Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 14 de abril de 2010
TROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS $45.454.545,45, correspondiente a la cuota OCHO 8 del adelanto del mínimo anual garantizado a favor de la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, de acuerdo a lo estipulado en el contrato suscripto con fecha 20 de agosto de 2009 entre la citada Asociación y la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 2º Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º se imputará con cargo a las partidas de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Amado Boudou.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar

MINISTERIO DE INDUSTRIA
Y TURISMO
Decisión Administrativa 173/2010
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº1421/02
en la Unidad Ministro.

Bs. As., 8/4/2010
VISTO el Expediente NºS01:0330988/2009 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA
Y TURISMO, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, el Decreto Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009
y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación del señor Don Daniel Marcelo STEFANONI M.I. Nº21.924.219, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, de acuerdo a lo solicitado por la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Anexo al Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, en su Artículo 14 establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SI.N.E.P..
Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que el antecedente curricular de la persona mencionada en el primer considerando, acredita acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente, corresponde exceptuarlo, de los requisitos mínimos para el acceso a cada nivel escalafonario establecidos en el Artículo 14 del Anexo al Decreto Nº2098/08 al solo efecto de posibilitar su contratación, de acuerdo a lo solicitado por la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.
Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº1421/02 y la Resolución Nº48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y su modificatoria, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contratación para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la Resolución Nº48/02
de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y su modificatoria y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28
de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7º del Decreto Nº1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y sus modificaciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase al MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y TURISMO para contratar por el período comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 31 de diciembre de 2009, al señor Don Daniel Marcelo STEFANONI M.I.
Nº 21.924.219, con carácter de excepción al punto II del inciso c del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel E - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, al solo efecto de posibilitar su contratación, destinado a la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y TURISMO.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Débora A. Giorgi.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.882

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MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
Decisión Administrativa 171/2010
Convalídase una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº1184/01 en la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.

Bs. As., 8/4/2010
VISTO el Expediente NºS01:0394069/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, la Ley Nº26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008, 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y sus modificaciones, y la Decisión Administrativa Nº2 de fecha 9 de enero de 2009, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la convalidación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que con DOS 2 hojas forma parte integrante de la presente medida, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, destinada a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
INDUSTRIA Y TURISMO.
Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y TURISMO, y dada la multiplicidad de sus funciones propias, resulta imprescindible aprobar la convalidación de la contratación mencionada en el considerando precedente.
Que la persona indicada en el Anexo que con DOS 2 hojas, integra la presente medida, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15
de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS $5.700.
Que en la convalidación de la contratación de la persona nombrada en el primer considerando, se configuran los supuestos previstos en el considerando precedentemente expuesto, por lo que corresponde al suscripto disponer de su aprobación.
Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente decisión administrativa se efectuó con los créditos del presupuesto del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, aprobado por la Ley Nº26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº2 de fecha 9
de enero de 2009, de conformidad con lo indicado en el Anexo integrante de la presente medida.
Que la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº577/03
y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Convalídase la contratación de la persona indicada en el Anexo que con DOS
2 hojas, forma parte integrante de la presente medida, destinada a la SUBSECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA
Y TURISMO, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que en su caso se indica.
Art. 2º El gasto que demandó el cumplimiento de la presente decisión administrativa fue atendido con cargo a los créditos del presupuesto correspondiente al Ejercicio 2009, de conformidad con lo indicado en el Anexo que, con DOS 2 hojas, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Débora A. Giorgi.
ANEXO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2010 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date14/04/2010

Page count40

Edition count9396

Première édition02/01/1989

Dernière édition14/07/2024

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