Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 11 de mayo de 2011

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decisión Administrativa 224/2011
Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 9/5/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº74.573/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007
y Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009, la Resolución ex SSGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº2098 del 3
de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de agosto de 2010, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y D. Alejandro MANDIA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el nivel C
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario del Decreto Nº491/02.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de septiembre de 2010, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas, específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546
prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de
la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y en el Decreto Nº577/03, y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado con efectos al 1º de septiembre de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2010, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la entonces SECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Alejandro MANDIA D.N.I.
Nº 26.621.569, para desempeñar funciones de Responsable Administrativo en la citada ex Secretaría, equiparado al Nivel C - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº 2098/08, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02
y de la Resolución ex SSGP Nº48/02.
Art. 2º Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas especificas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.147

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta, resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02.
Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de febrero de 2011, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.

5

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado, con efectos al 1º de febrero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Alejandra Judith NAFTAL D.N.I. Nº14.743.900, para desempeñar funciones de Asesora en la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA
AMBIENTAL de la citada Secretaría, equiparada al Nivel A - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº2098/08, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución ex SSGP Nº48/02.
Art. 2º Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1º de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 225/2011

Decisión Administrativa 222/2011

Dase por aprobada una contratación en la Subsecretaría de Planificación y Política Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Dase por aprobada una contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.
Bs. As., 9/5/2011

Bs. As., 9/5/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº 3725/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007 y Nº1248
del 14 de septiembre de 2009, el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución ex SSGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006
y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Alejandra Judith NAFTAL de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.

VISTO el Expediente NºS01:0405954/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº25.164, el Decreto Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación del agente que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y su reglamentación, destinado al ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares del agente mencionado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date11/05/2011

Page count56

Edition count9386

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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