Boletín Oficial de la República Argentina del 23/02/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 23 de febrero de 2009

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BOLETIN OFICIAL Nº 31.600

de febrero de 2007, la Circular Nº4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y el Expediente Nº1-2002-4879/08-4 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
septiembre de 2008 y el 31 de diciembre del mismo año, de la Dra. D. Analía CUMO DNI
Nº26.165.725, a efectos de desempeñarse en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE
CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL del referido Ministerio.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07, establece que toda contratación, en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES
MIL CIEN $3.100.

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la contratación del licenciado Dn.
Carlos María GIOVACCHINI DNI. Nº21.547.322 bajo el régimen de locación de servicios aprobado por el Decreto Nº1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios.
Que el MINISTERIO DE SALUD ha elevado la propuesta de contratación del aludido profesional, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho organismo.
Que el artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº149 del 22 de febrero de 2007, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491 del 12 de marzo 2002 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN
$3.100.-
Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que la persona comprendida en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº491/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
SALUD, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07.
Por ello,
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
SALUD a fin de atender al gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase el contrato de prestación de servicios celebrado entre el MINISTERIO
DE SALUD y la Dra. D. Analía CUMO DNI Nº26.165.725 en el marco de lo establecido por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421/02 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº48 del 30 de diciembre de 2002, en las condiciones, por el período y equiparación escalafonaria indicados en el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes asignados al MINISTERIO DE
SALUD.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sergio T. Massa. María G. Ocaña.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Apruébase el contrato de locación de servicios encuadrado en las previsiones del Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación, celebrado bajo el régimen del Decreto Nº1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios entre el MINISTERIO
DE SALUD y el Lic. Dn. Carlos María GIOVACCHINI DNI. Nº21.547.322, de conformidad con las condiciones, período y monto mensual consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes asignados al MINISTERIO
DE SALUD.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Sergio T. Massa. María G. Ocaña.
ANEXO A LA DECISION ADMINISTRATIVA 12
APELLIDO Y NOMBRE

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, correspondiendo al suscripto disponer su aprobación.

TIPO Y NºDE

C.U.I.L.

DOCUMENTO

FUNCION Y

DEDIC.

HONORARIO

HONORARIO

MENSUAL

TOTAL DEL

SEGUN DEDICA-

PERIODO

RANGO

ANEXO A LA DECISION ADMINISTRATIVA 14
APELLIDO Y
NOMBRE

TIPO Y NºDE DOCUMENTO

C.U.I.L.

NIVEL Y GRADO DE
REMUNERACION
ESCALAFON SINAPA
DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL
PERIODO DE CONTRATACION: 01/09/2008 al 31/12/2008
CUMO, Analía DNI 26.165.725
27-26165725-8
B-2

DEDIC.

100%

MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 16/2009
Apruébase una contratación de locación de servicios celebrada en el marco del Decreto Nº1184/01 en la Subsecretaría de Salud Comunitaria.

CION
DIRECCION DE EPIDEMIOLOGIA - SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS

Bs. As., 12/2/2009

PERIODO DE CONTRATACION: 01/07/2008 al 31/12/2008
GIOVACCHINI, Carlos
DNI 21.547.322

20-21547322-9

Consultor A - I

100%

$3.250

$19.500

María

VISTO los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y 149 del 22 de febrero de 2007, la Circular Nº4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y el Expediente Nº1-2002-8203/08-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
MINISTERIO DE SALUD

CONSIDERANDO:

Decisión Administrativa 14/2009

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de contratación del Dr. Mario Roberto BRANDONI bajo el régimen de locación de servicios aprobado por el Decreto Nº1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios.

Apruébase un contrato de prestación de servicios celebrado en la Dirección Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional.
Bs. As., 12/2/2009

Que el MINISTERIO DE SALUD ha elevado la propuesta de contratación de la persona citada anteriormente, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho organismo.

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y 149 del 22 de febrero de 2007 y el Expediente Nº1-2002-14407/08-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
Que el artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº149 del 22 de febrero de 2007, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491 del 12 de marzo 2002 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN
$3.100.-

CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º del Anexo de la referida Ley prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado, estableciéndose mediante el artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley citada, las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de ese personal.

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que la persona comprendida en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº491/02.

Que por la Resolución Nº48/02 de la aludida ex Subsecretaría se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones referido.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.

Que en ese marco y en orden a satisfacer necesidades de servicio el MINISTERIO DE
SALUD ha elevado la propuesta de contratación, por el período Comprendido entre el 1º de
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/02/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date23/02/2009

Page count52

Edition count9415

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/08/2024

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