Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 8 de mayo de 2009

Primera Sección

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

BOLETIN OFICIAL Nº 31.649

GORIA VICTOR DANIEL CUIT 20-13348913-5

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

BAJA DEL REGISTRO FISCAL DE IMPRENTAS

DIRECCION REGIONAL OESTE

Resolución Nº28/2009

AGENCIA Nº54
Resolución Nº22/2009
San Justo, 14/4/2009
Mediante la presente esta Administración Federal de Ingresos Públicos comunica la baja del Registro Fiscal de Imprentas según resolución administrativa Nº022/2009 de fecha 12/03/2009
en el marco de la Resolución General Nº100 sus modificatorias y complementarias.
Cabe indicar que de las verificaciones efectuadas por este organismo se ha constatado la improcedencia de la permanencia en el Registro mencionado en el párrafo anterior, en virtud de no reunir los requisitos del Art. 4 de la RG 100: falta de presentación de DDJJ en los impuestos a las Ganancias, al Valor Agregado, baja RNSS autónomos y domicilio fiscal inexistente.
Finalmente, resulta necesario aclarar que se encuentra habilitada en el caso que nos ocupa, la vía recursiva prevista en el artículo 74 del Decreto 1397/79, reglamentario de la Ley de Procedimiento Fiscal, que podrá articularse dentro del plazo de QUINCE 15 días hábiles administrativos contados a partir del día inmediato siguiente, inclusive, a la fecha de notificación de la presente.
SCARDIA MARIANO MARTIN CUIT 20-23672718-2
BAJA DEL REGISTRO FISCAL DE IMPRENTAS
Resolución Nº22/2009
Cont. Púb. SERGIO EDGARDO MEDINA, Jefe Int., Agencia Nº 54, Direccional Regional Oeste.
e. 04/05/2009 Nº36638/09 v. 08/05/2009

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCION REGIONAL OESTE
AGENCIA Nº54
Resolución Nº23/2009
San Justo, 14/4/2009
Mediante la presente esta Administración Federal de Ingresos Públicos comunica la baja del Registro Fiscal de Imprentas según resolución administrativa Nº023/2009 de fecha 12/03/2009
en el marco de la Resolución General Nº100 sus modificatorias y complementarias.
Cabe indicar que de las verificaciones efectuadas por este organismo se ha constatado la improcedencia de la permanencia en el Registro mencionado en el párrafo anterior, en virtud de no reunir los requisitos del Art. 4 de la RG 100: falta de presentación de DDJJ en los impuestos a las Ganancias, al Valor Agregado, baja RNSS autónomos y domicilio fiscal inexistente.
Finalmente, resulta necesario aclarar que se encuentra habilitada en el caso que nos ocupa, la vía recursiva prevista en el artículo 74 del Decreto 1397/79, reglamentario de la Ley de Procedimiento Fiscal, que podrá articularse dentro del plazo de QUINCE 15 días hábiles administrativos contados a partir del día inmediato siguiente, inclusive, a la fecha de notificación de la presente.
PIÑERA MARTIN CUIT 20-24663058-6
BAJA DEL REGISTRO FISCAL DE IMPRENTAS
Resolución Nº23/2009
Cont. Púb. SERGIO EDGARDO MEDINA, Jefe Int., Agencia Nº 54, Direccional Regional Oeste.
e. 04/05/2009 Nº36639/09 v. 08/05/2009

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCION REGIONAL OESTE
AGENCIA Nº54
Resolución Nº28/2009
San Justo, 14/4/2009
Mediante la presente esta Administración Federal de Ingresos Públicos comunica la baja del Registro Fiscal de Imprentas según resolución administrativa Nº028/2009 de fecha 12/03/2009
en el marco de la Resolución General Nº100 sus modificatorias y complementarias.
Cabe indicar que de las verificaciones efectuadas por este organismo se ha constatado la improcedencia de la permanencia en el Registro mencionado en el párrafo anterior, en virtud de no reunir los requisitos del Art. 4 de la RG 100: falta de presentación de DDJJ en los impuestos a las Ganancias, al Valor Agregado, baja RNSS autónomos y domicilio fiscal inexistente.
Finalmente, resulta necesario aclarar que se encuentra habilitada en el caso que nos ocupa, la vía recursiva prevista en el artículo 74 del Decreto 1397/79, reglamentario de la Ley de Procedimiento Fiscal, que podrá articularse dentro del plazo de QUINCE 15 días hábiles administrativos contados a partir del día inmediato siguiente, inclusive, a la fecha de notificación de la presente.

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Cont. Púb. SERGIO EDGARDO MEDINA, Jefe Int., Agencia Nº 54, Direccional Regional Oeste.
e. 04/05/2009 Nº36641/09 v. 08/05/2009

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resoluciones Nros. 879; 880; 883; 887; 891; 892; 894; 895; 896; 900; 925; 928; 929;
930; 931; 932; 933; 934; 936; 937; 938; 939; 940; 941; 942; 953; y 954/09-INAES, dispuso RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE TRABAJO VIVIENDA Y CONSUMO LTDA. EL QUEBRACHO, mat. 12.927;
COOPERATIVA DE TRABAJO, VIVIENDA Y CONSUMO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON
LTDA., mat. 14.765; COOPERATIVA DE TRABAJO PROSEMAT LTDA., mat. 21.090; COOPERATIVA DE TRABAJO DE SERVICIOS PUBLICOS, VIVIENDA Y CONSUMO AGUAS DEL
CHACO LTDA., mat. 15.255; COOPERATIVA DE INDUSTRIALIZACION Y COMERCIALIZACION EL PUENTE LTDA., mat. 17.380; COOPERATIVA DE TRABAJO LA GRANJA
LTDA., mat. 17.046; COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO COTRASOL LTDA., mat.
22.253; COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS, CONSUMO, CREDITO Y VIVIENDA
AVANZAR LTDA., mat. 16.564; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO BARRIO MARIANO MORENO LTDA., mat.16.952; COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO
EL NUEVO MILENIO LTDA., mat. 22.252; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO, CONSUMO Y SERVICIOS ASISTENCIALES Y DE TURISMO MEGA LTDA., mat. 22.142; COOPERATIVA DE TRABAJO, VIVIENDA Y CONSUMO FERROVIARIOS CHAQUEÑOS LTDA., mat. 18.004; COOPERATIVA DE TRABAJO UNION DE TRABAJADORES FRATERNALES
LTDA., mat. 19.821; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA ARTESANOS
CRISOL LTDA., mat. 18.239; COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA. GEPPETO, mat. 20.736;
COOPERATIVA DE TRABAJO TECNO LTDA., mat. 17.984; COOPERATIVA DE VIVIENDA
Y CONSUMO BARRIO FACUNDO LTDA., mat. 19.833; COOPERATIVA DEL NOROESTE
LTDA. AGROPECUARIA, GRANJERA, DE VIVIENDA, CONSUMO, CREDITO SERVICIOS
SOCIALES Y TURISMO, mat. 22.807; COPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO MILENIO
LTDA., mat. 20.960; COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO MULTISYS LTDA., mat.
19.862; COOPERATIVA DE CONSUMO, CREDITO, VIVIENDA Y SERVICIOS LA MISION
LTDA., mat. 20.707; COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO NAAQUITAA LTDA., mat.
17.548; COOPERATIVA DE TRABAJO LA AMISTAD LTDA., mat. 17.350; COOPERATIVA
DE CREDITO Y CONSUMO DEL PERSONAL DE GOBERNACION LTDA., mat. 9.890; COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO DECORAR LTDA., mat. 17.453; COOPERATIVA DE
PROVISION DE SERVICIOS PARA REMISSES CRISTAL LTDA., mat. 16.841; y CATAN
COOPERATIVA LTDA. DE TRABAJO, CONSUMO, CREDITO Y VIVIENDA, mat. 13.314. Las entidades mencionadas precedentemente tienen domicilio legal en Resistencia, depto. San Fernando. Por Resoluciones Nros. 881; 882; 884; 885; 886; 888; 893; 897; 898; 899; 926;
927; 935; 943; 944; 956; 959; 960; y 980/09-INAES a las entidades que se mencionan a continuación: COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y CREDITO CHACO CRE.VI.CO
LTDA., mat. 19.351, con domicilio legal en la ciudad de Villa Angela, depto. Mayor Luis Jorge Fontana; COOPERATIVA TAMBERA LTDA. CABEZA DE TIGRE, mat. 4.543, con domicilio legal en Campo el Tigre, partido Fray Justo Santa María de Oro; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA TRANSPORTISTAS BELEN LTDA., mat.18.622, con domicilio legal en la localidad de Margarita Belén, depto. 1º de Mayo; COOPERATIVA MADERERA DE
PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE MACHAGAI LTDA., mat. 17.502, con domicilio legal en Machagai, depto. 25 de Mayo; COOPERATIVA DE TRABAJO AMERICA LTDA., mat. 19.955, con domicilio legal en Fontana, depto. San Femando; COOPERATIVA DE TRABAJO Y VIVIENDA DE LOS PESCADORES DE PUERTO VILELAS LTDA., mat. 16.701, con domicilio legal en Puerto Vilelas, depto. San Fernando; COOPERATIVA EL ZAPALLAR DE
VIVIENDA, CREDITO, CONSUMO Y PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS LTDA., mat.
10.421, con domicilio legal en la localidad de General San Martín, depto. Libertador General San Martín; COOPERATIVA DE TRABAJO CUAR LTDA., mat. 21.339, con domicilio legal en la ciudad de Puerto Tiró, depto. San Fernando; COOPERATIVA DE COMERCIALIZACION, GRANJERA, AGRICOLA, APICOLA Y DE VIVIENDA IGUI PORA LTDA., mat.18.708, con domicilio legal en Presidencia de La Plaza, depto. del mismo nombre; COOPERATIVA
DE PROVISION DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS Y VIVIENDA MIRAFLORES LTDA., mat. 18.547, con domicilio legal en la localidad de Miraflores, depto.
de General Gemes; COOPERATIVA DE CREDITO COOP NET LTDA., mat. 17.896, con domicilio legal en la ciudad de Resistencia; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS RESISTENCIA LTDA. C.O.T.A.P. RESISTENCIA LTDA., mat. 4.584, con domicilio legal en Resistencia; COOPERATIVA DE
TRABAJO CHACO NORTE ARGENTINO LTDA., mat. 17.804, con domicilio legal en Resistencia; COOPERATIVA DE TRABAJO LA AURORA LTDA., mat. 20.846, con domicilio legal en General San Martín; COOPERATIVA DE TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION
LA LEONESA LTDA., mat. 17.399, con domicilio legal en La Leonesa, depto. Bermejo;
COOPERATIVA DE TRABAJO EL ALGARROBO LTDA., mat. 17.156, con domicilio legal en Resistencia; COOPERATIVA AGRICOLA DE ABORIGENES LOTE 71 CAMPO MEDINA
LTDA., mat. 18.438, con domicilio legal en Pampa del Indio, depto. General San Martín;
COOPERATIVA FRUTIHORTICOLA EL GAUCHITO LTDA., mat. 17.392, con domicilio legal en Resistencia; y COOPERATIVA DE TRABAJO, CONSUMO Y VIVIENDA LA ELISA LTDA., mat. 16.981, con domicilio legal en Colonia Elisa, Cabecera del depto. Sargento Cabral. Y
por Resoluciones Nros. 875; 955; 957; 958; y 961/09-INAES a las siguientes: COOPERATIVA BANCARIA LTDA. DE VIVIENDA, CONSUMO, CREDITO Y PROVISION DE SERVICIOS
PUBLICOS, mat. 10.418; COOPERATIVA ALPA NOR DE PROVISION, TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION LTDA., mat. 17.593; COOPERATIVA DE TRABAJO SERVICIOS MEDICOS ROQUE SAENZ PEÑA LTDA., mat. 15.537; COOPERATIVA AGRICOLA
BETEL LTDA., mat. 18.582; y COOPERATIVA DE TRABAJO FERRONORTE LTDA., mat.
17.756. Estas últimas entidades tienen domicilio legal en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, depto. Comandante Fernández. Todas las entidades mencionadas pertenecen a la provincia del Chaco. Contra la medida dispuesta Art. 40, Dto. Nº1759/72 t.o. 1991 son oponibles los siguientes recursos: REVISION Artículo 22, inciso a 10 días y Artículo 22, incisos b, c y d 30 días Ley Nº 19.549. RECONSIDERACION Artículo 84, Decreto Nº1759/72 t.o. 1991 10 días. JERARQUICO Artículo 89, Decreto Nº1759/72
t.o. 1991 15 días Y ACLARATORIA Artículo 102, Decreto Nº1759/72 t.o.1991 5
días. Asimismo en razón de la distancia se les concede un plazo ampliatorio de CINCO
5 días. Quedan debidamente notificadas.
OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.
e. 07/05/2009 Nº38407/09 v. 11/05/2009

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date08/05/2009

Page count40

Edition count9416

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/08/2024

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