Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 21 de julio de 2010

Primera Sección
en la Sede Central de este Organismo, sita en calle Suipacha 636 Piso 2º de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES, en tanto que la visita obligatoria a las instalaciones se realizaría el día 14 de ese mismo mes y año. Asimismo, se notificó a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO
U.A.P.E. y a la CAMARA DE FABRICANTES DE MUEBLES, TAPICERIA Y AFINES DE ARGENTINA
el inicio del presente procedimiento, adjuntándoles también el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES ver constancia de fs.83 a 84 y 85 a 86, respectivamente.
Que las firmas RIBEN S.A. fs.93 y LEGENDS fs.95; acreditaron haber retirado de la Sede del ENARGAS, un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regiría en esa contratación, en tanto que ZUBILLAGA, JENNIFER SUSANA NATALIA comunicó haber obtenido el mismo, del sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES ver constancias de fs.102 de autos.
Que TRAZZO S.A. fs. 96; RIBEN S.A fs. 97; MATERYN EQUIPAMIENTOS S.R.L. fs. 98;
INTEROFFICE ARGENTINA S.A. fs.99; ARGUAY S.A. fs.100 e ITARA S.R.L. fs.101 probaron haber efectuado la visita obligatoria a las instalaciones.
Que del acta de Apertura de Sobres respectiva fs.103 a 106 surge que los oferentes fueron RIBEN S.A. fs.107 a 137; ARGUAY S.A. fs.138 a 221; MATERYN EQUIPAMIENTOS S.A. fs.222
a 291; INTEROFFICE ARGENTINA S.R.L. fs.292 a 341; ITARA S.R.L. fs.342 a 412 y TRAZZO
S.A. fs.413 a 490.
Que ARGUAY S.A. fs.493 a 495 y MERCADOS TRANSPARENTES S.A. fs.496 a 498 han tomado vista de las actuaciones.
Que a fs.499 a 505 obra un CUADRO COMPARATIVO, en tanto que a fs.506 a 508 obra el análisis formal de las ofertas de fecha 28 de mayo de 2010.
Que, mediante el MEMORANDUM ACyC Nº73/2010 del 28 de mayo de 2010 fs.509, el AREA
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES informó al SECTOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS
GENERALES ambos dependientes de la GERENCIA DE ADMINISTRACION que: Del Análisis formal de las Ofertas recibidas surge que la empresa Riben S.A. no presentó copia del último Balance de Cierre de Ejercicio, este requerimiento fue expresado en el Artículo 5 Contable del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Tampoco presentó el Certificado Fiscal para contratar, el cual fuera solicitado en el Art. 6 Impositiva del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Finalmente omitió presentar copia de los Estatutos, según fuera requerido en el Artículo 7 Societaria del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. De tal manera, resulta su incumplimiento causal de desestimación de la oferta. En cuanto a la empresa Materyn Equipamientos S.R.L. no presentó copia del último Balance de Cierre de Ejercicio. Este requerimiento, fue expresado en el Artículo 5 Contable del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, resultando su incumplimiento causal de desestimación de la oferta. Las ofertas pertenecientes a las empresas Arguay S.A.; Interoffice Argentina S.A.; Itara S.R.L. y Trazzo S.A. cumplen con los requisitos formales solicitados.
Que, así las cosas, se solicitó al SECTOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES
que realice el análisis técnico, evaluando la calidad y prestación de las propuestas admisibles informando si reúnen las condiciones técnicas solicitadas en los términos de referencia.
Que a fs.510 obra una presentación de TRAZZO S.A. Actuación ENARGAS Nº12424/10 del 1º de junio de 2010 efectuando una aclaración en relación con su oferta.
Que, en respuesta al requerimiento, del AREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, el SECTOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES emitió el INFORME GA / Mantenimiento Nº22/2010 del 1 de junio de 2010 el cual obra a fs.511 a 519 de autos.
Que a fs.520 a 535 se encuentra glosado el DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS Nº40/10
del 4 de junio de 2010 en que la Comisión Evaluadora luego de efectuar un meduloso análisis de la totalidad de las constancias de autos recomendó: a declarar inadmisible la oferta de la empresa Riben S.A. por no presentar copia del último Balance de Cierre de Ejercicio, el Certificado Fiscal para contratar y copia de los Estatutos. Estos requerimientos fueron expresados en los Artículos 5 Contable, 6 Impositivo y 7 Societaria del Pliego de Bases y Condiciones Particulares b declarar inadmisible la oferta de la empresa Materyn Equipamientos S.R.L. por no presentar copia del último Balance de Cierre de Ejercicio. Este requerimiento fue expresado en el Artículo 5 Contable del Pliego de Bases y Condiciones Particulares c declarar fracasados los renglones Nº12 y 13 por considerarse que no son económicamente viables d adjudicar a la empresa Arguay S.A. los renglones Nº1, 3, 7, 9 y 14 por un importe total de $41.104,00 Pesos cuarenta y un mil ciento cuatro por ser la oferta más económica y cumplir con todos los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares e adjudicar a la empresa Trazzo S.A. los renglones Nº2, 4, 5, 6, 8 y 11 por un importe total de $18.186,00 Pesos dieciocho mil ciento ochenta y seis por ser la oferta más económica y cumplir con todos los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares f adjudicar a la empresa Interoffice Argentina S.R.L. el renglón Nº10 por un importe total de $1959,00 Pesos mil novecientos cincuenta y nueve por ser la oferta más económica y cumplir con todos los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Por último, el importe total a adjudicar ascenderá a la suma de $61.249,00 Pesos sesenta y un mil doscientos cuarenta y nueve imputándose en la partida 4.3.7.
Que finaliza este instrumento evaluativo indicando que: Conforme lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto 436/2000 impugnaciones al Dictamen de Evaluación el Expediente estará a disposición de los oferentes para su vista por el plazo de CINCO 5 días a partir de ser notificados. y que: En concordancia con los criterios de selección estipulados en el Art. 23 del Decreto Nº436/2000, una vez expirado el plazo establecido en el Art. 80 del Decreto 436/2000, y sin haber recibido observaciones ni impugnaciones por parte de los Oferentes al presente Dictamen, la autoridad competente podrá dar por aprobada la adjudicación del presente procedimiento conf art. 82 del Decreto Nº436/2000.
Que debemos recordar que la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros emitió el 23 de julio de 2004 la Circular Nº 15/2004 en la que entre otras cosas refiere a que el Dictamen de Evaluación podrá ser notificado, a elección de la Administración Pública, por correo electrónico, fax, carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno u otro medio fehaciente o mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL por el término de UN 1 día.
Que, en uso de esta facultad, el día 4 de junio de 2010 por correo electrónico se notificó a todos los oferentes el Dictamen de Evaluación de las ofertas ver constancia de fs.536 a 539.
Que, en mérito a que ha vencido el plazo de ley sin que ninguno de los oferentes hayan efectuado observaciones y/o impugnaciones al Dictamen de Evaluación, y que la compra de los elementos que constituyen el objeto del presente procedimiento, es de importancia para el desarrollo de las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, esta Autoridad Regulatoria entiende que resulta pertinente el dictado del presente Acto Aministrativo, plasmando las sugerencias indicadas en dicho instrumento evaluativo cfr. art. 82 del Decreto Nº436/2000.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº1023/01 y Decretos Nº571/07; 1646/07; 953/08;
2138/08; 616/09 y 1874/09.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.948

36

Por ello EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declarar inadmisible la oferta de la empresa RIBEN S.A. por no presentar copia del último Balance de Cierre de Ejercicio, el Certificado Fiscal para contratar y copia de los Estatutos.
Estos requerimientos fueron expresados en los Artículos 5 Contable, 6 Impositivo y 7 Societaria del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
ARTICULO 2º Declarar inadmisible la oferta de la empresa MATERYN EQUIPAMIENTOS
S.R.L., por no presentar copia del último Balance de Cierre de Ejercicio, incumpliendo de tal forma con lo requerido en el Artículo 5 Contable del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
ARTICULO 3º Declarar fracasados los renglones Nº 12 y 13 por considerarse que no son económicamente viables.
ARTICULO 4º Adjudicar a la empresa ARGUAY S.A. los renglones Nº1, 3, 7, 9 y 14 por un importe total de PESOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO CUATRO $41.104,00 por ser la oferta más económica y cumplir con todos los requisitos solicitados en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES.
ARTICULO 5º Adjudicar a la empresa TRAZZO S.A. los renglones Nº2, 4, 5, 6, 8 y 11 por un importe total de PESOS DIECIOCHO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS $ 18.186,00 por ser la oferta más económica y cumplir con todos los requisitos solicitados en el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES.
ARTICULO 6º Adjudicar a la empresa INTEROFFICE ARGENTINA S.R.L. el renglón Nº10
por un importe total de PESOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE $1959,00 por ser la oferta más económica y cumplir con todos los requisitos solicitados en el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES.
ARTICULO 7º El importe total a adjudicar ascenderá a la suma de PESOS SESENTA Y UN
MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE $ 61.249,00 imputándose en la partida 4.3.7.
ARTICULO 8º Notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO
OFICIAL y archívese. Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 21/07/2010 Nº81603/10 v. 21/07/2010

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Código Aduanero Ley 22.415
Se le hace saber al importador D AGOSTINI MARCELO GABRIEL CUIT 20-26498824-2 que en la actuación 13808-667-2007, que tramita por ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, División Secretaría de Actuación Nº3, se le imputa la presunta comisión de la infracción prevista y penada por el art. 954 incs. A y C del Código Aduanero, citándolo para que dentro de los 10 días de notificado comparezca a los efectos de evacuar defensas y ofrecer pruebas, bajo apercibimiento de rebeldía Arts. 1101 al 1105 del citado texto legal. Se le informa que en caso de debatirse o plantearse cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta Oficina Aduanera en la forma prevista en el artículo 1013 inc. g del Código Aduanero, ello conforme lo dispuesto en el artículo 1004 de la citada normativa legal. Finalmente, se le/s hace saber que si dentro del plazo para contestar la vista realiza/n el pago voluntario de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de PESOS CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO $ 111.384 se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará antecedente Arts. 930 y 932 del Código Aduanero. Asimismo se hace saber que el monto de los tributos adeudados asciende a la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 60/100 $68.958,60, intimando a su cancelación en los términos de los artículos 794 y 799 del citado texto legal. Fdo.:
Abog. EUGENIO C. OLABERRÍA, Jefe Int. Div. Secretaría de Actuación Nº3, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 21/07/2010 Nº81305/10 v. 21/07/2010

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCION REGIONAL OESTE
AGENCIA N 15
San Martín, 30/6/2010
En razón de no haber cumplimentado correctamente la presentación del formulario de solicitud de cambio de imputación de pagos F399, se pone en conocimiento a los contribuyentes detallados a continuación que se proceden a archivar las aludidas presentaciones.
BRUSATIN JORGE C.U.I.T.: 20-93481279-5.
F399 de fecha 12/4/2010 por el pago efectuado el 2009/00 imputado al impuesto-conceptosubconcepto 180-191-191 cuota 1.
Cont. Púb. GABRIELA MARA BELLEDI, Jefa Int. Agencia Nº15, Dirección Regional Oeste.
e. 16/07/2010 Nº79548/10 v. 22/07/2010

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2010 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date21/07/2010

Page count52

Edition count9393

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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