Boletín Oficial de la República Argentina del 11/08/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 11 de agosto de 2009
Por ello, EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE

ARTICULO 1º Declarar fracasado el Concurso Privado Nº03/2009 en los términos del art. 61
del Decreto 436/2000 y el Artículo 12 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
que rige en este procedimiento de contratación.
ARTICULO 2º Notifíquese al oferente, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 11/08/2009 Nº65749/09 v. 11/08/2009

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución Nº813/2009
Bs. As., 30/7/2009
VISTO el Expediente Nº 9777 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 en la Resolución ENARGAS
NºI/351 del 1º de agosto de 2008 y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita la continuidad del alquiler del local sito en calle Belgrano 321 de la Ciudad de BAHIA BLANCA, donde funciona actualmente la sede de la AGENCIA
REGIONAL BAHIA BLANCA de este Organismo.
Que como se recordará, por Resolución ENARGAS Nº3460 del 21 de marzo de 2006 fs.161 a 165 este Organismo decidió: Adjudicar la Contratación Directa Nº100/2005 a los Sres. SANTIAGO
JULIO DOINY CABRE, PEDRO CRISTOBAL DOINY CABRE, JUAN EMILIO DOINY CABRE y MARIA
SARA DOLORES DOINY CABRE, propietarios del inmueble ubicado en la calle Belgrano 321, en la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, puesto que el local en cuestión reúne las condiciones edilicias de habitabilidad para el emplazamiento de la futura Agencia Regional en esa Ciudad, su ubicación permite el fácil acceso del usuario y que el costo mensual para un edificio de sus características resulta razonable. art. 1º.
Que asimismo se instruyó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que: arbitre los medios a fin de que se materialice la suscripción del Contrato de Alquiler de Oficinas de conformidad al modelo obrante a fs.86 a 90 de autos, dejando debidamente aclarado que la firma del mismo y la correspondiente facturación será realizada por el Señor OSCAR JOSE INFANTE, según Poder General de Administración que le fuera otorgado por los propietarios mediante Actuación Notarial del 28 de diciembre de 2005..
Que ese decisorio fue notificado a todos los interesados mediante la NOTA ENRG/SD Nº1646
del 27 de marzo de 2006 fs.166 a 170, sin que nadie interpusiera recurso alguno motivo por el cual ha quedado firme y consentido.
Que el contrato de locación en cuestión comenzó a regir el día 1 de marzo del año 2006, operando su vencimiento, con prórrogas incluidas, el día 28 de febrero de 2009.
Que con el objeto lograr una mejor comprensión de las tramitaciones efectuadas, la Comisión Evaluadora elaboró el DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS Nº33/09 del 7 de julio de 2009 fs.
325 a 334, mediante el cual realiza un meduloso análisis de las constancias de autos.
Que en dicho instrumento se indicó que el 22 de mayo de 2009 se receptó el Memorándum ABB Nº107/09 fs. 303, mediante el cual la AGENCIA REGIONAL BAHIA BLANCA remite notas presentadas por el Sr. OSCAR JOSE INFANTE inmobiliaria interviniente cotizando los valores para la renovación del contrato de locación del local Actuación ENARGAS Nº11.570/09 de fs.304 y por el nuevo propietario del local, Sr. MARCELO CONTE GRAND, quien también suscribe los valores y condiciones para la misma renovación fs.305.
Que en las mismas se expresan los valores pretendidos para la renovación del contrato de locación del local en cuestión.
Que así las cosas, se indica que EI precio solicitado por este inmueble es de $2.600.-PESOS
DOS MIL SEISCIENTOS mensuales para el primer año y $ 3.000.- PESOS TRES MIL para el segundo año y para el caso de que ENARGAS decida permanecer un tercer año, el alquiler será $3.600.- PESOS TRES MIL SEISCIENTOS lo que incluye el alquiler, tasas e impuestos municipales y provinciales, quedando a cargo del locatario los servicios luz, gas, teléfono, el IVA en caso de corresponder y las expensas ordinarias que incluyen el consumo de agua.- prosigue indicando que El alquiler será renovado por un período de 24 meses contados a partir del 1 de marzo de 2009, venciendo en consecuencia el 28 de febrero de 2011, fecha a partir de la cual LA LOCATARIA tendrá derecho a optar por prorrogar el contrato que se realice por el término de doce 12 meses.
Que asimismo, se informa que la intervención inmobiliaria correspondiente al Señor OSCAR
JOSE INFANTE, ascenderá a la suma de $ 3.312 emitiendo la factura a nombre de OSCAR
JOSE INFANTE, CUIT NUMERO 20-10158254-0.
Que en el instrumento evaluativo antes mencionado también se indica que la AGENCIA
REGIONAL BAHIA BLANCA, tomó contacto con el Martillero Público Colegiado Dn. JORGE
ALBERTO GARBER de la INMOBILIARIA CIMIENTOS de esa ciudad, requiriendo la emisión de un informe de tasación a partir de la visita al local para constatar in situ las condiciones edilicias y de ubicación del inmueble en cuestión.
Que este informe, elaborado por un perito tasador independiente, cumple con el objeto de evaluar la razonabilidad de las pretensiones esgrimidas por el propietario para la renovación del contrato de locación, estableciendo, a partir de ello, un precio de referencia.
Que el Martillero Público Colegiado Dn. JORGE ALBERTO GARBER emitió su informe en fecha 19 de junio de 2009, informando que se constituyó en el inmueble sito en la calle Belgrano 321
observando que local comercial en planta baja a la calle, con oficina de atención al público, un privado, cocina y baños de personal, aproximadamente de unos 110 m2 que se encuentra situado en el sector de la ciudad, denominado Micro centro, sobre calle de alto tránsito vehicular y peatonal
BOLETIN OFICIAL Nº 31.713

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en cuanto a las observaciones informa que EI inmueble de referencia se encuentra en estado de aptitud para la locación y que por lo tanto y de acuerdo a lo anteriormente expuesto, considero que la misma, por sus características, medidas, linderos, superficie, estado de conservación y mantenimiento, tiene un VALOR LOCATIVO estimado para la actual plaza inmobiliaria, tomando como referencia al primer año de contrato, de Pesos Dos Mil Quinientos a Pesos Dos Mil Setecientos $2.500/$2.700.
Que corresponde remarcar que el documento se encuentra debidamente legalizado por ante el COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DEPARTAMENTO JUDICIAL DE LA
CIUDAD DE BAHIA BLANCA, obrando esto a fojas 309 a 310 del Expte. ENARGAS Nº9777.
Que posteriormente, la Comisión Evaluadora propuso la suscripción de un nuevo contrato de locación, entre el Señor MARCELO CONTE GRAND y el ENARGAS, con una vigencia desde el 1 de marzo de 2009. El mismo tendrá una duración de veinticuatro 24 meses, con opción de prorrogar por otro período de doce 12 meses en las sumas enumeradas en párrafos precedentes, basando la misma en que el ENARGAS, a pesar del cambio de titularidad del inmueble, ha establecido una relación comercial estable y razonable en cuanto a las condiciones comerciales y económicas del contrato; asimismo también resultan escasas las ofertas de inmuebles disponibles en el ejido de la Ciudad de BAHIA BLANCA que puedan satisfacer las necesidades del Organismo en cuanto a disponibilidad inmediata y valores acordes.
Que asimismo sostuvo que como ocurre con otros inmuebles locados por el ENARGAS, deben evaluarse las inversiones agregadas al inmueble, tales como readecuación de instalación eléctrica y de sistemas, cableado telefónico, construcción de cerramientos, instalación de equipo de aire acondicionado, compra de mobiliario acorde al espacio, construcción de cartel según medidas de fachada del edificio, etc.
Que así, el alquiler de otro inmueble distinto al ocupado en la actualidad implica la pérdida de esas inversiones, erogaciones ante una hipotética mudanza y la interrupción por varios días de la atención al público. Este tiempo podría variar de acuerdo a las readecuaciones que debieran realizarse a la nueva unidad a locar.
Que por último, indica que no se puede soslayar la importancia que reviste un hipotético traslado del domicilio de la AGENCIA REGIONAL BAHIA BLANCA ya que ésta ha logrado una importante inserción en la región por ella regulada; también un cambio de domicilio conlleva una importante estrategia de comunicación del nuevo domicilio que evite trastornos a los señores usuarios y empresas del sector.
Que asimismo recalca que el Señor MARCELO CONTE GRAND ha tomado conocimiento de los términos incluidos en las Cláusulas del proyecto de contrato a suscribir. En fecha 7 de julio de 2009, manifiesta su acuerdo con el contrato de locación pro forma fs.311 a 324.
Que también se pone de manifiesto que el AREA DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD ha tomado la intervención que le compete informando sobre la existencia de Crédito para afrontar el gasto desde los meses de marzo a diciembre de 2009 y que la diferencia resultante será contemplada en el Presupuesto 2010.
Que finaliza este instrumento evaluativo recomendando: a adjudicar de la Contratación Directa Nº34/09 a favor del Señor MARCELO CONTE GRAND, propietario del inmueble sito en calle Belgrano Nº321 de la Ciudad de BAHIA BLANCA, por resultar su oferta la más conveniente a las necesidades de este Organismo. El monto mensual se establece en PESOS DOS MIL SEISCIENTOS $2.600
mensuales para el primer año; de PESOS TRES MIL $3.000 para el segundo año y, de optar por la prórroga, de Pesos TRES MIL SEISCIENTOS $3.600 para el tercer año. Estos valores incluyen el alquiler, tasas e impuestos municipales y provinciales, quedando a cargo del ENARGAS el pago de los servicios de luz, gas, teléfono y las expensas ordinarias que incluyen el consumo de agua; b reconocer honorarios que corresponden a la Inmobiliaria representada por el Señor OSCAR JOSE
INFANTE por la suma final de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS DOCE $ 3.312 c aprobar el modelo de contrato de locación a suscribir, el cual forma parte del presente dictamen y cuya vigencia será a partir del 1 de marzo de 2009.
Que asimismo, es de hacer notar que el propietario del inmueble en cuestión, ha tomado conocimiento del proyecto de Contrato de Locación, y prestó su conformidad mediante su firma en los proyectos que se le remitieran.
Que analizada la totalidad de las constancias de autos, esta Autoridad entiende que se encuentran suficientemente acreditadas las circunstancias de oportunidad, mérito y conveniencia que tornan aconsejables la implementación del procedimiento de Contratación Directa Nº34/09 a favor del propietario del inmueble sito en calle Belgrano Nº321 de la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES bajo las condiciones y particularidades indicadas en el DICTAMEN DE
EVALUACION ENARGAS Nº33/09.
Que por su parte, analizado el modelo de contrato de alquiler no se advierten apartamientos a la normativa vigente en la materia, por lo que también se considera que debe ser suscripto.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº1023/01 y Decretos Nº571/07; 1646/07, 953/2008;
2138/08 y 616/09.
Por ello, EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Adjudicar la Contratación Directa Nº34/2009 al Sr. MARCELO CONTE GRAND, propietario del inmueble sito en calle Belgrano Nº321 de la Ciudad de BAHIA BLANCA, por resultar su oferta la más conveniente a las necesidades de este Organismo. Ello así, bajo las condiciones y particularidades indicadas en las conclusiones del DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS
Nº33/09.
ARTICULO 2º Aprobar el contrato de alquiler cuyo modelo obra como Anexo de la presente.
ARTICULO 3º Reconocer los honorarios que corresponden al Señor OSCAR JOSE INFANTE
por la suma final de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS DOCE $3.312.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/08/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date11/08/2009

Page count64

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

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