Boletín Oficial de la República Argentina del 17/11/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 17 de noviembre de 2010
con que cuenta la Institución CARITAS
ARGENTINA - Parroquial Villa Gesell para alcanzar dicha meta, tanto en hogares como en comedores en barrios carenciados de la Ciudad de Villa Gesell, por lo que se considera adecuado autorizar la importación de productos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL U$S 5.000, por país participante.
Que dicha autorización se otorga atento el fin estrictamente benéfico que persigue la interesada, cuya acción habrá de redundar en beneficio de la comunidad.
Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 485 y 486 ambas de fecha 30 de agosto de 2005, 343 de fecha 23 de mayo de 2007, 47 de fecha 15 de agosto de 2007, 588 y 589 ambas de fecha 4 de noviembre de 2008, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION y sus modificatorias, 61 de fecha 4 de marzo de 2009, 165 de fecha 15 de mayo de 2009 y 337 de fecha 21 de agosto de 2009, todas del ex MINISTERIO
DE PRODUCCION y sus modificatorias.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº19.549.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso s de la Ley Nº 20.545, incorporado por el artículo 1º de la Ley Nº21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos y ropa típica, originarios y procedentes de los países participantes en la FERIA INTERNACIONAL DE VILLA GESELL, a realizarse en la Avenida 3 Nº 535, entre los Paseos 105 y 107, Pueblo Español, Ciudad de Villa Gesell, Provincia de BUENOS AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 20 de diciembre de 2010 al 6 de marzo de 2011, para su exhibición, promoción, obsequio y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES
ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S 5.000
por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2º Exímese del pago del Impuesto al Valor Agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos mencionados en el Artículo 1º del presente decreto entre el público concurrente a la muestra aludida precedentemente, de corresponder su aplicación.
Art. 3º Exímese del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 485 y 486
ambas de fecha 30 de agosto de 2005, 343 de fecha 23 de mayo de 2007, 47 de fecha 15 de agosto de 2007, 588 y 589 ambas de fecha 4 de noviembre de 2008, todas del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, 61 de fecha 4 de marzo de 2009, 165
de fecha 15 de mayo de 2009 y 337 de fecha 21
de agosto de 2009, todas del ex MINISTERIO DE
PRODUCCION y sus modificatorias, a los productos de promoción originarios y procedentes de los países participantes en la Feria Internacional objeto del presente decreto.
Art. 4º Instrúyese a la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a que practique los controles pertinentes en la Feria referenciada, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el Artículo 1º del presente decreto, sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley Nº20.545.

Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Amado Boudou. Débora A.
Giorgi % 3 %
% 3 %

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decreto 1631/2010
Dase por aprobada la designación del Director de Fauna Silvestre de la Dirección Nacional de Ordenamiento Ambiental y Conservación de la Biodiversidad de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 15/11/2010
VISTO el expediente CUDAP Nº57789/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Nº 26.546, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y lo solicitado por la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION
PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, del Médico Veterinario D. Carlos OUTUMURO Y VAZQUEZ como Director de Fauna Silvestre de la DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y
CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD
dependiente de la SUBSECRETARIA DE
PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL
de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de la ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL para el Ejercicio del año 2010.
Que el artículo 7º de la mencionada ley establece que salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad.
Que mediante el Decreto Nº491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 10 de la Ley Nº26.546 se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Que los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuenta el Médico Veterinario D. Carlos OUTUMURO Y
VAZQUEZ, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría beneficioso contar con la colaboración del nombrado.
Que en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante y financiado un cargo Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.030

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto, que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de SLyT Nº4/02.
Que el agente de que se trata, ha dado cumplimiento a lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº601/02 reglamentario del Decreto Nº491/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº491/02 y de los artículos 7º y 10 de la Ley Nº26.546.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles, en un cargo Nivel B - Grado 0, como Director de Fauna Silvestre de la DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD dependiente de la SUBSECRETARIA DE
PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS al Médico Veterinario D. Carlos OUTUMURO Y VAZQUEZ D.N.I. Nº94.039.607, autorizándose el correspondiente pago por Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº26.546.
Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por Decreto Nº2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio para la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.
% 3 %
% 3 %

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 1636/2010
Dase por prorrogada la designación del Director de Tráfico Internacional del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Bs. As., 15/11/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0453638/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 1140 de fecha 28 de junio de 2002, 572 del 1 de junio de 2005

3

y 1448 del 11 de octubre de 2007, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, homologado por Decreto Nº40 del 25 de enero de 2007, la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada ex Secretaría del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº572 de fecha 1 de junio de 2005 se designó transitoriamente en el cargo de Director de Tráfico Internacional del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Nivel B, Grado 9, Función Ejecutiva III, al Médico Veterinario D. Rodolfo César CASTELLO M.I. Nº 4.705.820, y dicha designación fue prorrogada por el Decreto Nº1448 de fecha 11 de octubre de 2007.
Que a fin de asegurar la continuidad de las prestaciones que se vienen cumpliendo según las acciones asignadas al citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, resulta necesario prorrogar la designación mencionada en el primer considerando del presente acto por el término de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles con excepción a lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº89 y Nº16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION y de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, por la que se aprueba el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mentado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº40 de fecha 25 de enero de 2007.
Que el agente en cuestión, continúa desempeñando las funciones para las que fuera designado.
Que mediante el Decreto Nº1140 de fecha 28 de junio de 2002, se faculta a los titulares de los organismos descentralizados, para solicitar la cobertura transitoria de cargos.
Que la cobertura del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno, para el ESTADO NACIONAL.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº 491 de fecha 12
de marzo de 2002.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/11/2010 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date17/11/2010

Page count76

Edition count9393

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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