Boletín Oficial de la República Argentina del 12/04/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 12 de abril de 2013
zación excepcional a lo dispuesto por el artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP y a lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº26.784.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme a los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir de la fecha de aprobación del presente Decreto.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203
- AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Juan M. Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 383/2013
Designación en la Unidad Médica Presidencial.

Bs. As., 9/4/2013
VISTO la Ley Nº26.784, los Decretos Nº648 de fecha 26 de mayo de 2004, Nº 620 de fecha 10 de abril de 2008 y modificatorios y el Decreto Nº1642 de fecha 7 de octubre de 2008, la Resolución S.G. Nº64 de fecha 28
de enero de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que: salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente Ley, ni los que se produzcan con posterioridad.
Que por el artículo 10 de la citada Ley se dispuso que las facultades otorgadas por la misma al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº648 de fecha 26 de mayo de 2004, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Decreto Nº620 de fecha 10 de abril de 2008 se incorporó a la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL.

de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que a los fines de agilizar el óptimo cumplimiento de los cometidos asignados a la órbita de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL, resulta necesario efectuar la designación en el cargo vacante de Médico Asistente de la citada unidad.
Que la persona propuesta para dicha cobertura reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesaria para cubrir el cargo mencionado de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1º y 7º de la CONSTITUCION
NACIONAL, los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.784 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designado en el cargo vacante de Médico Asistente de la UNIDAD
MEDICA PRESIDENCIAL al Doctor Jorge Ariel FLORES D.N.I. Nº24.600.321, a partir del 1 de enero de 2013, con carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 3 del Sistema Nacional de Empleo Público Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº26.784.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Juan M.
Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Decreto 381/2013
Traslado de Funcionario.

Bs. As., 9/4/2013
VISTO el Expediente Nº9516/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 180
de fecha 22 de febrero de 2011 y 303 de fecha 29 de diciembre de 2011, y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº180/11
se nombró en el entonces MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, funcionario de la categoría A Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Aldo FERRER
de conformidad con lo establecido por el Artículo 5º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº20.957.
Que por el Artículo 2º del Decreto Nº180/11
se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA FRANCESA al señor D. Aldo FERRER.

Que por el Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº303/11
se dio por nombrado en el MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a partir del 11 de diciembre de 2011, funcionario de la categoría A Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D.
Aldo FERRER, de conformidad con lo establecido por el Artículo 5º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº20.957.

Que por la Resolución S.G. Nº64 de fecha 28 de enero de 2013, se aceptó, a partir del 1 de enero de 2013, la renuncia presentada por el Doctor Alfredo Guillermo PACHECO
D.N.I. 20.006.971 como Médico Asistente de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL

Que por el Artículo 2º del Decreto Nº303/11
se ratificó, a partir del 11 de diciembre de 2011, la designación del citado funcionario como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA
FRANCESA.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.617

Que a solicitud del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Aldo FERRER se tramita su traslado desde la Embajada de la República en la REPUBLICA
FRANCESA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que el Decreto Nº434 de fecha 12 de marzo de 1992 establece que los funcionarios de la categoría A, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados de conformidad con el Artículo 5º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº20.957 que se desempeñen en el exterior, cesarán en sus funciones a los TREINTA 30 días de su llegada a la República en cumplimiento de sus traslados.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA
Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Trasládase desde la Embajada de la República en la REPUBLICA FRANCESA
al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Aldo FERRER L.E.
Nº4.226.812.
Art. 2º Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Héctor M. Timerman.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 386/2013
Recházase recurso interpuesto contra la Resolución Conjunta Nº 73/1995 de la ex Secretaría de la Función Pública y del ex Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal.

Bs. As., 9/4/2013
VISTO el Expediente Nº2849/1995 del Registro del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto, el agente del ex-INSTITUTO ARGENTINO
DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, organismo descentralizado en la órbita de la exSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, señor D. Angel Domingo SCARAMUCCI M.I. Nº5.522.882, ha interpuesto recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio contra la Resolución Conjunta Nº73 del 12
de octubre de 1995 de la ex-SECRETARIA
DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y del mencionado ex-Instituto, por
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medio de la cual se dispuso su reencasillamiento en el Nivel D, Grado 1 del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION
ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A., aprobado por el Decreto Nº993/91 T.O. 1995.
Que por Resolución Conjunta Nº162 del 20
de agosto de 1997 de la ex-SECRETARIA
DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado agente.
Que de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de impugnación de actos administrativos se ha tramitado el pertinente recurso jerárquico en subsidio contra la mencionada Resolución Conjunta Nº73/95.
Que en esta instancia no se han aportado elementos relevantes que justifiquen rectificar el temperamento adoptado en su oportunidad.
Que en el trámite del presente decreto se han cumplido los recaudos establecidos por el Artículo 14 del Decreto Nº769 del 12
de mayo de 1994.
Que en consecuencia es procedente no hacer lugar al recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el señor D. Angel Domingo SCARAMUCCI M.I. Nº5.522.882.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
y la Oficina Nacional de Empleo Público de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que ha tomado la intervención que le compete la PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION, en los términos del Artículo 92, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Recházase el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el agente del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD
Y CALIDAD VEGETAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, señor D. Angel Domingo SCARAMUCCI M.I. Nº 5.522.882, contra la Resolución Conjunta Nº73 del 12 de octubre de 1995 de la ex-SECRETARIA DE LA
FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y del mencionado ex-Instituto.
Art. 2º Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O.
1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su Artículo 100.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Norberto G. Yauhar.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/04/2013 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date12/04/2013

Page count48

Edition count9383

Première édition02/01/1989

Dernière édition01/07/2024

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