Boletín Oficial de la República Argentina del 31/05/2011 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Martes 31 de mayo de 2011
CONTROL DE PRECURSORES Y SUSTANCIAS QUIMICAS ESENCIALES PARA LA
ELABORACION DE ESTUPEFACIENTES
764/2011-SPPDLCN
Derógase la Resolución N 552/03 relacionada a la definición del concepto de mezcla, aplicable a aquellas en las que puedan obtenerse cantidades significativas de sustancias controladas, a los fines de su desvío para la producción de estupefacientes
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BOLETIN OFICIAL Nº 32.160
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tes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por Decreto N 2098 del 3
de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
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Que los agentes propuestos cuentan con la idoneidad necesaria para desarrollar las funciones que se les asignan y se destinarán a cubrir los cargos y funciones que en cada caso se detallan, los que se hallan vacantes.
TELECOMUNICACIONES
53/2011-SC
Asígnase numeración no geográfica a una empresa
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Que asimismo en el caso de los agentes Emiliano FRASIER y Maria Laura DESTEFANO
resulta necesario disponer la excepción a los requisitos mínimos para el acceso al nivel escalafonario propuesto establecidos por el artículo 14 del Anexo al Decreto N 2098/08.
52/2011-SC
Asígnase Código de Punto de Señalización Nacional a una empresa
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Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N 4 del 15 de marzo de 2002
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
SALARIOS
16/2011-CNTA
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Floricultura y Viveros
TRANSPORTE DE CARGAS
Conjunta 111/2011-ST y 348/2011-SOP
Derógase la Resolución Conjunta N 358 y 316/07, relacionada a los procedimientos para la implementación de los beneficios establecidos por los Artículos 1º y 2º del Decreto Nº 455/07
Que la citada Dirección Nacional cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.
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DISPOSICIONES
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7 y 10 de la Ley N 26.422, y de la Ley N 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N 2053/10 y complementada por el Decreto N 2054/10 y a tenor de lo establecido por el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
ESPECIALIDADES MEDICINALES
3683/2011-ANMAT
Sistema de Trazabilidad de medicamentos que deberán implementar las personas físicas o jurídicas que intervengan en la cadena de comercialización, distribución y dispensación de especialidades medicinales incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
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CONCURSOS OFICIALES
Anteriores
40
AVISOS OFICIALES
Nuevos
14
Anteriores
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TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
la Ley N 26.422, la Ley N 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N 2053/10 y complementada por el Decreto N 2054/10, y el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 7 de las Leyes citadas en el Visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sus respectivas sanciones, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de las mencionadas Leyes.
Que asimismo, mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en éstos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios.
Que por lo expuesto resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de diversos cargos existentes en la Planta de Personal Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artículo 7 de las referidas Leyes, los que deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigen-
Artículo 1 Danse por designados, con carácter transitorio, en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, a los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente medida, en el Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008, a partir de las fechas allí indicadas y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de dictado del presente Decreto, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N 26.422 y de la Ley N 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N
2053/10 y complementada por el Decreto N 2054/10.
Art. 2 Dase por designada, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, a la agente Maria Laura DESTEFANO DNI N 32.208.501 en el cargo de Asistente Administrativo de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, Nivel D Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N 2098/08, a partir del día 26 de febrero de 2009 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de dictado del presente Decreto, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del referido Sistema y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N 26.422 y de la Ley N 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N 2053/10 y complementada por el Decreto N 2054/10.
Art. 3 Dase por designado, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, al agente Emiliano FRASIER DNI N 31.206.129 en el cargo de Asistente Administrativo de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, Nivel D Grado 0 del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N 2098/08, a partir del día 26 de febrero de 2009 y hasta el 7 de febrero de 2010, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del referido Sistema y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N 26.422 y de la Ley N 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N 2053/10 y complementada por el Decreto N 2054/10.
Art. 4 Dase por designado, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, al agente Mauricio Gonzalo DI CESARE DNI N 29.741.667 en el cargo de Asistente Administrativo de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, Nivel D Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N 2098/08, a partir del día 27 de febrero de 2009 y hasta el 16 de febrero de 2010, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N
26.422 y de la Ley N 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N 2053/10 y complementada por el Decreto N 2054/10.
Art. 5 Los cargos involucrados en los artículos 1 y 2 de la presente medida deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos, según lo establecido respectivamente en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto N 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de dictado del presente Decreto.
Art. 6 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente, asignadas a la Jurisdicción 30
- MINISTERIO DEL INTERIOR - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
Art. 7 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
PLANTA PERMANENTE
APELLIDO
NOMBRES
TIPO
NUMERO
UNIDAD DE REVISTA
CARGO O FUNCION
NIVEL
GRADO
INICIO
LIZARRAGA
María Elena
DNI
29.838.403
Dirección General de Inmigración
Asistente Administrativo
D
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02/03/2009
SCATURRO
María Natalia
DNI
29.235.640
Dirección General Técnica-Jurídica
Asistente Administrativo
D
0
09/03/2009