Boletín Oficial de la República Argentina del 22/11/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 22 de noviembre de 2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

BOLETIN OFICIAL Nº 32.528

25

Sección Sumarios. Fdo. Lic. Gustavo Fadda Administrador División Aduana de Córdoba, sita en calle Buenos Aires Nº150/160 Córdoba.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
SUMARIO
SA17-08-420

DIVISION ADUANA DE CORDOBA
Sección S

INTERESADO
SPILA GIANINA
NAHON SAMUEL

DOC./CUIT
039.664.928
12.774.836

ARTS.
977
977

MULTA
$4.431,95
$20.317,50

TRIBUTOS
U$S 1.110,65
U$S 3.541,252

FALLO
129/11
137/11

Ing. JOSE M. REZZONICO, Administrador I División Aduana de Córdoba.
e. 22/11/2012 Nº116584/12 v. 22/11/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE CORDOBA
Sección S
En los Sumarios Contenciosos de referencia que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba, se NOTIFICA Y HACE SABER que los interesados que se detallan en las Resoluciones Fallos recaídas en las distintas causas y cuyo texto expresa: Córdoba VISTO Y CONSIDERANDO RESUELVO: ART. 1º CONDENAR a al pago de una multa equivalente a ART. 2º INTIMAR a para que dentro de quince 15 días de notificada la presente proceda hacer efectiva el pago de la multa impuesta en el art. 1º. En caso de incumplimiento deberá procederse de conformidad a la previsión del art. 1122 ss y cctes. del C. Aduanero. ART. 3º INTIMAR a para que en el plazo de QUINCE
15 días de notificada la presente proceda hacer efectivo el pago de Tributos reclamados los cuales ascienden a U$S bajo apercibimiento de iniciar ejecución fiscal en los términos del art. 1122 C.A.
ART. 4º HACER SABER a la parte interesada que el presente pronunciamiento agota la vía administrativa. Que contra el mismo, resultan procedentes los recursos del art. 1132 del C.A. Que estipula
se podrá interponer en forma optativa y excluyente: a recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal; b demanda contenciosa ante el juez competente debiendo articularse en el plazo previsto por el art.
1133 C.A. Que para el caso que los importes involucrados no supere los topes mínimos establecidos por los arts. 1024/1025 del C.A., para cada una de las respectivas vías recursivas deberá estarse a lo establecido por los arts. 23/25 de la Ley 19549. ART. 5º REGISTRESE NOTIFIQUESE. Intervenga Sección Contabilidad a fin de la percepción de los tributos y la multa reclamadaDto. 258/99 y Disp.
AFIP 257/99. Cumplido y con constancias agregadas, de no mediar ulterioridades ARCHIVESE por Sección Sumarios.
SUMARIO
SA17-08-452

DOC./CUIT
30167391N

ARTS.
977

MULTA
$5.472,84

TRIBUTOS
U$S 893,50

FALLO
40/11

Ing. JOSE M. REZZONICO, Administrador I División Aduana de Córdoba.

En los Sumarios Contenciosos de referencia que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba, se NOTIFICA Y HACE SABER que los interesados que se detallan en las Resoluciones Fallos recaídas en las distintas causas y cuyo texto expresa: Córdoba VISTO Y CONSIDERANDO
RESUELVO: ART. 1º CONDENAR INTIMAR a al pago de una multa equivalente a $ ART. 2º INTIMAR a ingresar el importe de los Tributos que gravaren la Importación para consumo de la mercadería cuyo importe asciende a la suma de Dólares U$S ART. 3º LEVANTAR la medida cautelar de secuestro interpuesta sobre la mercadería descripta en Acta de Equipaje N ART 4º DESE
intervención a Sec. Resguardo - Of. Secuestro y Ventas a fin de cumplimentar con lo ordenado en el art. 3º precedente. ART. 5º REGISTRESE NOTIFIQUESE. Intervenga Sección Contabilidad a fin de la percepción de los tributos y la multa reclamadaDto. 258/99 y Disp. AFIP 257/99. Cumplido y con constancias agregadas, de no mediar ulterioridades ARCHIVESE por Sección Sumarios. Fdo.
Lic. Hector G. Fadda Administrador I División Aduana de Córdoba, sita en calle Buenos Aires Nº150/160 Córdoba.
SUMARIO
SA17-07-340
SA17-09-024

INTERESADO
LOPEZ EDUARDO A.

INTERESADO
SEPULVEDA
VOULLIEME J

DOC./CUIT

ARTS.

MULTA

84.065.552

970

$ 131.373,68

TRIBUTOS
U$S
58.450,22

FALLO
179/12

Ing. JOSE M. REZZONICO, Administrador I División Aduana de Córdoba, sita en calle Buenos Aires Nº150/160 Córdoba.
e. 22/11/2012 Nº116586/12 v. 22/11/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE CORDOBA
Sección S
En los Sumarios Contenciosos de referencia que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba, se NOTIFICA Y HACE SABER que los interesados que se detallan en las Resoluciones Fallos recaídas en las distintas causas y cuyo texto expresa: Córdoba VISTO Y CONSIDERANDO RESUELVO: ART. 1º CONDENAR a al pago de una multa equivalente a $ ART. 2º INTIMAR a para que dentro de quince 15 días de notificada la presente proceda hacer efectiva el pago de la multa impuesta en el art. 1º. En caso de incumplimiento deberá procederse de conformidad a la previsión del art. 1122 ss. y cctes. del C. Aduanero. ART. 3º INTIMAR a para que en el plazo de QUINCE
15 días de notificada la presente proceda hacer efectivo el pago de Tributos reclamados los cuales ascienden a U$S bajo apercibimiento de iniciar ejecución fiscal en los términos del art. 1122 C.A.
ART. 4º HACER SABER a la parte interesada que el presente pronunciamiento agota la vía administrativa. Que contra el mismo, resultan procedentes los recursos del art. 1132 del C.A. Que estipula
se podrá interponer en forma optativa y excluyente: a recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal; b demanda contenciosa ante el juez competente debiendo articularse en el plazo previsto por el art.
1133 C.A. Que para el caso que los importes involucrados no supere los topes mínimos establecidos por los arts. 1024/1025 del C.A., para cada una de las respectivas vías recursivas deberá estarse a lo establecido por los arts. 23/25 de la Ley 19.549. ART. 5º REGISTRESE NOTIFIQUESE. Intervenga Sección Contabilidad a fin de la percepción de los tributos y la multa reclamadaDto. 258/99 y Disp.
AFIP 257/99. Cumplido y con constancias agregadas, de no mediar ulterioridades ARCHIVESE por
e. 22/11/2012 Nº116589/12 v. 22/11/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE CORDOBA
Sección SUMARIOS
Córdoba, 19/7/2012
En los Sumarios Contenciosos de referencia, que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba, se NOTIFICA Y HACE SABER, el Administrador de la División Aduana Córdoba, ha dispuesto notificar el acto administrativo de instrucción y corrida de vista, el cual reza: Córdoba VISTO Y
CONSIDERANDO EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE CORDOBA, DISPONE INSTRUIR
CORRASE VISTA REGISTRESE, NOTIFIQUESE Fdo. Lic. Héctor Gustavo Fadda - Administrador División Aduana Córdoba - sita en calle Buenos Aires 150, de la ciudad de Córdoba - Argentina.
Sumario Imputado SA17-10-460 FOSTER MARK JAMES
SA17-10-459 SEERY SANTIAGO ALFONSO
SA17-10-432 DA ROSA FERNANDO
TEODORO
SA17-10-564 ZABALETA LUIS ALFREDO
SA17-10-067 MAZZA MATIAS BENJAMIN
SA17-10-231 MEDIA SANDOVAL JUAN
CARLOS
SA17-11-563 OLIVA CACCIATORE
ALFREDO
SA17-11-326 GOLDMAN RAUL

C.I./Pasaporte PAS. 650782829
PAS. 18015174
CI 426878747

Infracción ART. 977
ART. 977
ART. 977

Multa $
7.511,95
60.491,82
27.682,04

Tributo U$S
1.063,42
7.823,79
2.182,94

PAS. 2418675
DNI 31.589.156
DNI 93.987.049

ART. 977
ART. 978
ART. 977

20.360,86
13.330,22
19.710,49

1.093,08
45.506,12
5.099,86

DNI 14.161.656

ART. 977

3.014,19

772,15

DNI 10.545.074

ART. 978

1.508,34

683,37

Ing. JOSE M. REZZONICO, Administrador I División Aduana de Córdoba.
e. 22/11/2012 Nº116591/12 v. 22/11/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE CORDOBA
Sección S
Se CITA a las personas abajo enumeradas para dentro de diez 10 días hábiles comparezcan a estar a derecho en los Sumarios que se mencionan, a presentar sus defensas y ofrecer pruebas por las presuntas infracciones al Código Aduanero que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía Arts.
1101, 1103, 1104 y 1105 del C.A. se les intima a fijar domicilio dentro del radio urbano del asiento de esta Aduana sito en calle Buenos Aires Nº150 de la ciudad de Córdoba, bajo apercibimiento del Art. 1004. Asimismo deberán ser patrocinados por abogado conforme lo establece el Art. 1034. Se le hace saber además que ajustándose a las previsiones de los arts. 930 y 932 del Código Aduanero, producirá los efectos extintivos de la acción penal Fdo. Lic. Gustavo Fadda - Administrador División Aduana de Córdoba.
SUMARIO
SA17-09-340
SA17-11-629
SA17-12-043
SA17-09-363
SA17-09-440
SA17-10-455
SA17-10-633
SA17-11-388

INTERESADO
CORREA AGUIRRE DAVID
VENEGAS BURDO RODOLFO
SARA MIRIAN ALBA
ROASSO MARIA CECILIA
BENITO YUSEPI SOTO R.
BARBOSA EDUARDO PEREZ
CAMACHO ROY ALBERTO
GOMEZ DURAN ANTONIO

DNI/CUIT
0702807538
92097330
14357962
13044340
18826850
695494
AC789085
33701328

ART.
977
977
977
978
979
977
977
977

MULTA
$5.673,92
$10.459,09
$1.032,64
$5.732,65
$128.289,25
$2.377,41
$7.946
$3.506,25

TRIB
U$S 523,59
U$S --U$S 828,16
U$S 844,03
U$S 1.656,20
U$S 330,21
U$S 1.022,80
U$S 412,25

Ing. JOSE M. REZZONICO, Administrador I, División Aduana de Córdoba.
e. 22/11/2012 Nº116594/12 v. 22/11/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE CORDOBA
Sección S
En los Expediente/Sumarios que abajo se detallan, tramitadas por ante esta Aduana de Córdoba, SE NOTIFICA Y HACE SABER. VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: ART. 1º ARCHIVAR de forma temporal los autos iniciados en contra de por la aplicación del Instructivo General

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/11/2012 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/11/2012

Page count68

Edition count9422

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/08/2024

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