Boletín Oficial de la República Argentina del 26/03/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 26 de marzo de 2009

BOLETIN OFICIAL Nº 31.622

16

al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

y que se encuentran detallados en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente medida.

Que por la Resolución Nº40 de fecha 25 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO, a incluir a la cadena láctea dentro de los mecanismos establecidos por la mencionada Resolución Nº 9/07, así como a determinar la compensación al consumo interno de esta cadena.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que por medio de la Resolución Nº169 de fecha 18 de julio de 2008 del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se creó un mecanismo destinado a otorgar aportes no reintegrables a los productores tamberos que se encuentren inscriptos en el Registro creado por el Artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº39 y Nº9 de fecha 9 de marzo de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, respectivamente, que produzcan hasta DOCE MIL 12.000
litros de leche promedio diario, por unidad productiva para cada uno de los meses de junio, julio y agosto de 2008.
Que el aporte consistirá en la suma de PESOS CERO CON CIENTO DOS MILESIMOS
$0,102 por litro de leche fluida producida sin procesar, con destino a su industrialización.
Que se pagará a los beneficiarios mencionados en el Artículo 2º de la citada Resolución Nº169/08 por cada litro producido, hasta alcanzar la cantidad de SEIS MIL 6000 litros de promedio diario durante los meses de junio, julio y agosto de 2008. Dicho promedio se calculará para cada uno de los meses referenciados en forma individual.
Que la distribución de los importes resultantes de la aplicación de la presente medida, se efectuará a los productores tamberos a través de las industrias lácteas a las que proveen, siendo responsabilidad de éstas proceder a su pago conjuntamente con la liquidación del mes correspondiente, con excepción del aporte correspondiente a leche producida en el mes de junio de 2008, que se concretará con la liquidación de pago y del aporte correspondientes al mes de julio de 2008.
Que resultan beneficiarios los productores tamberos que posean sus explotaciones radicadas dentro del territorio nacional que, entre otros recaudos, presenten sus datos de producción ante los operadores lácteos a los cuales remite leche bovina fluida sin procesar destinada a la industrialización.
Que a través de los industriales lácteos que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, en carácter de operadores lácteos inscriptos ante la citada Oficina Nacional, cuyos Nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se encuentran discriminados en el mismo, presentaron la documentación prevista en la Resolución Nº 2.409 de fecha 29 de julio de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos Nombres o Razón Social y Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. se detalla en el Anexo II que forma parte de la presente resolución, correspondientes al mes de julio de 2008.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 169 de fecha 18 de julio de 2008, todas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y 2409 de fecha 29 de julio de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL
COMERCIAL AGROPECUARIO.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse los aportes no reintegrables a los productores tamberos que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida, por el monto total de PESOS
DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TREINTA Y CINCO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS
$278.035,48, correspondientes al mes de julio de 2008, en razón a las manifestaciones expresadas en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de los aportes no reintegrables consignados individualmente a los productores tamberos a través de las industrias que se encuentran detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente medida, por el monto total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA
Y OCHO MIL TREINTA Y CINCO CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS $278.035,48, las que deberán proceder a su pago a los productores tamberos según se detallan en el Anexo II, correspondientes al mes de julio de 2008.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Emilio Eyras.
ANEXO I
10º INFORME JULIO. xls RESOLUCION ONCCA 2409/08

PRESENTACION
5412

CUIT
30708387254

6027

30605694191

5569

30502793485

RAZON SOCIAL

CANTIDAD DE

IMPORTE

TAMBOS

TOTAL

CBU

CENCI AGROINDUSTRIAL SA
COOPERATIVA TAMBERA LA
ARGENTINA LIMITADA

2850355230000060979679

1

$9.323,82

2850372930000060587232

1

$2.005,52

1910112755011200126050

15

$78.483,90

COOPERATIVA TAMBERA
AGROPECUARIA CHARLES
GIDE LIMITADA

Que las solicitudes presentadas que se detallan en los Anexos I y II que forman parte de la presente resolución, fueron sujetas a análisis por el Area de Lácteos de la citada Oficina Nacional conforme surge del informe técnico obrante a fojas 47/50.
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a los productores tamberos que se detallan en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente resolución, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados
5425

20119954844

JOSE ENRIQUE FERRER

0140135201505905001428

1

$4.105,50

4373

30661383034

LACTEOS BARRAZA S.A

1910052055005201180100

19

$74.650,74

4887

30708586346

LACTEOS LAS GARZAS SRL

0140402301707200422603

2

$11.164,10

4692

20081742406

MARCELO USANDIVARAS

2850125930000250000329

10

$38.231,13

6076

30708938021

MILK WORLD SA

0070057320000004055413

4

$14.217,07

5469

30687696375

TANTO S.R.L.

0140057101710100505934

5

$35.530,48

6150

30708954248

CASADUL S.R.L.

3300526115260001683031
TOTALES

9

$10.323,22

67

$278.035,48

ANEXO II
10º INFORME JULIO. xls
RESOLUCION ONCCA 2409/08
Pres.

Informante
5412

30708387254

6027

5569
5569
5569
5569
5569
5569
5569
5569
5569
5569
5569

Cuit Productor
Tambo Int.

33678346379

Razón Social 1

Litros
SOLA CARLOS E INVILKELRIED RUBEN
SUBTOTAL

A Cobrar 91410

Tambos

$9.323,82

1

30605694191

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

23066149749

1

CAISUTTI LUIS JOSE

42835

$4.369,17

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20115091280

1

CAISUTTI MIGUEL ARMANDO

42835

$4.369,17

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20115091426

2

PIVA OSCAR VALENTIN

44546

$4.543,69

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20236869521

3

TESTA CLAUDIO ALBERTO

26194

$2.671,79

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20065939429

6

ALVAREZ BENITO JAVIER

63930

$6.520,86

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

7

RAIMONDI VICTOR HUGO - HOYOS CARLOS ALBERTO
S.H.

107835

$10.999,17

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

30669392105

8

RAIMONDI VICTOR HUGO - HOYOS CARLOS ALBERTO
S.H.

77888

$7.944,58

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20203247223

10

MUNARRIZ JOSE IGNACIO

7210

$735,42

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20115091426

11

PIVA OSCAR VALENTIN

35448

$3.615,70

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20102506163

11

PIVA ROBERTO VICENTE

35448

$3.615,70

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20065939429

19

ALVAREZ BENITO JAVIER

23818

$2.429,44

30502793485

COOPERATIVA TAMBERA AGROPECUARIA
CHARLES GIDE LIMITADA

20263916639

22

RAZQUIN AGUSTIN ANTONIO

83510

$8.518,02

30674253415

1700

30669392105

OSCAR, JUAN CARLOS Y OMAR GENTILE Y MARIA G.
DE DELLASANTA

$9.323,82

COOPERATIVA TAMBERA LA ARGENTINA
LIMITADA

5569

Razon Informante CENCI AGROINDUSTRIAL SA

SUBTOTAL

19662

$2.005,52

$2.005,52

1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/03/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date26/03/2009

Page count60

Edition count9424

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/08/2024

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