Boletín Oficial de la República Argentina del 14/05/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 14 de mayo de 2010
Por ello, EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:

ARTICULO 1º Autorízase el ingreso de OPPFILM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM, en la condición de GRAN USUARIO MAYOR GUMA, para su Planta ubicada en el Parque Industrial Pilar, Ruta Panamericana Km. 60, calle 9 esquina calle 23 de la Localidad de PILAR, Provincia de BUENOS AIRES, a partir del 1º de noviembre de 2009, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTICULO 2º Establécese que la EMPRESA DISTRIBUIDORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA EDENOR S.A. deberá prestar a la firma citada, en el punto de suministro indicado, la FUNCION
TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FTT según lo establecido en el Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución correspondiente.
ARTICULO 3º Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO OED a notificar al nuevo agente, a GENERACION MEDITERRANEA SOCIEDAD ANONIMA que celebró contrato con él y a EDENOR S.A. e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA
MEM lo resuelto en el presente acto.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
e. 14/05/2010 Nº51481/10 v. 14/05/2010

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA
MEDICA
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica notifica a la firma ARSUT S.A. los términos de la Disposición ANMAT Nº582/10, recaída en el Expediente Nº1-4715008-06-3, la cual dispone: ARTICULO 1 - Impónese a la firma ARSUT S.A. una sanción de PESOS CUARENTA MIL $ 40.000 por haber infringido el Artículo 19 inciso b de la ley 16.463, las Anexos IV puntos 1, 3, 4 y 6 y V punto 3.2 de la Resolución ex MS y AS Nº 255/94; la Disposición ANMAT Nº698/99 puntos B.1.2; B.1.5; B.1.6; B.1.7; B.1.8; B.1.9; B.2.1; B.2.2; C.1; C.3;
C.4; C.5; C.6; C.7; E.2; G.1.6; G.1.8; G.1.13; G.1.14; G.1.17; G.2.1; G.2.2; G.2.3; H.1.10; H.2.1; H.2.2;
H.2.3; H.1.3; H.2.4; H.2.5; J.2; K.1.2; M.1.1; M.1.2; M.2.1; M.3.5; 0.1; 0.2 y el Reglamento Técnico MERCOSUR Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Médicos aprobado por MERCOSUR/
GMC/RESOLUCION Nº 4/95 incorporado al ordenamiento jurídico nacional mediante Disposición ANMAT Nº191/99. ARTICULO 3º.- Hágase saber a la sumariada que podrá interponer recurso de apelación por ante la ANMAT con expresión concreta de agravios y dentro de los 3 tres días hábiles de habérsele notificado el acto administrativo conf. Art. 21 de la Ley Nº16.463, el que será resuelto por la autoridad judicial competente.
Dr. CARLOS CHIALE, Interventor, A.N.M.A.T.

e. 14/05/2010 Nº51719/10 v. 18/05/2010

MINISTERIO DE SALUD
SecretarIa de PolITicas, RegulaciOn e Institutos ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA
MEDICA
LA A.N.M.A.T. cita y emplaza por el término de tres 3 días hábiles administrativos a la firma ALFA de Carabajal María Amalia y su Director Técnico, para que comparezcan ante el Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos Jurídicos, a estar a derecho en el expediente 1-47-1110-27709-0, que se sustancia por ante esta Administración Nacional, por presunta infracción al artículo 2º de la Ley 16.463 y 3º del Decreto Nº1299/97; y conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 16463.
Haciéndoles saber que dentro de ese plazo podrán consultar las actuaciones en el horario de 10 a 13
y de 14 a 16, en la Mesa de Entradas de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la A.N.M.A.T., sita en Avda. de Mayo 869, Piso 4º, Capital Federal. Dr. CARLOS CHIALE, Interventor, A.N.M.A.T.
e. 14/05/2010 Nº51725/10 v. 18/05/2010

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano N 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: asociación mutual personal línea 10 s.a., MATRICULA b.a. 1291, EXPEDIENTE N 5473/07;
ASOCIACION MUTUAL SAN MARCELO, matrícula Tuc. 310, expediente N 1597/09; SOCIEDAD
ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS ROMA CULTURAL Y RECREATIVA, matrícula N B.A. 137, expediente N 5592/09; SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS NUEVA ROMA, matrícula N B.A. 524, expediente N 5247/09; ASOCIACION MUTUAL FERROVIARIA, matrícula N S.F. 634, expediente N 4433/09; COOPERATIVA DE TRABAJO DIOGENES TABORDA LIMITADA, matrícula N
23687, expediente N 4701/09; MUTUAL CONDUCTORES Y EMPLEADOS DE EXPRESO PARANA
S.A. LINEA 228, matrícula B.A. 1265, expediente N 1298/09; MUTUAL DEL PERSONAL DE LA
OXIGENA S.A., matrícula N C.F. 1348, expediente N 1894/09; COOPERATIVA DE CONSUMO, VIVIENDA, CREDITO Y SERVICIOS SOCIALES DEL PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL
DE FABRICACIONES MILITARES, matrícula N 11.926, expediente N 2404/09; ASOCIACION
MUTUAL DE TRABAJADORES EN FAMILIA A.M.T.F., matrícula N MZA 442, expediente N
1297/09; FONDO DE APOYO MUTUAL ENTRE ACCIONISTAS DE CLINICA CENTRO F.A.M.A.C.C., matrícula B.A. 1395, expediente N 1295/09; CLUB DE LA NACION SAN RAFAEL MENDOZA, MUTUAL, SOCIAL Y DEPORTIVO, matrícula MZA 382, expediente N 1107/09; ASOCIACION
MUTUAL DE SUBOFICIALES DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA TANDIL, matrícula B.A. 2160, expediente N 2060/09; ASOCIACION MUTUAL CABAÑAS DE CEDAR, matrícula N B.A. 2653, expediente 2063/09; ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS MUNICIPALES PROVINCIALES
Y NACIONALES DE LOMAS DE ZAMORA DON ARTURO JAURECHE, matrícula N B.A. 2538, expediente N 2061/09; ASOCIACION MUTUAL 28 DE FEBRERO, matrícula N B.A. 1799, expediente N 1645/09; ASOCIACION MUTUAL INTEGRANDO MISIONES, matrícula N MIS 68, expediente N 2042/09; MUTUAL SAN MARTIN, matrícula N B.A. 602, expediente N 1642/09; ASOCIACION
MUTUAL TRABAJADORES PORTUARIOS DE SAN NICOLAS, matrícula N B.A. 1183, expediente N 129/08; ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DEL BANCO CREDICOOP, matrícula N TUC.
184, expediente N 201/08; ASOCIACION DE SOCORROS MUTUOS UNION ITALIANA SOCIAL
Y CULTURAL DE LOBOS, matrícula N B.A. 487, expediente N 144/08; ASOCIACION MUTUAL
TERCER MILENIO, matrícula N B.A. 2196, expediente N 186/08; ASOCIACION MUTUAL PARA LA

BOLETIN OFICIAL Nº 31.904

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DIFUSION DE LAS ARTES, LAS CIENCIAS Y LA CULTURA, matrícula N B.A. 1640, expediente N
1304/09; UNION TAMBERA COOPERATIVA LIMITADA, matrícula N 637, expediente N 5326/09;
ASOCIACION MUTUAL DEL TRABAJADOR INDEPENDIENTE DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
AMUTI, matrícula N MZA 490, expediente N 677/08. Asimismo, en los expedientes que por su orden aparecen referenciados, han recaído sendas de resoluciones emanadas del Directorio de este Organismo mediante las que se ordena la instrucción de sumario administrativo, todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución 3369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de 10 DIEZ días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse Art.
1, inc. F, ap. 1 y 2 de la Ley 19.549. Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental.
Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los artículos 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley 19.549 T.O. 1991. Se hace saber a las entidades, que en caso de nos ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el art. 35, inc. d, de la Ley 20.321. FDO.: Dra.
LILIANA BORTOLOTTI, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 14/05/2010 Nº52268/10 v. 18/05/2010

COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
Buenos Aires, a los 6 días del mes mayo de 2010 El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: 1 Aplicar al abogado MARIO PABLO PERRICONI DE
MATTHAEIS T 63 F 136 la sanción de suspensión de la matrícula por el término de seis 6 meses en el ejercicio profesional de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n 20.284 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice nos Aires, a los 25 días del mes de agosto de 2009 RESUELVE: Aplicar al abogado Mario Pablo Perriconi de Matthaeis inscripto al Tomo 63 Folio 136 CAPCF la sanción de suspensión por el término de seis 6 meses en el ejercicio de la profesión art. 45 inc. d ley 23.187 Fdo.: Dr. ZENON ALEJANDRO CEBALLOS
VICEPRESIDENTE 1 A CARGO DE PRESIDENCIA SALA III - TRIBUNAL DE DISCIPLINA, Dr. JUAN
MANUEL GARAY SALA III - TRIBUNAL DE DISCIPLINA, Dr. PATRICIO ASENSIO VIVES SALA III TRIBUNAL DE DISCIPLINA y Dra. ADRIANA OLGA DONATO SALA III - TRIBUNAL DE DISCIPLINA.
La sanción se encuentra firme desde el 07.10.09, la cual ha sido consentida por el defensor de oficio designado en autos. La suspensión impuesta abarca el período que va desde el 19.11.2009
hasta el 18.05.2010 inclusive.
Fdo. GUILLERMO JESUS FANEGO, Secretario General.
e. 14/05/2010 Nº51407/10 v. 14/05/2010

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

Subsecretaria de Tecnologias de GestiOn Resolución Nº5/2010
Bs. As., 19/4/2010
VISTO el expediente Nº4991/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Decisiones Administrativas Nº477 del 16 de septiembre de 1998 y Nº1 del 12 de enero de 2000, lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto tramita la asignación del Suplemento Extraordinario por única vez, a la agente Da. Alejandra Mónica POSSETTI.
Que por la Decisión Administrativa Nº477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios; los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8º de la Decisión Administrativa Nº1/2000, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1º de la normativa citada en primer término en el Visto.
Que por el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº477/98 se estableció que excedente, de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas al fijar la retribución de los Asesores de Gabinete, podrá ser empleado a fin de designar personal, otorgándosele Unidades Retributivas o acordar, de la misma forma, el Suplemento de Gabinete o el Suplemento Extraordinario.
Que, según surge a fs.2 del expediente citado en el Visto y a fin de compensar la iniciativa y méritos en el desempeño de las funciones asignadas a Da. Alejandra Mónica POSSETTI, quien presta servicios en la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción, en carácter de personal contratado en el marco del Decreto Nº 1421/02, equiparada al Nivel B - Grado 6 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO Decreto Nº 2098/08, procede otorgarle el Suplemento Extraordinario por única vez, en la Subsecretaría mencionada precedentemente, con la asignación de las Unidades Retributivas correspondientes.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que la presente medida se dicta a tenor de lo dispuesto en el artículo 3º inciso c de la Decisión Administrativa Nº477/98.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE TECNOLOGIAS DE GESTION
DE LA SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DISPONE:
ARTICULO 1º Asígnase el Suplemento Extraordinario, a la agente Da. Alejandra Mónica POSSETTI D.N.I. Nº16.766.669, quien presta servicios en la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS
DE GESTION de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción, en carácter de personal contratado en el marco del Decreto Nº 1421/02, equiparada al Nivel B - Grado 6 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº2098/08 otorgándole por única vez una suma adicional a su remuneración equivalente a la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA 650
Unidades Retributivas, pertenecientes a la Subsecretaría mencionada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/05/2010 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date14/05/2010

Page count44

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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