Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2009 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Jueves 12 de febrero de 2009
Nº 8
EXPEDIENTE
S01-0052167/08
RAZON SOCIAL
C.U.I.T
ARENAL PABLO ERNESTO Y ARENAL
GERARDO MARTIN S.H.
C.B.U
30-66745208-9
PERIODO 2008
007010642000000155184-6
9
S01-0260687/08
ESTABLECIMIENTO EL CARMEN SRL
30-51181736-2
016777710005189352613-9
10
S01-0160803/08
RAUL MARQUES DA CONCEICAO
20-14464063-3
072001378800000602961-8
11
S01-0062623/08
ROOS S.A.
30-68336767-9
007009862000000127241-3
12
S01-0169347/08
SEGATORI JUAN RAFAEL, NELSON ENRIQUE CLAUDIO ABEL SH
30-67277805-7
285054353004337022401-7
13
S01-0310515/08
14
145336EUD
15
11
BOLETIN OFICIAL Nº 31.593
86.785,01
20.941,28
72.653,77
193.356,56
154.171,83
97.027,39
146.496,65
95.203,25
179.776,11
63.914,89
151.256,85
31.385,82
GUSTAVO CLORINDO ZUIANI
20-14720455-9
191033385503330007639-6
30.461,97
QUEBRACHO FLOJO S.R.L.
30-70333868-9
011010852001080017043-2
14.584,20
S01-00076144/08
EXPLOTACION AGROPECUARIA DON
JOSE S.C.
30-70884771-9
191035745503570031928-2
114.989,36
84.026,95
16
S01-0090968/08
ROGGIA ROBERTO OSCAR
20-11117502-1
011056292005620008243-4
17.858,87
12.166,85
17
S01-0142695/08
MARCELO DARIO SANCHEZ
20-16770501-5
388084384000000854029-0
202.212,81
136.399,73
114.722,50
18
S01-0112528/08
RUBEN ENRIQUE PINO
20-07972012-8
285032553000000000786-6
165.305,65
19
S01-0275546/08
ORIOZABALA LUIS MARIA
20-12182100-2
011016413001640867954-7
11.896,12
20
S01-0077008/08
LOS DURAZNOS S.A.
30-70714327-0
150000150000513321823-3
21
S01-0064716/08
ARTEAGA ALDACO E HIJOS SRL
30-70884365-9
014048490169720500517-9
43.257,55
45.228,53
51.090,77
102.476,02
39.742,62
34.520,26
22
S01-0150731/08
MIROLU S,A,
30-57159168-1
191000255500020244891-4
97.488,33
S01-0057062/08
SANES S.A.
30-63300372-2
034006090060191605201-9
148.916,38
24
S01-0203390/08
PERETTO PABLO DANIEL
20-17517748-6
014003420171690125851-6
0,00
0,00
66.062,90
82.798,77
0,00
45.086,82
25
12082LAOP
GRISKAN HECTOR HORACIO
20-08435856-9
093033081010000027126-4
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
119.270,59
TOTAL
96.995,19
20.686,70
23
125.467,07
42.748,94
20.871,48
19.057,43
112.314,24
85.200,86
75.523,14
4.438.070,50
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
obrantes a fojas 1, 14, 27, 33, 46, 55, 64, 69, 91, 96, 101, 105, 112, 117, 122, 127, 134, 139, 144, 167, 175, 185, 194, 201, 206, 215 y 236.
PRODUCCION DE GANADO BOVINO
Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 265.
Resolución 1177/2009
Que sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, el Area de Compensaciones de esta Oficina Nacional, en virtud a lo establecido por Resolución Nº1747 de fecha 4 de julio de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se encuentra facultada para la realización de una fiscalización ex post en los establecimientos de las firmas que resulten ser acreedoras del beneficio de compensación, en el caso que se estime necesario.
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº9/2007 del entonces Ministerio de Economía y Producción.
Bs. As., 6/2/2009
VISTO el Expediente NºS01:0021465/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral Feed Lots.
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 266, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.
Que por la Resolución Nº40 de fecha 25 de enero de 2007 del citado Ministerio, se facultó expresamente a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.
Que mediante Resolución Nº1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por su similar Nº4668 de fecha 4 de octubre de 2007, ambas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº 9/07 y su complementaria Nº40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.
Que mediante la referida Resolución Nº1378/07 y su modificatoria Nº4668/07 se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes de los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS CUATRO
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON
OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS $4.382.474,84, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº1378/07 y su modificatoria.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS $4.382.474,84.
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Emilio Eyras.
ANEXO
PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS
C.U.I.T
PERIODO 2008
Nº
EXPEDIENTE
RAZON SOCIAL
C.B.U
1
S01-0053887/08
GANADERA SANTA FE S.A.
33-70902516-9
011018322001830012730-9
2
S01-0260478/08
CRISOL S.A.
33-67486418-9
388087663000000994700-0
3
S01-0051413/08
HACENDADOS DEL LITORAL SRL
30-70996702-5
388086363000000014559-5
4
S01-0221088/08
ELENA PEREYRA IRAOLA
27-03220823-7
007006412000000151290-6
5
S01-0157351/08
GANAMAN S.A.
30-70921732-8
014030060165840503332-2
6
S01-0094299/08
RICEDAL ALIMENTOS SA
30-70722742-3
191028165502810142088-2
marzo
abril
mayo
junio
julio
agosto
463.904,17
57.293,51
septiembre
390.072,73
69.621,11
51.972,85
octubre
noviembre
361.924,01
28.978,57
43.945,19
29.255,10
15.795,68
28.320,85
97.718,37