Boletín Oficial de la República Argentina del 22/08/2012 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 22 de agosto de 2012
EXPEDIENTE

IMPUTADO

ACTA

RESOLUCION

12064-113-2008

SECK BALLA PAS. Nº10378961

Acta Lote Nº08001ALOT000103R

1730/2012

12064-234-2007

RAUL CARLOS DE LA CRUZ
CANALES Doc. Peruano Nº41674766

Acta Lote Nº07001ALOT000558H

1502/2012

12201-231-2008

RODOLFO CANTURIN RIOS
Pas Nº3.445.212

Acta Lote Nº07001ALOT000639H

1729/2012

12201-16-2009

RODRIGUEZ, MYRIAN ELIZABET
DNI Nº28.279.957

Acta Lote Nº08001ALOT000744F

1491/2012

12064-109-2008

DIOP MAKHTAR Cert. de Residencia Precaria - Expediente NX 599028/2006

Acta Lote Nº08001ALOT000162W

9232/2011

MARIA F. VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe Secretaría de Actuación Nº2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 22/08/2012 Nº87207/12 v. 22/08/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2

Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013, inc. h y 1101.
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución
Artículo 1: Archivar la presente denuncia procediendo previamente a la entrega de la mercadería en los términos de la citada Instrucción Nº02/2007, es decir, previa acreditación de su clave única de identificación tributaria, la presentación de los certificados que correspondan y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V, Tit. II de la Ley 22.415 o, si correspondiere, proceder de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº25.603
Fdo.: Dr. EDGARDO R. PAOLUCCI, Firma Responsable del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE

IMPUTADO

ACTA

RESOLUCION

12201-279-2009

QUISPE CONDORI RAFAEL
Indocumentado
Acta Lote Nº09001ALOT000468J

2480/2011

12064-436-2006

MARCOS FRANCISCO ESCALADA
DNI Nº18.552.329

Acta Lote Nº06001ALOT000701T

1643/2011

12201-427-2009

MAMADOU ABDULAY NIANE
Indocumentado
Acta Lote Nº09001ALOT000962X

8216/2011

12064-300-2006

DANIEL DIAZ DNI Nº26.037.211

Acta Lote Nº06001ALOT000521T

708/2011

12201-405-2009

CRISTIAN FERNANDEZ
Indocumentado
Acta Lote Nº09001ALOT000870G

7258/2011

12201-281-2008

CARLOS JAVIER CUADRELLI DNI Nº22.286.216

Acta Lote Nº08001ALOT000428E

7868/2011

12035-967-2006

LUCIO CONDE
TOMAILLA Pas. Peruano Nº1.502.801

Acta Lote Nº 274/0/2002

2588/2011

12201-633-2006

LUIS
BRUNENGO DNI Nº14.845.020

Acta Lote Nº06001ALOT000519D

1640/2011

12201-739-2006

IOMMI RAMON ALBERTO
DNI Nº11.108.421

Acta Lote Nº06001ALOT000611T

1609/2011

MARIA F. VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe Secretaría de Actuación Nº2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 22/08/2012 Nº87208/12 v. 22/08/2012

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Resolución Nº1079/2012
Bs. As., 15/8/2012
VISTO el Expediente Nº 66.194/12 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS
DEL TRABAJO S.R.T., las Leyes Nros. 24.241, 24.557, 26.425, los Decretos Nº1883 de fecha 26 de octubre de 1994, Nº2104 y Nº2105 ambos de fecha 4 de diciembre de 2008, la Resolución Conjunta de la entonces SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES
Y PENSIONES S.A.F.J.P. Nº4 y S.R.T. Nº1102 de fecha 29 de septiembre de 2008, las Resoluciones S.R.T. Nº308 de fecha 30 de marzo de 2009, Nº772 de fecha 29 de julio de 2009, Nº1329 de fecha 27 de septiembre de 2011, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 51 de la Ley Nº24.241, texto modificado por la Ley Nº24.557, determina que las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central deben estar integradas por CINCO
5 profesionales médicos cuya selección debe realizarse por Concurso Público de Oposición y Antecedentes.

Que asimismo, a los Dres. Santiago MAFFIA BIZZOZERO, Luis Alberto BERLIN, Jorge Alberto SZMUKLER y Ernesto MALLET de las Comisiones Médicas Nº 10, se les ha asignado tareas de asistencia técnica en el ámbito y bajo la supervisión de la Gerencia Médica.
Que en la Comisión Médica Nº13 de la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de BUENOS AIRES, no se ha cubierto la vacante existente.
Que en la Comisión Médica Nº19 de la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia de CHUBUT, no se ha cubierto la vacante existente.
Que en la Comisión Médica Nº23 de la Ciudad de Salta, Provincia de SALTA, se han desvinculado los Dres. Víctor Hugo YAÑEZ, Gabriel José AOKI y Carlos Enrique GIARDINO.
Que en la Comisión Médica Nº30 de la Ciudad de Corrientes, Provincia de CORRIENTES, no se ha cubierto la vacante existente.
Que finalizadas las distintas etapas del Concurso Público anterior se han agotado los postulantes en el Orden de Mérito Final para el ingreso como médicos titulares o como médicos co-titulares en las Comisiones Médicas Nº09 de la Ciudad de Neuquén, Nº10 de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Nº12 de la Ciudad de Mar del Plata, Nº14 de la Ciudad de Junín, Nº17 de la Ciudad de Santa Rosa, Nº18 de la Ciudad de Viedma, Nº19 de la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Nº21 de la Ciudad de Ushuaia, Nº25 de la Ciudad de La Rioja, Nº28 de la Ciudad de Formosa y en la Nº31
de la Ciudad de Zárate.
Que para satisfacer adecuadamente las obligaciones establecidas en el artículo 48 y siguientes de la Ley Nº24.241 y el artículo 21 de la Ley Nº24.557, las Comisiones Médicas deben estar integradas por la totalidad de médicos titulares prevista en la normativa citada.
Que el Listado de Médicos Reemplazantes confeccionado oportunamente como consecuencia del llamado a Concurso Público Nacional de Oposición y Antecedentes, aprobado mediante Resolución S.R.T. Nº1329/11, no resulta suficiente para cubrir las vacantes destacadas.
Que por otro lado, a los efectos de agilizar la labor de las Comisiones Médicas resulta conveniente la designación de médicos co-titulares.
Que por ello, se hace necesario proceder a un nuevo llamado a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir las vacantes indicadas precedentemente.

Que la convocatoria a concurso se realizará para la actuación de los profesionales seleccionados en el ámbito de competencia territorial de las Comisiones Médicas en que concursen.

DVSAPLA 2

Que en oportunidad de generarse la necesidad de cubrir un cargo de médico vacante en las Comisiones Médicas, la Gerencia Médica será quien determine la especialidad que resulte conveniente para la cobertura del cargo.

Ref. Nota DVSAPLA 2 Nº135/2012
Código Aduanero Ley 22.415, arts. 1013, inc. h y 1101.
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 diez días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera Art. 1001 del C.A. bajo apercibimiento de ley Art. 1004 del C.A.. Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente Art. 930/932 del C.A.. Fdo.: Dr. EDGARDO R. PAOLUCCI, Firma Responsable del Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
IMPUTADO

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Que, asimismo, la Subgerencia de Comisiones Médicas señaló que la experiencia recogida en el último llamado a Concurso Público de Oposición y Antecedentes torna conveniente introducir modificaciones a la norma marco vigente para convocar a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para cubrir cargos médicos vacantes en las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

LIBRERIAS CIENFUEGOS SRL
CUIT Nº30-70891031-3

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Que en las Comisiones Médicas Nº 10 de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, se han desvinculado los Dres. Franco AMBROSSI, Jorge FRANCO, ha fallecido la Dra. Alicia GARCIA, y OCHO 8 médicos de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales C.M.J. pasarán a realizar tareas de auditoría y supervisión de los dictámenes médicos de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales.

NOTA DV SAPLA/2 Nº136/2012

ACTUACION

43

Que la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.R.T. Nº1329
de fecha 27 de septiembre de 2011 aprobó las Bases Generales para la convocatoria a Concurso Público de Oposición y Antecedentes para médicos de Comisiones Médicas y Comisión Médica Central, y para integrar el Listado de Médicos Reemplazantes, conforme a las especialidades y a las condiciones allí establecidas.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

13693-216-2008

BOLETIN OFICIAL Nº 32.464

INFRACCION

MULTA

991 del C.A.

$ 206130,85.-

MARIA F. VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe Secretaría de Actuación Nº2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 22/08/2012 Nº87211/12 v. 22/08/2012

Que la determinación de las especialidades a la que alude el considerando anterior se fundamenta en la necesidad de contar en cada Comisión Médica, con profesionales idóneos para una mejor valoración de las patologías que presentan los damnificados.
Que las etapas del Concurso Público serán llevadas a cabo por una Comisión Calificadora y un Jurado del Concurso designados a tal efecto, y contarán con la presencia de un Secretario de Actas.
Que en virtud de las razones expuestas deviene necesario dictar una nueva Norma Marco que contemple las modificaciones mencionadas y establezca las Bases Generales a observar en los llamados a Concurso Público de Oposición y Antecedentes. A su vez, resulta pertinente dejar sin efecto el Listado de Médicos Reemplazantes resultante del Concurso convocado por la Resolución S.R.T. Nº1329/11.
Que por Decreto Nº1883 de fecha 26 de octubre de 1994, se confirió a la SUPERINTENDENCIA
DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES S.A.F.J.P. la facultad de dictar todas las medidas reglamentarias y los actos necesarios para ejercer el poder jerárquico administrativo sobre las Comisiones Médicas creadas por la Ley Nº24.241 y a disponer de los recursos para su funcionamiento.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/08/2012 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/08/2012

Page count72

Edition count9415

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2012>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031