Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 13 de febrero de 2009

BOLETIN OFICIAL Nº 31.594

Por ello,
EDELAP S.A.

EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:

Distribuidora
Artículo 1º Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones Kp que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras EDENOR S.A., EDESUR S.A. y EDELAP S.A. durante el período comprendido entre los días 10/01/2009 y 9/02/2009, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.
Art. 2º Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.
Art. 3º Notifíquese a EDENOR S.A., EDESUR S.A., EDELAP S.A. y a la SECRETARIA
DE ENERGIA DE LA NACION.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis Barletta. Marcelo Baldomir Kiener. Eduardo O. Camaño.
ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 123/2009
PERIODO DE APLICACION
CATEGORIA
EDENOR
EDESUR
EDELAP
TARIFARIA
DESDE
HASTA
0/01/2009
09/02/2009
R 0,214
0,144
0,134
0/01/2009
09/02/2009
T2
0,353
0,261
0,544
0/01/2009
09/02/2009
T3BT
0,266
0,259
0,311
0/01/2009
09/02/2009
T3MT
0,313
0,311
0,335
0/012009
09/02/2009
T3AT
0,000
0,000
0,000
0/01/2009
09/02/2009
PEAJE T2
0,000
0,000
0,000
0/01/2009
09/02/2009
PEAJE BT
0,414
0,053
0,000
0/01/2009
09/02/2009
PEAJE MT
0,693
0,106
0,000
0/01/2009
09/022009
PEAJE AT
0,000
0,000
0,000

Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº 797/08, el valor para la categoría Residencial es aplicable para los consumos menores o iguales a 1000 kwh/bimestre. En el caso de los usuarios T2 y T3, los valores son aplicables en los términos del artículo 2º de la Resolución SE
Nº1170/08.
ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº123/2009
ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/11/08 Y EL 9/12/08 AHORRO CONSUMO EN
EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL

Distribuidora
Total General Edenor S.A.
Edesur S.A.
Edelap S.A.

Consumo en Energía Toexceso por tal facturada Ahorro en sobre pauta período MWh del 90% del actual en período base MWh
en MWh
2.045.702
204.607
574.395
1029.825
100.088
307.757
932.226
95.472
244.383
83.652
9.048
22.256

Ahorro Neto en MWh -369.788
-207.669
-148.911
-13.208

Usuarios con Ahorros 616.117
256.433
327.310
32.374

Usuarios con Consumos en Excesos 1.499.415
753.782
680.128
65.505

EDENOR S.A.

Distribuidora
Energía Total facturada período Ahorro en MWh actual en MWh

Totales 1.029.825
Residencial 568.288
Generales G1
34.279
Generales G2
33.977
Generales G3
19.084
T2
108.117
T3B
89.726
T3M
97.504
PB
2.799
PM
76.050

Distribuidora
Totales Residencial Generales G1
Generales G2
Generales G3
T2
T3B
T3M
PB
PM

5

100.088
49.605
17.761
3.002
470
11.562
8.458
7.055
141
2.013

Consumo en exceso por sobre pauta del 90% del período base en MWh
307.757
167.969
12.000
12.242
8.303
31.892
27.845
28.678
722
18.106

Ahorro Neto en MWh -207.669
-118.364
5.760
-9.239
-7.833
-20.310
-19.386
-21.623
-581
-16.093

EDESUR S.A.

Energía Total facturada período Ahorro en MWh actual en MWh
932.226
429.652 42.885
44.117
45.319
32.040
104.699
125.197
111.670
4.586
34.946

95.472
15.460
3.771
1.110
11.415
9.580
8.773
409
2.068

Consumo en exceso por sobre pauta del 90% del período base en MWh
244.383
119.053
10.200
12.673
12.145
25.253
31.595
25.029
983
7.452

Ahorro Neto en MWh -148.911
-76.167
5.259
-8.901
-11.035
-13.838
-22.015
-16.255
-574
-5.384

Totales Residencial Generales G1
Generales G2
Generales G3
T2
T3B
T3M
PB
PM

Referencia
Energía Total Consumo en excefacturada período so por sobre pauta Ahorro en MWh actual en MWh del 90% del período
base en MWh
83.652
9.048
22.256
40.973
4.342
11.707
5.490
1.532
1.390
4.480
278
1.421
2.067
60
905
7.827
640
2.199
9.495
859
2.302
11.700
1.047
2.331
12
0 2
1.607
289
0

Ahorro Neto en MWh -13.209
-7.365
142
-1.142
-845
-1.559
-1.443
-1.284
-2
289

: neta de usuarios excluidos : del período base TR y TG año 2003 - T2 y T3 año 2004

INSTITUTO NACIONAL DE LA
YERBA MATE
Resolución 7/2009
Desígnanse miembros del Directorio.

Posadas, Misiones, 5/2/2009
VISTO: El Expte. Nº 137/08 y las Resoluciones del INYM correspondientes a la convocatoria y habilitación de Entidades y Asociaciones del Sector privado para la designación de Directores del INYM; y:
CONSIDERANDO:
QUE, en el Expediente citado en el Visto, por Resolución Nº 58/08 reg. del INYM, se resuelve a convocar a la Entidades y Asociaciones que integran el Sector privado de la actividad yerbatera, mencionadas en el art.
6to incisos d, e, f, g y h de la Ley 25.264, a los fines de su inscripción y/o actualización de datos en el Registro de Entidades y Asociaciones habilitadas para la designación de Directores del INYM, QUE, se han presentado las Entidades pertenecientes a los diferentes sectores convocados, acreditando en los plazos establecidos por el INYM, los extremos legales exigidos;
QUE, en la Resolución Nº 129/08 registro del INYM dictada en fecha 11/12/09, se han detallado las Entidades habilitadas para participar en el procedimiento de elección de los representantes del Sector Privado en el Directorio del Instituto Nacional de la Yerba Mate;
QUE, en fecha 13/01/09, por Resolución Nº 006/09, se ha procedido a declarar los nuevos miembros integrantes del Directorio en representación de los Sectores: Cooperativo, Industrial y de los Trabajadores Rurales, quedando en suspenso la aceptación de designación del Sr. Héctor Biale como Suplemente del Sector Cooperativo, por encontrarse en ejercicio del cargo de Director Titular en representación del sector Productivo y quedar pendiente la determinación de encontrarse incurso, o no, en la limitación del Artículo 9º de la Ley 25.564;
QUE, luego de dar cumplimento a los respectivos procedimientos aplicables, el Sector Productivo ha procedido a comunicar el resultado de las elecciones realizadas en sector, de cuales surge la nueva nómina de Directores Titulares y Suplentes, que deberán asumir sus funciones en el Directorio de INYM;
QUE, del acto eleccionario realizado por el Sector Productivo, surge la designación como Director Titular del Señor Héctor Biale, quien fuera también designado como Suplente del Sector Cooperativas Agrícolas, acreditando en este acto la renuncia oportuna a esa primera designación;
QUE, el Señor Biale se ha desempeñado como Director Suplente del Sector Producti-

vo del 27/12/04 al 09/01/07 y seguidamente ha asumido al cargo de Director titular en representación del Sector Productivo por el período de 09/01/07 hasta la fecha, por lo que, analizado el caso concreto, este Directorio considera que no se encuentra incurso en la limitación prevista en el Art. 9º de la Let Nº 25.564, conforme los fundamentos vertidos en Dictamen conjunto emitido en fecha 05/02/09 por la Sindicatura y el Area Legales del INYM;
QUE, respecto al Sector Secaderos, no se ha realizado aún la designación correspondiente, por lo que se procede al recambio parcial de las autoridades permaneciendo en su cargo el Director representante del sector referido hasta tanto sea designado su reemplazante;
QUE, corresponde dictar el instrumento legal respectivo a fin de incorporar al Directorio a los nuevos Directores designados.
Por ello, EL DIRECTORIO
DEL INYM
RESUELVE:
Artículo 1º DECLARAR que a partir del día de la fecha integrarán el Directorio del INYM los siguientes miembros representantes del Sector PRODUCTIVO: Titulares: Sr. Héctor Biale, Sr.
Eduardo Tuzinkiewicz y el Sr. Juan Dmitrowicz;
Suplentes: el Sr. Juan Carlos Krutki, Sr. Carlos Montero y Sr. Carlos Ortt.
Art. 2º REGISTRESE, NOTIFIQUESE, hágase saber a los interesados. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la República Argentina por un 1 día. Cumplido, ARCHIVESE. Luis F.
Prietto. Ricardo Maciel. Héctor Biale. Esteban Fridlmeier. Enrique Kuszko. Claudio Anselmo. Andrés van Domselaar. Luis Konopacki. Emilio Jouliá.

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
FRUTICULTURA
Resolución 109/2009
Régimen transitorio de excepción para Pequeños y Medianos Productores que acondicionan fruta con destino al mercado interno.
Bs. As., 12/2/2009
VISTO el Expediente Nº S01:0047827/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, el Decreto Ley Nº9244 del 10 de octubre de 1963, las Resoluciones Nros. 554 del 26 de octubre de 1983 de la ex SECRETARIA DE
AGRICULTURA Y GANADERIA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, 48 del 30 de septiembre de 1998 de la ex SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, 842 del 30 de octubre de 2002
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/02/2009

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Dernière édition03/08/2024

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