Boletín Oficial de la República Argentina del 18/02/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 18 de febrero de 2011

Primera Sección
ARTICULO 2º Adjudicar el Concurso Público Nº 10/2010 cuyo objeto es la contratación del servicio integral de limpieza para los edificios de calle Suipacha 636 y de Tucumán 926/30 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a la firma LIMPOL S.A. por cumplir con las especificaciones técnicas requeridas y ser la oferta más económica. El importe de la contratación asciende a la suma mensual de PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO $ 119.555,00
totalizando un monto anual de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS SESENTA $1.434.660,00, importe que será imputado en la partida 3.3.5.
ARTICULO 3º Notifíquese a los oferentes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL
DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 18/02/2011 Nº 18362/11 v. 18/02/2011

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CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO
Secretaría, 11/2/2011
La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 del decreto ley 6848/63 ratificado por ley 16478 y a los efectos del ejercicio de los derechos señalados en el art. 19 del mismo texto legal citado pone en conocimiento que ha dictado la Acordada Nº 239/2010 cuyo resolutorio se trascribe Por todo ello, ACORDARON: Autorizar al Juez Federal Nº 1
de la ciudad de San Nicolás, Dr. Martín Alberto Martínez, a destruir los expedientes archivados, enumerados en el listado que en once 11 fojas acompañó a su solicitud, siguiéndose en relación con su destino el procedimiento indicado por el Director General del Archivo del Poder Judicial de la Nación en el expediente Nº 10-18274/08 del Consejo de la Magistratura, de lo cual se adjuntará copia para su conocimiento y a sus efectos. Todo lo cual dispusieron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia, y se comunique, ante mí que doy fe. Fdo. Dres.: LILIANA ARRIBILLAGA. JOSÉ GUILLERMO TOLEDO ELIDA I. VIDAL EDGARDO BELLO FERNANDO
LORENZO BARBARÁ. No participa del Acuerdo el vocal Dr. CARLOS CARRILLO por encontrarse en uso de licencia. Fdo. Dra. FLORENCIA BENTOLILA, Secretaria Superintendencia.
e. 18/02/2011 Nº 17788/11 v. 22/02/2011

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MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al sumariado Liping ZHOU, DNI 93.993.234, la Apertura de Sumario, dictada en el Expediente CUDAP:EXPDNM-S02:0002565/09, que dice: Buenos Aires, 25 de agosto de 2009.- VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs.2, en el cual el funcionario interviniente constató que el extranjero Miguel Angel CASTAÑEDA RUIZ, de nacionalidad peruana, se encontraba trabajando prima facie en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Liping ZHOU, con domicilio en ESMERALDA Nº523, DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, de conformidad a lo previsto por el art.
111 y siguientes del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº1023/94. Notifíquese en los términos del art. 115 del Reglamento de Migraciones citado, haciéndose saber que podrá solicitar vista de las actuaciones de referencia en el plazo de DIEZ 10 días de notificado y solicitar fotocopia de la documentación que estime corresponder. En dicho plazo podrá presentar escrito de descargo y la prueba que estime conducente a su derecho de defensa. Asimismo, deberá dar cumplimiento al art.
114 del decreto 1023/1994.; BUENOS AIRES, 12 de enero de 2011 notifíquese al sumariado, Liping ZHOU, DNI 93.993.234, la Apertura de Sumario, de fecha 25 de agosto de 2009, obrante a fs.44 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial. Dr. ADOLFO EDUARDO NALDINI, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, Disposición N 84.881/2008.
e. 16/02/2011 Nº17010/11 v. 18/02/2011

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COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES
Resolución Nº67/2011
Bs. As., 31/1/2011
VISTO el Decreto Nº995 de fecha 28 de mayo de 1991 ratificado por el artículo 124 de la Ley 11.672 t.o. Decreto Nº1110/05, el Decreto Nº532 del 24 de mayo de 2005, y CONSIDERANDO:
Que la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES CONAE es el organismo del Estado Nacional competente para entender, diseñar, ejecutar, controlar, gestionar y administrar proyectos y emprendimientos en materia espacial, y responsable de centralizar, organizar, administrar y ejecutar el Plan Espacial Nacional cuyo desarrollo conforma una explícita política de Estado y de prioridad nacional.
Que en el marco del Plan Espacial Nacional 2004-2015 aprobado por el citado Decreto Nº 532/2005, la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES CONAE lleva a cabo, entre otros, el Curso de Acción C Sistemas de Información cuyo objetivo principal es promover el acceso de la sociedad a la información de origen espacial, impulsando su diseminación, aprovechamiento e integración en bases de datos, sistemas de información geográfica, y en desarrollos de software para diversos usos y aplicaciones.
Que a partir de la puesta en operación de la Estación Terrena Córdoba sita en el Centro Espacial Teófilo Tabanera, este Organismo cuenta en la actualidad con un vasto archivo digital constituido de imágenes satelitales de libre disponibilidad provenientes de satélites argentinos, y de imágenes suministradas por satélites extranjeros en virtud de acuerdos de cooperación, o mediante el pago del respectivo canon a su titular.
Que asimismo esta Comisión dispone del Sistema Italo-Argentino de satélites para beneficio de la Sociedad, Gestión de Emergencias y Desarrollo Económico SIASGE, como una de las principales fuentes de información satelital.
Que en la actualidad esta Comisión se halla en condiciones de atender directamente solicitudes de imágenes satelitales y de productos derivados para aplicaciones especiales, provenientes de organismos y dependencias de la Administración Pública Nacional, necesarias para el mejor cumplimiento de la finalidad pública.
Que de igual modo dispone de la capacidad para analizar los requerimientos efectuados y aconsejar sobre las mejores soluciones técnicas y económicas de acuerdo a las necesidades expresadas.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.095

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Que en virtud de los Considerandos precedentes, resulta conveniente el dictado de la presente medida con la finalidad de promover, coordinar y facilitar el acceso a la información de origen espacial por parte de los organismos y dependencias integrantes de la Administración Pública Nacional, eliminar la duplicación de capturas y adquisiciones y proteger los derechos del Estado sobre los trabajos generados a partir de la aplicación de la información de origen espacial.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº995/91, ratificado por el Artículo 124 de la Ley Nº11.672 t.o. Decreto Nº1110/05 y los Decretos Nº765/93, 1662/96 y 157/03, Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO Y TECNICO
DE LA COMISION NACIONAL
DE ACTIVIDADES ESPACIALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º Los Organismos y dependencias de la Administración Pública Nacional que requieran para su cometido contar con imágenes satelitales o productos derivados de las mismas, existentes en el catálogo web de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales CONAE y clasificadas como de libre disponibilidad, podrán descargarlas directamente del sitio www.conae.
gov.ar cuando esta opción se encuentre habilitada, o solicitarlas telefónicamente al número 11
4331 0074 interno 5413, o por correo electrónico escribiendo a la dirección: ssu.atencionUsuarios@conae.gov.ar de la Unidad Servicio Segmento del Usuario SSU.
ARTICULO 2º Los Organismos y dependencias de la Administración Pública Nacional que requieran para su cometido contar con imágenes satelitales o productos derivados de las mismas, existentes en el catálogo web de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales CONAE y clasificadas como de no libre disponibilidad, podrán solicitarlas telefónicamente al número 11 4331
0074 interno 5243, o por correo electrónico escribiendo a la dirección udea@conae.gov.ar de la Unidad Desarrollos Avanzados y Específicos UDAE a fin de que dicha Unidad analice lo solicitado y acordar la modalidad de su entrega.
ARTICULO 3º Los Organismos y dependencias de la Administración Pública Nacional, que requieran para su cometido contar con imágenes satelitales o productos derivados de las mismas no disponibles en ninguno de los catálogos web de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales CONAE, podrán enviar, en consulta, sus requerimientos a la Unidad Desarrollos Avanzados y Específicos UDAE, udae@conae.gov.ar. De igual modo podrán proceder en consulta los Organismos y dependencias de la Administración Pública Nacional cuando hayan sido destinatarios de propuestas de terceros consistentes en servicios de provisión de imágenes satelitales, de productos derivados, de aplicaciones especiales, como de cualquier otro tipo de información de origen espacial que sean de su interés. Ello, a fin de que la UDAE pueda:
a Analizar, juntamente con el organismo o dependencia solicitante, las necesidades expresadas y sugerir la mejor opción técnica aplicable al caso.
b Evaluar la información espacial ya disponible y la existente en el mercado, en caso de no contarse con la misma. En dicho supuesto, la Comisión Nacional de Actividades Espaciales CONAE llevará a cabo las gestiones del caso para lograr su obtención en forma directa o a través de los canales de provisión que esta Comisión tenga implementados, de ser posible sin costo, o en su defecto, a un precio reducido, según los alcances de los acuerdos vigentes.
ARTICULO 4º Para toda consulta relacionada con la presente Resolución, se encuentra disponible la siguiente dirección de correo electrónico de la Unidad Desarrollos Avanzados y Específicos de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales udae@conae.gov.ar.
ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Dr. CONRADO F. VAROTTO, Director Ejecutivo y Técnico, Comisión Nacional de Actividades Espaciales.
e. 14/02/2011 Nº15884/11 v. 18/02/2011

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MINISTERIO DE SALUD
DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS
Conforme lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Procedimientos Administrativos y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se notifica a Norma Graciela Glinberg que se ha dictado la siguiente RESOLUCION: Buenos Aires, 19 de mayo de 2005. Artículo 1º: Impónese a la Farmacéutica Norma Graciela Glinberg M.N. 12.746, Directora Técnica de la FARMACIA AMBAR, cita en la calle Moldes 1999, Capital Federal, una multa de MIL PESOS $1.000 por infracción a los artículos 25 y 26 de la Ley 17.565 y 10 y 26 de su Decreto Reglamentario 7123/68 ausencia de la Directora Técnica sin dejar constancia en el libro recetario y atraso en la firma del mismo.
Artículo 3º: Acuérdase un plazo de CINCO 5 días, a partir de la fecha de notificación para hacer efectivo el pago de las multas impuestas en el DEPARTAMENTO TESORERIA de la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1925, Capital Federal, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 Fondo Nacional de Salud. Artículo 4º: Las sancionadas podrán interponer dentro de los CINCO 5 días de su notificación, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente en los términos y condiciones deI
art. 53 Ley 17.565. Firmado: Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad De Fronteras.
e. 16/02/2011 Nº17065/11 v. 18/02/2011

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MINISTERIO DE SALUD
DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS
Conforme lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Procedimientos Administrativos y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se notifica al Representante Legal de Droguería San Javier S.A. que se ha dictado la siguiente RESOLUCION: Buenos Aires, 15 de diciembre de 2010. Artículo 1º: Sanciónase a la firma DROGUERIA SAN JAVIER S.A. en carácter de propietaria de la denominada DROGUERIA SAN JAVIER, cita en la calle Pedro Goyena Nº59 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una multa de OCHO MIL PESOS $ 8.000 por haber transgredido el Artículo 4 de la Resolución 17/06. Artículo 2º: Acuérdase el plazo de CINCO 5 días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERIA de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1925, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 Fondo Nacional de Salud. Artículo 3º: El sancionado podrá interponer, dentro de los CINCO 5 días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente en los términos y condiciones del art. 53 Ley 17.565. Firmado: Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
e. 16/02/2011 Nº17159/11 v. 18/02/2011

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/02/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date18/02/2011

Page count40

Edition count9420

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/08/2024

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