Boletín Oficial de la República Argentina del 17/01/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 17 de enero de 2011

referencia, quedando registrado bajo el número 1780/10. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de OCTUBRE de 2010, entre NUEVO TREN DE LA COSTA S.A. con domicilio en Reconquista 1088, Piso 9no, Capital Federal, representada en este acto por su apoderado el Sr. GABRIEL CAVILLA, conforme poder con facultades que se declara vigente y suficiente para el presente acto, constituyendo domicilio especial conjuntamente con el letrado patrocinante Dr. FEDERICO PABLO EUGENIO
RONCHETTI, en Carlos Pellegrini 1163, Piso 5to. Frente, Capital Federal, por una parte denominada en adelante LA EMPRESA, y por la otra A.P.D.F.A. ASOCIACION DEL PERSONAL
DE DIRECCION DE FERROCARRILES ARGENTINOS, con domicilio en Billinghurst 426/428, representada en este acto por el Sr. ADRIAN SILVA en su carácter de Secretario Gremial Area Ferroviaria, el Sr. PABLO BUCHI en su carácter de Vocal de la Comisión Directiva, y los Sres.
PEDRO PAZ, CLAUDIO ZALAZAR y GUSTAVO BARBAS, en su carácter de Delegados de Personal, constituyendo domicilio especial en el antes indicado, en adelante EL SINDICATO, en adelante denominadas en forma conjunta e indistinta LAS PARTES, se reúnen a los efectos de dejar constancia del acuerdo al que han arribado para ser agregado por ante el Expediente Nº1.091.428/04 de trámite por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Director Nacional de Negociación Colectiva - Departamento de Relaciones Laborales Nº1, según el siguiente detalle:

BOLETIN OFICIAL Nº 32.071

102

partes resultan signatarias, de conformidad a los valores, modalidad y cronograma de pago consignados en sus cláusulas.
Que corresponde señalar que las sumas a otorgar, serán incorporadas al salario básico de cada categoría a partir del mes de mayo de 2010, conforme a lo expresamente establecido por las partes.
Que es dable indicar en relación con lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales firmantes.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.

MANIFESTACIONES PRELIMINARES:
1. NUEVO TREN DE LA COSTA S.A. en adelante LA EMPRESA deja constancia de la difícil situación económica por la que se encuentra atravesando, lo que significa en los hechos la ruptura de la ecuación económico-financiera de la empresa.

Que, por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el Artículo 245 de la ley 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.

2. Asimismo NUEVO TREN DE LA COSTA S.A. hace saber a A.P.D.F.A. en adelante EL
SINDICATO que se están llevando a cabo negociaciones con el Estado nacional según EXPS01:0019523/2010 referidas al contrato de concesión ferroviaria y la terminación contractual.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

3. El presente acuerdo arribado con EL SINDICATO, es celebrado por LA EMPRESA sin perjuicio de la situación descripta en el punto 1 que antecede, en el marco de las negociaciones que se llevan adelante con el Estado Nacional y a los efectos de garantizar la transición vinculada con las mismas.
4. EL SINDICATO toma conocimiento de las manifestaciones realizadas por LA EMPRESA en los puntos precedentes.
5. Las manifestaciones preliminares que anteceden, forman parte integrante del presente acuerdo.
De acuerdo a lo expuesto LAS PARTES ACUERDAN:
Artículo 1º.LA EMPRESA abonará a los trabajadores alcanzados por el convenio colectivo de trabajo vigente y/o a los afiliados al sindicato a la fecha del presente acuerdo, las sumas emergentes de la grilla que se adjunta como Anexo I, las que tendrán vigencia desde el mes de septiembre de 2010
hasta el mes de febrero de 2011, ambos inclusive. LAS PARTES aclaran que se aplicará para el pago del rubro Viáticos a partir del mes de septiembre de 2010, la suma de $600.- pesos seiscientos correspondientes al REPRO, y mientras dure la asignación del mismo.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº1304/09.
Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y
AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA ALEARA y la CAMARA EMPRESARIAL DEL BINGO DE
CAPITAL FEDERAL, glosado a fojas 2/3 del Expediente Nº1.384.405/10, agregado como foja 246
del Expediente Nº67.991/99.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº1.384.405/10, agregado como foja 246 del Expediente Nº67.991/99.

GRILLA SALARIAL NUEVO TREN DE LA COSTA
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

A.P.D.F.A.
Antigedad Viático Responsabilidad 1% del bas./
refrigerio jerárquica año 10
$45,60 x 10% del básico años dia 22 DIAS
531
531
1003

Nueva suma no remunerativa
Total bruto
700

8074

1003

770

8781

642

1003

847

9559

670

670

1003

849

9892

777

777

1003

425

10756

CATEGORIA

BASICO

5

5309

4

5840

584

584

3

6424

642

2

6700

1

7773

ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o.
1976 y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº67.991/99
% 102 %

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº420/2010
Registro Nº1463/2010
Bs. As., 4/10/2010
VISTO el Expediente Nº67.991/99 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004 y la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente Nº1.384.405/10, agregado como foja 246 del principal, Expediente Nº67.991/99, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA ALEARA y la CAMARA EMPRESARIAL DEL BINGO DE CAPITAL FEDERAL, conforme lo dispuesto en la ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que en el mencionado acuerdo se establece, sustancialmente, un incremento en los ingresos de los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 490/07, del que las
Buenos Aires, 5 de octubre de 2010
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº420/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente 1.384.405/10, agregado como fojas 246 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1463/10. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA DE COPAR
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 16 días del mes de noviembre de 2009 se reúnen, por un lado, los representantes legales de la Cámara Empresarial de Bingos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Sres. Carlos González en su condición de Tesorero y Nazareno Lacquaniti en su condición de Presidente y por el otro lado los representantes del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA ALEARA, Sr. Ariel FASSIONE Secretario Gremial asistido por la Dra. Luciana AMBROSIO Asesora legal y los trabajadores paritarios Julieta Raquel VILLA y Pablo Martín FASANO.
Abierto el acto por las representaciones presentes, la representación Sindical manifiesta que convocó la reunión con el fin de solicitar a la representación empresaria una mejora salarial que permita incrementar los ingresos del personal comprendido en el CCT suscripto entre las partes.
La representación empresaria entiende el pedido del gremio, y luego de un largo debate las partes llegan al siguiente acuerdo:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/01/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date17/01/2011

Page count104

Edition count9412

Première édition02/01/1989

Dernière édition30/07/2024

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