Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2011 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 22 de setiembre de 2011

36

BOLETIN OFICIAL Nº 32.240

Anexo I Grilla Salarial SUETRA 2011
Categoría
Código
Puestos
Ingreso
NGC

1

NGB

2

NGA

3

EN

4

ENC

5

ENB

6

ENA

7

IL

Tareas administrativas operativas generales - Límite máximo 1 cosecha Administración - Mantenimiento Producción - Tabaco - Sistemas Administración - Mantenimiento Producción - Tabaco - Sistemas Enfardados y analistas - Administración - Mantenimiento - Producción - Tabaco Sistemas Picking - Calidad - Granel - Mesa Enfardado - Mantenimiento -Tráfico - Administración - Tabaco Picking - Calidad - Granel - Mesa Enfardado - Mantenimiento -Tráfico - Administración - Tabaco Picking - CalidadGranel - Mesa Enfardado - Mantenimiento -Tráfico Administración - Tabaco - Sistemas Picking - Calidad - Granel - Mesa Enfardado - Mantenimiento -Tráfico Administración - Tabaco - Sistemas
B A
TE

30 de noviembre de 2010
2875

1 de diciembre de 2010
3019

1 de enero de 2011
3163

1 de febrero de 2011
3306

1 de marzo de 2011
3594

3000

3150

3300

3450

3750

3338

3504

3671

3838

4172

3646

3829

4011

4193

4558

4031

4233

4434

4636

5039

4513

4738

4964

5189

5641

4900

5145

5390

5635

6125

5389

5658

5928

6197

6736

Fase inicial del desarrollo de habilidades y actitudes así como de adquisición de los conocimientos requeridos Habilidades y actitudes pero no en su totalidad fase de aplicación inicial del conocimiento Habilidades y actitudes que permiten cubrir la posición adecuadamente, Dominio y mejora del conocimiento Referente conceptual de habilidad y actitud. Multiplicador del conocimiento

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 417/2011
Registro Nº684/2011
Bs. As., 7/6/2011
VISTO el Expediente Nº1.177.722/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 563/567 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS, PUERTO CAPITAL FEDERAL Y DOCK SUD, por el sector gremial y la CAMARA DE LOS CONCESIONARIOS DE TERMINALES DE CONTENEDORES
DEL PUERTO DE BUENOS AIRES, por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que a través del texto convencional alcanzado, se establece una recomposición salarial, conforme los términos y lineamientos estipulados.
Que asimismo se conviene prorrogar la vigencia de las sumas no remunerativas oportunamente pactadas en el Acuerdo de fecha 14 de enero de 2009.

Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNIDOS
PORTUARIOS ARGENTINOS PUERTO CAPITAL FEDERAL Y DOCK SUD y la CAMARA DE LOS
CONCESIONARIOS DE TERMINALES DE CONTENEDORES DEL PUERTO DE BUENOS AIRES, que luce a fojas 563/567 del Expediente Nº1.177.722/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Disposición en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 563/567 del Expediente Nº1.177.722/06.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.

Que en tal sentido, debe tenerse presente que la atribución de carácter no remunerativo a los conceptos que compone el ingreso a percibir por los trabajadores es, en principio, de origen legal y de aplicación restrictiva. Correlativamente, la atribución autónoma de tal carácter es excepcional y salvo en supuestos especiales legalmente previstos, debe tener validez transitoria, condición a la que las partes ajustan en el presente.

ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo;
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Buenos Aires, 8 de junio de 2011

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº1304/09.

Expediente Nº1.177.722/06

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº417/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 563/567 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 684/11. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expte. Nº1.177.722/06
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los seis días del mes de mayo de 2011, siendo las 17.00hs, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Señora Jefa del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Dra. Mercedes M.
GADEA en representación del SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS, Juan Pedro CORVALAN, Miguel ARAGONE, Ignacio VEGA, Juan Carlos GIMENEZ, Andrés CASTILLO, Diego CORVALAN, Rubén ORO, Fernando DIAZ, Sergio MOLLOJA, Maximiliano ORTIZ, Damián CENTURION, Julio OLAZ, con el Asesoramiento letrado de los Dres. Federico LARROY y Adolfo PROZATI; y por la CAMARA DE CONTENEDORES DEL PUERTO DE BUENOS AIRES, la Sra. Ximena HORCADA, Julio VERGARA, Alejandro BOGGIANO Gustavo FERREIRA, Patricio UNTERSANDER Alejandro LIEVE con el asesoramiento letrado del Dr. Rodolfo SANCHEZ
MORENO:
Declarado abierto el acto, observando la importancia de la actividad desarrollada por el sector involucrado en la presente, considerando que pese a los esfuerzos de las partes y no habiéndose logrado un acuerdo que las satisfaga, en uso de las facultades que le son propias a esta Autoridad en la gestión y fortalecimiento de la actividad negocial entre las partes, a los fines de lograr un acuerdo superador de la presente situación, esta Cartera de Estado les ofrece una propuesta conforme a la siguiente formula:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/09/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date22/09/2011

Page count56

Edition count9413

Première édition02/01/1989

Dernière édition31/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2011>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930