Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 18 de junio de 2012

44

BOLETIN OFICIAL Nº 32.420

ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

ANEXO

Expediente Nº1.483 096/11

Expediente Nº1.419.517/10

PARTES SIGNATARIAS
FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES
C/
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA
ARSAT

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/10/2011

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

$12.661,36

37.984,08

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

Tope General
01/02/2012
01/05/2012

$ 3.149,10
$3.425,70

$9.447,30
$10.277,10

Tope Río Negro, Neuquén, Chubut y Santa Cruz
01/02/2012

$3.770,11

$11.310,33

01/05/2012

$4.099,87

$12.299,61

Tope Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur
01/02/2012

$4.041,34

$12.124,02

01/05/2012

$4.437,70

$13.313,10

PARTES SIGNATARIAS
ASOCIACION OBRERA TEXTIL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
FEDERACION ARGENTINA DE
INDUSTRIAS TEXTILES FADIT FITA

CCT Nº1010/08 E

Expediente Nº1.483.096/11
Buenos Aires, 4 de mayo de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº585/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 259/12 T. JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO

CCT Nº500/07

Expediente Nº1.419.517/10
Buenos Aires, 4 de mayo de 2012

Resolución Nº586/2012
Tope Nº260/2012
Bs. As., 3/5/2012
VISTO el Expediente Nº1.419.517/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº15 del 30 de enero de 2012, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 144 del Expediente Nº1.419.517/10 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE INDUSTRIAS TEXTILES FADIT FITA, por el sector empresario, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº500/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 1º de la Disposición D.N.R.T. Nº15/12 y registrado bajo el Nº83/12, conforme surge de fojas 199/202 y 205, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en caso de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 213/221 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y, en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº628 y Nº2204 de fechas 13
de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Fíjanse el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 1º de la Disposición de la DIRECCION
NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº15 del 30 de enero de 2012 y registrado bajo el Nº 83/12 suscripto entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la FEDERACION ARGENTINA DE INDUSTRIAS TEXTILES FADIT FITA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº586/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 260/12 T. JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2012 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date18/06/2012

Page count44

Edition count9399

Première édition02/01/1989

Dernière édition17/07/2024

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