Boletín Oficial de la República Argentina del 10/09/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 10 de setiembre de 2010

te integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS DOS
MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON
CINCUENTA Y TRES CENTAVOS $2.245.592,53, por los motivos expuestos en los considerándoos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, las que ascienden a la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS

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BOLETIN OFICIAL Nº 31.984

CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS $2.245.592,53, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16, Fuente de Financiamiento 11 Tesoro Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.

PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01:0260536/2010
2009


EXPEDIENTE

RAZON SOCIAL

C.U.I.T.

C.B.U.

1

2870367679

EL TREBOL DE DEL BARRIO MANUEL GUILLERMO Y DEL BARRIO CARLOS PEDRO SH

30-66455611-8

01104435-20044310821395

Establecimiento
noviembre
diciembre
Localidad
Provincia
995.996,93

1.249.595,60

ROQUE PEREZ

BUENOS AIRES

Total
2.245.592,53

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GANADO BOVINO

Que la solicitud presentada por la Firma DON CELSO S A fue liquidada de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias.
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.

Resolución 3243/2010

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 41/42.

Autorízase el pago de compensaciones.
Bs. As., 7/9/2010
VISTO el Expediente NºS01:0298958/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por la Resolución Nº40 de fecha 25 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.
Que mediante Resolución Nº 1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº9/07 y su complementaria Nº40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.
Que mediante la referida Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que en tal marco se presentó la solicitud del productor que se dedica al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyo Nombre o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral Feed Lots.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005, por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébase la compensación solicitada por el productor que se dedica al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots, que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS DOCE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS $ 312.493,51, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de la compensación consignadas al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS
TRESCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS $312.493,51.
Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.
ANEXO


EXPEDIENTE

1

3863523464

PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01:0298958/2010
PERIODO 2009
RAZON SOCIAL
C.U.I.T
C.B.U
mayo junio julio agosto DON CELSO S A
30-70711494-7
011030122003010009611-5
76.232,68
88.105,20
69.223,78
78.931,85
TOTAL

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GANADO BOVINO
Resolución 3241/2010
Autorízase el pago de compensaciones.
Bs. As., 7/9/2010
VISTO el Expediente NºS01:0237835/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por la Resolución Nº40 de fecha 25 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó expresamente a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.

Establecimiento Localidad Provincia ISLA VERDE
CORDOBA

312.493,51

Que mediante Resolución Nº 1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº9/07 y su complementaria Nº40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.
Que mediante la referida Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que en tal marco se presentó la solicitud del productor que se dedica al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyo Nombre o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Que la solicitud presentada por la firma FORNASARI ALFREDO LUIS, FORNASARI EDUARDO, FORNASARI JUAN JOSE Clave Unica de Identificación Tributaria Nº33-70905593-9, que se detalla en el mencionado Anexo, fue liquidada de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias.
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó la presentación efectuada de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/09/2010 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date10/09/2010

Page count80

Edition count9414

Première édition02/01/1989

Dernière édition01/08/2024

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