Boletín Oficial de la República Argentina del 16/11/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 16 de noviembre de 2012

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.524

curriculares que acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para el cumplimiento de las funciones asignadas.
Que por razones de necesidad operativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, es necesario autorizar a ese Organismo a contratar al Doctor THEA.
Que el suscripto se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de mayo, por lo que teniendo en cuenta el monto contractual, procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que mediante nota recibida en fecha 14 de junio del 2012 el Doctor THEA comunica su desvinculación de ese Organismo a partir del 18 de junio de 2012, por razones de índole personal.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 100 inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I
del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y por el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase la contratación del Doctor D. Federico Gastón THEA D.N.I.
Nº30.223.329 como excepción a lo establecido en el inciso c Punto II del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos en lo referido a experiencia laboral, fijados para el acceso al Nivel B, en el Artículo 13 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº1.714 de fecha 19
de noviembre de 2010.

PRESIDENCIA DE LA NACION

Bs. As., 12/11/2012

Público Nacional Nº 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACION, se dictó la Resolución SIGEN
Nº 12 de fecha 26 de enero de 2011, que establece el régimen al que debe ajustarse la contratación de personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION.

VISTO la Ley Nº25.164, los Decretos Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y Nº1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Resolución SIGEN Nº 12 de fecha 26 de enero de 2011 y el Expediente Nº493/2012
SG-CSMEyS del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
Que en dicho marco, el Organismo citado requiere se autorice la contratación del Doctor D. Federico Gastón THEA D.N.I.
Nº30.223.329 con la categoría equivalente al Nivel B, Grado 1 establecida en el Escalafón vigente para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010.

Decisión Administrativa 1144/2012
Autorízase contratación en la Sindicatura General de la Nación.

CONSIDERANDO:
Que siguiendo las pautas impartidas por la Ley Marco de Regulación de Empleo
Que si bien el Doctor THEA no cumple con el requisito de experiencia laboral para el Nivel B, fijado en el Artículo 13 del referido Convenio, el citado cuenta con antecedentes
Art. 2º Dase por aprobada la contratación celebrada entre la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION
y el Doctor D. Federico Gastón THEA D.N.I.
Nº30.223.329, en el marco de lo dispuesto por la Resolución SIGEN Nº12 de fecha 26 de enero de 2011, equiparándose a la categoría correspondiente al Nivel B, Grado 1 establecida en el Escalafón vigente para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado en el Artículo precedente, por el período comprendido entre el día 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2012, limitándose su vigencia al 18
de junio de 2012 por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

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PRESIDENCIA DE LA NACION
Decisión Administrativa 1145/2012
Autorízase contratación en la Sindicatura General de la Nación.

Bs. As., 12/11/2012
VISTO la Ley Nº25.164, los Decretos Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, Nº 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Resolución SIGEN Nº 12 de fecha 26 de enero de 2011
y el Expediente Nº899/2012 SG-CSMEyS del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que siguiendo las pautas impartidas por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, se dictó la Resolución SIGEN Nº12 de fecha 26 de enero de 2011, que establece el régimen al que debe ajustarse la contratación de personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION.
Que en dicho marco el Organismo citado, requiere se autorice la contratación del señor D. Alejandro María ZAVALETA D.N.I.
Nº32.552.416 con la categoría equivalente al Nivel D, Grado 1 del Escalafón vigente para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, conforme al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010.
Que si bien el señor ZAVALETA no cumple con el requisito de experiencia laboral para el Nivel D, fijado en el Artículo 13 del referido Convenio, el citado reúne el perfil necesario para las funciones que le van a ser asignadas.
Que por razones de necesidad operativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, es necesario autorizar a ese Organismo a contratar al señor ZAVALETA.
Que el suscripto se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 100 inciso 2
de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Art. 3º El gasto que demandó el cumplimiento de la presente medida fue atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, para el Ejercicio 2012, de acuerdo con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº26.728.

Artículo 1º Autorízase a la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para contratar desde el 1 de julio de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, al señor D. Alejandro María ZAVALETA D.N.I.
Nº 32.552.416, con la categoría equivalente al Nivel D, Grado 1 con carácter de excepción al Punto II del inciso c del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos en lo referido a experiencia laboral, fijados para el acceso al Nivel D, en el Artículo 13, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Aníbal F.
Randazzo.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Aníbal F.
Randazzo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/11/2012 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date16/11/2012

Page count56

Edition count9406

Première édition02/01/1989

Dernière édition24/07/2024

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