; Miguel Angel PERSINCULA MI
7.846.354; Juan Rubén SANTANDER FERRARI CI 206.916 - pol Fsa.; Elbio Humberto GOMEZ MI 7.904.540; Juan Antonio DEMICHELIS MI 6.608.806; José Héctor PAEZ MI
9.531.161; Petrona Dora BRUNELLI de ZARATE LC 6.669.169; Carlos Alberto GUERRA MI
8.277.206; Carlos Marcelo GRIMBERG; DNI
11.634.352; Mirta Beatriz PODCAMINSKY
de GRIMBERG DNI 11.735.702; Eva Gladys ORELLANO LUCERO DNI 11.600.113; Juan Carlos PEREZ GAETA MI 6.767.702; Alvaro RUIZ MORENO DNI 11.746.678; Jorge Felix PATERNOSTER CI 6.857.216; Mónica MORALLI LC 10.127.230; Carlos Alberto COSENTINO CI 5.715.132; Juan Pablo GRIPALDI MI
4.623.033.

VISTO la declaración del estado de sitio por los Decretos 1368 del 6 de noviembre de 1974
y 2717 del 1º de octubre de 1975 y, CONSIDERANDO:
Que constituye una primordial responsabilidad de Gobierno consolidar la paz interior, asegurar la tranquilidad y el orden públicos y preservar los permanentes intereses de la República, Que a criterio del Poder Ejecutivo Nacional único facultado para evaluar los antecedentes respectivos la actividad de la persona que se incluye en el presente decreto atenta contra los valores indicados en el considerando anterior y tiene directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio, Por ello y en virtud de las facultades que expresamente le acuerda el Artículo 23 de la Constitución Nacional, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: María Mercedes Yolanda SARMIENTO DIAZ C.I. 8.210.180 - P.F.A..
Art. 2º La persona mencionada en el Artículo 1 deberá permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.
Art. 3º Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. VIDELA.

Art. 2º Las personas mencionadas en el Artículo 1 deberán permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.

Decreto S 515/1976

Art. 3º Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. VIDELA.

Bs. As., 21/5/1976

Decreto S 513/1976

3

VISTO la declaración del estado de sitio por los Decretos 1368 del 6 de noviembre de 1974
y 2717 del 1º de octubre de 1975 y, CONSIDERANDO:

Bs. As., 21/5/1976
VISTO la declaración del estado de sitio por los Decretos 1368 del 6 de noviembre de 1974
y 2717 del 1º de octubre de 1975 y, CONSIDERANDO:
Que constituye una primordial responsabilidad de gobierno consolidar la paz interior, asegurar la tranquilidad y el orden públicos y preservar los permanentes intereses de la República, Que a criterio del Poder Ejecutivo Nacional único facultado para evaluar los antecedentes respectivos la actividad de la persona que se incluye en el presente decreto atenta contra los valores indicados en el considerando anterior y tiene directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio, Por ello y en virtud de las facultades que expresamente le acuerda el Artículo 23 de la Constitución Nacional, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: Miguel RUSSO C.I.
4.223.417 P.F.A..

Que constituye una primordial responsabilidad de Gobierno consolidar la paz interior, asegurar la tranquilidad y el orden públicos y preservar los permanentes intereses de la República, Que a criterio del Poder Ejecutivo Nacional único facultado para evaluar los antecedentes respectivos la actividad de la persona que se incluye en el presente decreto atenta contra los valores indicados en el considerando anterior y tiene directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio, Por ello y en virtud de las facultades que expresamente le acuerda el Artículo 23 de la Constitución Nacional, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: Francisco CHIAPPE
C.I. 7.159.174 - P.F.A..
Art. 2º La persona mencionada en el Artículo 1º deberá permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.
Art. 3º Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. VIDELA.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2013 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date16/04/2013

Page count48

Edition count9384

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/07/2024

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