Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, martes 5
de febrero de 2013

Año CXXI
Número 32.576
Precio $ 3,00

Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Decreto 138/2013
Recházase recusación planteada por determinadas firmas
AEROPUERTOS ARGENTINA 2000
Decreto 136/2013
Desígnase Director Titular

1

Decreto 138/2013

3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 137/2013
Designación en la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo

3

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 135/2013
Desígnase el Presidente del Directorio del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos de la Secretaría de Transporte

3

3

HUESPEDES OFICIALES
Decreto 129/2013
Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Presidente de Irlanda

4

Decreto 130/2013
Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Presidente de los Estados Unidos Mexicanos

4

Decreto 131/2013
Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al señor Presidente y autoridades de la República de Ecuador

4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 113/2013
Danse por prorrogadas designaciones en la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa

4

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 121/2013
Danse por prorrogadas designaciones en la Inspección General de Justicia de la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión Registral de la Secretaría de Asuntos Registrales

5

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 112/2013
Dase por prorrogada designación en la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas, Atención al Público y Archivo de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional

5

Decreto 2746/2012
Dase por designado el Director de Planeamiento y Proyecto de la Dirección General de Infraestructura, Servicios y Administración de Bienes de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 2744/2012
Designación de la Auditora Interna Titular en la Dirección Nacional de Migraciones
Continúa en página 2

Recházase recusación planteada por determinadas firmas.
Bs. As., 4/2/2013

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 105/2013
Modifícase la estructura organizativa de primer nivel operativo del Teatro Nacional Cervantes de la Secretaría de Cultura de Presidencia de la Nación

Decreto 2745/2012
Dase por designado el Director de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Asociadas de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional

AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL

6

VISTO el Expediente Nº1395/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el Visto luce agregada la Actuación Nº 167-AFSCA/13, mediante la cual las firmas GRUPO CLARIN
SOCIEDAD ANONIMA, ARTE RADIOTELEVISIVO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, RADIO MITRE SOCIEDAD ANONIMA y CABLEVISION SOCIEDAD ANONIMA por sí y como continuadora de MULTICANAL SOCIEDAD ANONIMA y TELEDIGITAL CABLE
SOCIEDAD ANONIMA recusan con causa al Presidente del Directorio de la AUTORIDAD
FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
Que la recusación efectuada se funda en el artículo 17, incisos 5 y 10, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Que conforme se desprende de las constancias del expediente citado en el Visto, el funcionario recusado niega y rechaza las causales invocadas por las presentantes.
Que las citadas sociedades basan la recusación prevista en el inciso 5 del artículo 17
del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la denuncia penal presentada el 22 de noviembre de 2012 por el GRUPO
CLARIN SOCIEDAD ANONIMA, por los delitos de incitación a la violencia colectiva y coacción, sosteniendo que dicha denuncia fue realizada con anterioridad a la presentación de la referida recusación.
Que al respecto, debe señalarse que el Expediente referido en el Visto fue iniciado el
PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
6

Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
6

DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
24 de julio de 2012, en virtud de lo cual queda claro que la denuncia fue efectuada con posterioridad, no solo a dicha fecha, sino también a la fecha de la designación del recusado como Presidente del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL, motivo por el cual corresponde el rechazo in límine de esta causal invocada, por no cumplirse las condiciones que la norma establece.
Que las expresiones del Presidente del Directorio, de las que se agravian las recusantes, no acreditan la argida enemistad, basada en las disposiciones del inciso 10
del artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Que en este sentido el recusado manifiesta que sus declaraciones como Presidente del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL han sido efectuadas en pleno ejercicio de sus obligaciones de funcionario público y en cumplimiento de las mandas que surgen de la Ley Nº 26.522, lo que nada tiene que ver con una supuesta enemistad manifiesta con un determinado licenciatario.
Que no basta la mera mención de una empresa o de uno de sus socios, para que dicha mención se convierta en sí misma en causal de recusación; las manifestaciones reseñadas por los recusantes, son declaraciones en relación a hechos verificables, públicos y de ningún modo configuran la causal de recusación esgrimida en los presentes actuados.
Que las recusantes sostienen que la imparcialidad del juzgador ha sido definida como la ausencia de prejuicios o intereses de éste frente al caso que debe decidir, tanto en relación a las partes como a la materia.
Que bajo esta premisa, aplicable a los jueces, sería imposible el ejercicio del poder de policía por parte del Estado, quien no resulta completamente ajeno a la cuestión en razón de que ejerce las funciones que el Congreso le ha asignado como organismo de control de la actividad, en defensa del interés público comprometido.
Que el instituto de la recusación de funcionarios y empleados se encuentra previsto en el artículo 6 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 en cuanto establece que pueden ser recusados por las causales y en las oportunidades previstas en los artículos 17 y 18 del Código Procesal Civil y Comercial de la
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/2013 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/02/2013

Page count60

Edition count9385

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/07/2024

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