Boletín Oficial de la República Argentina del 24/11/2009 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Martes 24 de noviembre de 2009
Nº
Expediente
BOLETIN OFICIAL Nº 31.787
Productor de Trigo
Razón Social Molino Causante
CUIT
Razón Social
Monto
CBU
20
Localidad
EXP-JAUKE:747865010/2009
MOLINOS FLORENCIA S A
20-07643884-7
VASCHETTI JUAN MANUEL
020039080100000005227-9
303.868,22
43.860,00
Del Campillo-Cba.
Total
1.995.540,59
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13, 15, 17, 19, 21, 23, 25, 27, 29, 31, 33, 35, 37, 39, 41, 43, 45, 47, 49, 51, 53, 55, 57, 59, 61, 63, 65, 67, 69, 71, 73, 75, 77, 79, 81, 83, 85, 87, 89, 91, 93 y 95.
PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
Resolución 186/2009
Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 98.
Autorízase el pago de compensaciones.
Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de productores de trigo.
Bs. As., 18/11/2009
VISTO el Expediente NºS01:0358496/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por Resolución Nº2242 de fecha 6 de marzo de 2009, modificada por las Resoluciones Nros. 3436 de fecha 23 de de abril de 2009 y, 4724 de fecha 1 de junio de 2009, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno.
Que asimismo dispuso la derogación de la Resolución Nº 378 de fecha 17 de enero de 2007 y sus modificatorias de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, por la que se establecía el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION.
Que por Resolución Nº3252 de fecha 14 de abril de 2009 de mencionada Oficina Nacional se estableció el plazo durante el cual los productores de trigo, molinos de trigo y usuarios de molienda pudieran presentar las solicitudes de compensación al amparo de la citada Resolución Nº378/07 y sus modificatorias.
Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los productores de trigo, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el anexo que forma parte de la presente resolución.
Que dichas solicitudes han ingresado dentro del plazo previsto en el Artículo Nº 1 de la mencionada Resolución Nº3252/09.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº378/07 y sus modificatorias.
Nº
CUIT/CUIL
EMPRESA
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 98, que no han merecido observaciones.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 16 del Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y 3252 de fecha 14 de abril de 2009, de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores de trigo que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES CON
SEIS CENTAVOS $398.143,06 por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y TRES
CON SEIS CENTAVOS $ 398.143,06.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.
ANEXO
CBU
Expediente
Monto
Localidad
1
3
4
5
6
23-16388405-4
23-10093507-4
23-05884627-9
20-04969556-0
20-04977983-7
ABUD SARA ADELAIDA
ARTOLA AIDA TERESITA
BALDO NESTOR NICOLAS
BENVENUTO ABEL JUAN
BERENGUEL HORACIO ALDO
007009792000000126496-8
007010023000400458533-1
386002180100000056680-2
014030130166620140445-7
011030982003091003632-5
NOTA-JAUKE:27096462191/2009
EXP-JAUKE:28881216380/2009
EXP-JAUKE:27921578314/2009
EXP-JAUKE:29909017518/2009
EXP-JAUKE:28544156333/2009
207,82
634,70
711,14
809,20
613,70
Agustina Bs. As Chacabuco Bs.As Gualeguay Entre Ríos Junín Bs.As Agustina Bs. As Villa del Rosario Córdoba Villa del Rosario Córdoba Colazo Córdoba Chacabuco Bs.As Ciudad Autónoma de Bs.As Villa del Rosario Córdoba Ciudad Autónoma de Bs.As Chacabuco Bs.As Ciudad Autónoma de Bs.As Ascención Bs.As Fortín Tiburcio Bs.As Fortín Tiburcio Bs.As Junín Bs.As Arribeños Bs.As 9 de Julio Bs.As Junín Bs.As Chacabuco Bs.As
7
20-17440379-2
BORGNA HUGO ISMAEL
011055682005561073897-9
NOTA-JAUKE:29943711473/2009
11.560,00
8
9
10
20-26426353-1
20-06411770-0
30-70820045-6
BORGNA MARIO RUBEN PABLO
BORGOGNO ILVIO MIGUEL
CLAMAGRO SRL
011055683005560334769-7
020042080100000000178-3
011022792002270019067-2
NOTA-JAUKE:29944850033/2009
NOTA-JAUKE:29960991985/2009
NOTA-JAUKE:29971588201/2009
11.564,34
6.079,93
13.262,63
11
20-18765233-3
CRIMELLA EDUARDO
007010192000000158603-5
EXP-JAUKE:29888367654/2009
51.738,03
12
20-16612782-4
CROSETTO SERGIO JUAN DOMINGO
285037813000006257197-2
EXP-JAUKE:29941548040/2009
33.620,61
13
14
30-56968767-1
30-70790987-7
DON PANCHO DE PRINGLES S.A.
285050603009400585164-1
EL CAMPITO S DE H DE LASTRA VICTOR DANIEL Y APRILE LILIANA C 011022794002270732241-2
NOTA-JAUKE:29710329856/2009
NOTA-JAUKE:28580552031/2009
24.086,38
5.890,50
15
16
17
18
19
20
21
22
23
33-64338323-9
20-04972326-2
30-70808597-5
20-04961847-7
20-25187161-3
27-21636668-4
27-23215911-7
20-04969655-9
30-70978661-6
014035250168470080572-4
014043200166020112493-7
014043200166020110466-9
014043200366020023094-3
015083980200010068832-8
191028925502890031531-4
014033890164780503226-6
011030982003091002314-1
007010023000975012501-7
EXP-JAUKE:29518552404/2009
EXP-JAUKE:27094316387/2009
EXP-JAUKE:28547786470/2009
EXP-JAUKE:29908629738/2009
EXP-JAUKE:28551296229/2009
EXP-JAUKE:28955259462/2009
EXP-JAUKE:29778926751/2009
EXP-JAUKE:28545561871/2009
NOTA-JAUKE:29693113893/2009
4.942,92
2.304,49
3.589,78
2.147,10
1.765,75
7.207,97
14.567,94
9.256,50
3.213,00
24
30-62684220-4
EL CUÑA S A
FERRUCCI LEO ANTONIO
FIGGINI HUGO, FIGGINI JUAN CARLOS Y FIGGINI ROBERTO S.H.
FIGGINI LUIS DIONISIO
FREDERKING GUSTAVO
FULCHERI BETTINA
GHERGO SILVINA ESTER
GURUCEAGA MIGUEL ANGEL
LA MARISITA S.A.
LAGOMARSINO JUAN HECTOR LAGOMARSINO ROQUE Y LAGOMARSINO OMAR
011030982003091240635-9
EXP-JAUKE:27092661432/2009
37.408,93 Junín Bs.As