Boletín Oficial de la República Argentina del 10/01/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 10 de enero de 2012

BOLETIN OFICIAL Nº 32.314

10

Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de PUERTO RICO, provincia de MISIONES, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.

Que, del análisis efectuado por las áreas competentes de este organismo, de la propuesta presentada por el peticionante, para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecua a las exigencias impuestas por el Pliego de Bases y Condiciones respectivo.

Que las áreas competentes de este organismo han evaluado los diversos aspectos de la propuesta presentada, practicando un detallado análisis de la misma con relación a las condiciones y requisitos antes citados.

Que por NOTCNCGI Nº141/08 la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES procedió a asignar las frecuencias, canales y señales distintivas, respecto de las solicitudes de licencia formuladas para la provincia de BUENOS AIRES.

Que la peticionante no acompañó la totalidad de las boletas de depósito a fin de acreditar la cancelación del monto correspondiente a la compra del pliego, exigidas por el artículo 4.5.

Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto.

Que con relación al aspecto técnico de la solicitud, el peticionante dio cumplimiento con el requerimiento impuesto por el artículo 7º del referido pliego.
Que, del informe sobre el aspecto cultural y de programación elaborado por la COORDINACION
DEL ESPECTRO Y NORMATIVA, se colige que la propuesta cumple con lo establecido por el Pliego de Bases de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del referido pliego.
Que, de la evaluación jurídico-personal efectuada por la DIRECCION DE NORMALIZACION surge que el peticionante ha cumplido con los extremos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones.
Que, sin embargo, de la intervención de la DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION FINANZAS Y RECURSOS HUMANOS surge que, a pesar de los reiterados requerimientos efectuados, no se ha dado cumplimiento con todos los requisitos establecidos por el artículo 6º del Pliego de Bases y Condiciones, no resultando posible determinar si el peticionante acredita capacidad patrimonial, el origen de los fondos y no es posible determinar su situación fiscal y previsional.
Que la Comisión de Preadjudicación designada por Resolución Nº176-AFSCA/10 ha concluido que la presentación efectuada por el señor LEGUIZAMON no se adecua a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que la misma resulta inadmisible.
Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto Nº1225/10 faculta a este organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes.
Que consecuentemente, la DIRECCION GENERAL ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha emitido el dictamen pertinente.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 11, de la Ley Nº26.522; y el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto Nº1225
del 31 de agosto de 2010.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Recházase la solicitud presentada por el señor Julián Ramón LEGUIZAMON
D.N.I. Nº 17.952.260, de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Categoría E, de la localidad de PUERTO RICO provincia de MISIONES, en atención a las razones expuestas en los considerandos precedentes.
ARTICULO 2º Comuníquese lo resuelto en la presente a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Lic. JUAN G. MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 10/01/2012 Nº921/12 v. 10/01/2012

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº2091/2011
Bs. As., 7/12/2011
VISTO el Expediente Nº1793.00.0/06 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION y,
Que el organismo técnico referido procedió a asignarle el canal 225, frecuencia 92.9 MHz, categoría E, señal distintiva LRP920, para la localidad de 9 DE JULIO, provincia de BUENOS
AIRES.
Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución Nº 176-AFSCA/10, ha concluido que la presentación efectuada por el señor VIDELA, se adecua a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión.
Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto Nº1225/10 faculta a este organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes.
Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 11, de la Ley Nº26.522 y el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto Nº1225
de fecha 31 de agosto de 2010.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Adjudícase al señor Edgardo Abel VIDELA D.N.I. Nº10.994.094 una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 225, frecuencia 92.9 MHz, Categoría E, identificada con la señal distintiva LRP920, de la localidad de 9 DE JULIO, provincia de BUENOS AIRES, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº310/98 modificado por el Decreto Nº883/01, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO 2º La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE 15 años contados a partir de la habilitación, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ 10 años, conforme los términos del artículo 9º del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº883/01.
ARTICULO 3º Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo III integra la Resolución SG Nº672/06.
ARTICULO 4º El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS TRES MIL SESENTA
$3.060, debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido artículo, dentro de los TREINTA 30 días corridos de publicada la presente.
ARTICULO 5º Establécese que dentro de los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO 365 días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo.
ARTICULO 6º El adjudicatario deberá cumplir con el pago del Gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los CIENTO VEINTE 120 días de otorgada la licencia, de así corresponder.
ARTICULO 7º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Lic. JUAN G. MARIOTTO, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 10/01/2012 Nº923/12 v. 10/01/2012

CONSIDERANDO:
Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Edgardo Abel VIDELA, para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de 9 DE JULIO, provincia de BUENOS AIRES, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto Nº310/98 modificado por sus similares Nº883/01 y Nº2/99, reglamentado por Resolución Nº124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06.
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la Resolución Nº124/SG/02, modificada por sus similares Nros. 215/SG/04 y 672/SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº2092/2011
Bs. As., 7/12/2011
VISTO el Expediente Nº2886.00.0/06 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION y, CONSIDERANDO:

Que posteriormente, por el artículo 2º de la Resolución Nº 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4º, inciso d, del Decreto Nº310/98, modificado por su similar Nº883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas.

Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Leandro Federico FELDMANN OSLER, para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de LAS GARCITAS, provincia del CHACO, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto Nº310/98 modificado por sus similares Nº883/01 y Nº2/99, reglamentado por Resolución Nº124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06.

Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de 9 DE JULIO, provincia de BUENOS AIRES, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.

Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la Resolución Nº124/SG/02, modificada por sus similares Nros. 215/SG/04 y 672/SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/01/2012 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date10/01/2012

Page count60

Edition count9421

Première édition02/01/1989

Dernière édition08/08/2024

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