Boletín Oficial de la República Argentina del 12/01/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 12 de enero de 2011

Primera Sección
créditos del citado ex Programa así como la atención de los gastos y obligaciones que resulten a cargo del ESTADO NACIONAL como correspondientes al mismo, con las respectivas partidas presupuestarias pertenecientes a esa Administración Federal, incrementadas en su caso a través de los aportes del Tesoro Nacional que posibiliten su cumplimiento.
Que conforme lo expresa en sus considerandos la Resolución Nº650/01 del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA, la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS ha desarrollado las herramientas necesarias para poder efectuar los controles que se venían realizando por intermedio del ex PROGRAMA DE INSPECCION DE
PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES, resultando en consecuencia esa Administración Federal el ámbito competente para la continuación de los mismos.
Que razones de economía de procedimientos y especificidad en la materia aconsejan que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS instrumente las medidas pertinentes para la atención de las causas judiciales originadas en la operatoria correspondiente al ex PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES en materia aduanera que se inicien a consecuencia de multas impuestas a las empresas de inspección, ya que los montos a recaudarse ingresarán con ajuste al Decreto Nº477/97 a dicha Administración Federal.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, es el organismo competente indicado para entender en los aspectos jurídicos y judiciales en aquellos casos que surjan como no contemplados en el considerando anterior que se deriven del ex PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE
DE IMPORTACIONES, eventualmente con la previa intervención del Servicio Jurídico de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, dependiente de dicha Subsecretaría.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en función de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº477/97, lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto Nº438/92 y sus modificaciones y sobre la base de las competencias que dicha ley otorga en su Artículo 20 al señor Ministro en cuanto a su titularidad de la Cartera de Economía y Finanzas Públicas.
Por ello, EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º - Danse por concluidas las tareas a cargo del Comité Ejecutivo del ex PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES tendientes a resolver las cuestiones residuales del mismo detalladas en el Anexo I de la Resolución Nº304 de fecha 14 de agosto de 2002 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTICULO 2º Encomiéndase a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a partir de la fecha de la presente resolución, la consideración de los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales, que se deriven de la aplicación del régimen del ex PROGRAMA
DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES, en la relación entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales.
ARTICULO 3º Encomiéndase, a partir de la fecha de la presente resolución, a la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, entender en el tratamiento de los recursos y/o actuaciones que se susciten en aplicación del régimen del ex PROGRAMA DE INSPECCION
DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES y en la normativa de aplicación del mismo, previo asesoramiento de la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE
INDUSTRIA.
Asimismo, dicha Subsecretaría debe entender en cuanto proceda en el tratamiento de aquellas tareas encomendadas al citado Comité por la Resolución Nº102 de fecha 8 de julio de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en su caso previo asesoramiento del Servicio Jurídico permanente de este Ministerio.
ARTICULO 4º Encomiéndanse a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a partir de la fecha de la presente resolución, todas las tareas remanentes del ex PROGRAMA DE INSPECCION
DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES no incluidas en los artículos precedentes ni en los objetivos establecidos en el Decreto Nº2102 de fecha 4 de diciembre de 2008 ni en las acciones encomendadas a otros ámbitos en la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ni en las naturales competencias delegadas en virtud del Artículo 14 de la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificaciones, en su caso, con la intervención que proceda a la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS.
ARTICULO 5º Encomiéndase a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, a partir de la fecha de la presente resolución, la percepción de los fondos resultantes de la realización de créditos derivados del ex PROGRAMA DE INSPECCION
DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES y continuar en la atención de los gastos y obligaciones que resulten a cargo del ESTADO NACIONAL como correspondientes al mismo con las respectivas partidas presupuestarias de dicho Organismo incrementadas en su caso a través de aportes del Tesoro Nacional para posibilitar su cumplimiento. Del mismo modo, encomiéndase a dicho Organismo entender en planteos de compensación por créditos que resulten a favor de las empresas de inspección, o cualquier otro concepto derivados de la operatoria del ex PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE
IMPORTACIONES.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.068

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Asimismo, encomiéndase a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS a brindar, a través de sus organismos competentes, la asistencia técnica que proceda en el tratamiento y resolución de los reclamos derivados del citado ex Programa.
ARTICULO 6º Encomiéndase a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS a brindar la asistencia técnica necesaria para la prosecución de los respectivos controles que se venían realizando a través del ex PROGRAMA DE INSPECCION DE
PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES y en el asesoramiento de los aspectos técnicos que se deriven del tratamiento de las cuestiones oportunamente encomendadas al Comité Ejecutivo en relación al citado ex Programa.
ARTICULO 7º Encomiéndase a la citada Administración Federal a través de sus órganos competentes, la instrumentación de las medidas pertinentes para la atención de las causas judiciales originadas en la operatoria del ex PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE
DE IMPORTACIONES en materia aduanera como aquéllas que se inicien a consecuencia de multas impuestas a las empresas inspección.
ARTICULO 8º Encomiéndase a partir de la fecha de la presente resolución a la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS entender en lo inherente a la atención de los aspectos jurídicos y judiciales en aquellos casos que surjan no contemplados en el artículo anterior que se deriven del ex PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES, eventualmente con la previa intervención del Servicio Jurídico de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS y/o de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, dependiente de dicha Subsecretaría.
ARTICULO 9º Los organismos involucrados deberán arbitrar, a partir de la fecha del dictado de la presente medida, los medios necesarios para que se concreten los actos conducentes a la asunción de las tareas residuales actualmente a cargo del Comité Ejecutivo del ex PROGRAMA
DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES, en cuanto resulten alcanzados por la presente resolución, en la órbita de sus naturales competencias y de aquellas otras que se les encomiendan por este acto.
ARTICULO 10. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. AMADO BOUDOU, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
e. 12/01/2011 Nº3143/11 v. 12/01/2011

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/01/2011 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date12/01/2011

Page count20

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Dernière édition04/08/2024

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