Boletín Oficial de la República Argentina del 14/11/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2008

que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera Art. 1001 del C.A. bajo apercibimiento de ley Art. 1004 del C.A.. Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente Art. 930/932
del C.A.. Fdo.: Abog. MARIA FERNANDA VAZ DE BRITO, Jefa Secretaría de Actuación Nº2 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12041-72-2005

IMPUTADO
VIRDANA S.A.
CUIT 30-68247139-1

INFRACCION
970

TRIBUTOS
$75.297,30

MULTA
$45.425,30

MARIA FERNANDA VAZ DE BRITO, Abogada, Jefa Secretaría de Actuación N 2, Dpto.
Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2008 Nº16958/08 v. 14/11/2008

21

Que, mediante Actuación Nº 8053-COMFER/08, el apoderado de la licenciataria formuló el desistimiento del trámite correspondiente a las solicitudes de transferencias de cuotas partes las que pide sean tratadas por cuerda separada al trámite de prórroga de la licencia.
Que el desistimiento de marras se encuadra en lo dispuesto por el artículo 66 del reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº19.549, aprobado por Decreto Nº1759/72 T.O.1991.
Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el correspondiente dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 98, inciso a, apartado 2º de la norma citada y el artículo 2º del Decreto Nº520 del 31 de marzo de 2008.
Por ello, EL INTERVENTOR
DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

BOLETIN OFICIAL Nº 31.532

ARTICULO 1º Considérase desistido el pedido formulado en estos obrados por la firma IMPULSO TELEVISORA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de un sistema mixto de televisión y un servicio de distribución de señales de audio por modulación de frecuencia en la localidad de SAN JORGE, provincia de SANTA FE, tendiente a que este organismo autorice las transferencias de cuotas partes producidas, entre socios y a favor de terceros, en esa licenciataria.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Código Aduanero Ley 22.415, Arts. 1013 inc. h EDICTO 398
Por ignorarse el domicilio se corre vista a las personas que más abajo se mencionan a quienes se les imputa hallarse incursas en las figuras descriptas en los arts. 863, 865 inc. a, 866 2º párrafo y 871 del código aduanero a los efectos de que dentro de los 10 diez días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por los delitos indicados, bajo apercibimiento de rebeldía arts. 1101 al 1105 del C.A..Téngase presente que sólo podrá presentarse por un derecho o interés que no fuera propio quienes ejercieren una representación legal o los que se encontraren inscriptos en las respectiva matrícula como procuradores o abogados para actuar ante la Justicia Federal, debiendo acreditar personería en su primera presentación, conforme a lo establecido en el artículo 1030 y sstes del Código Aduanero, bajo apercibimiento descripto en el art. 1033 del mismo cuerpo legal. Si se plantearen cuestiones jurídicas es obligatorio el patrocinio letrado art. 1034 C.A.. Deben igualmente constituir domicilio dentro del radio urbano correspondiente al asiento de esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituidos en los estrados de la presente oficina aduanera, donde le serán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dicten en las actuaciones enunciadas.

ARTICULO 2º Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial a efectos de su publicación. Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 14/11/2008 Nº16635/08 v. 14/11/2008

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº1033/2008
Bs. As., 7/11/2008

SUMARIO

CAUSANTE

DELITO

12040-178-2008

ENCINAS ENCINAS EDWIN VICENTE

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

12039-1381-2005

LUCERO CHUNGA, MANUEL EFRAIN

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

606727/02

JONE CARLOS ROLANDO

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

606727/02

LAVIN ALEJANDRO LUIS

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

606727/02

ARIAS RENDON SALOMÓN ALBERTO

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

12039-981-2005

LUICCI CLAUDIO OMAR

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

603003/02

RODRIGUEZ LOZANO DIEGO ANDRES

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

12039-683-2005

MACHADO SILVIA ELENA

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

12039-835-2005

HERBA RADOSLAW

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

12039-1091-2005

MARIOTTI ALEJANDRO OSCAR

864 d y 866 2º párrafo del C.A.

Dr. RODOLFO O. PAITA, Jefe Sec. de Act. Nº5.

e. 14/11/2008 Nº16959/08 v. 14/11/2008

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por el Artículo 1º de la Resolución Nº2244/08 dictada por el Directorio del INAES con fecha 06/11/2008, se ha resuelto dejar sin efecto la Cancelación de la inscripción de la matrícula 5081, a la COOPERATIVA DE
TRABAJO DE EXPLOTACION DE COCHES COMEDORES DEL FERROCARRIL NACIONAL GRAL.
URQUIZA LTDA., con domicilio legal en la ciudad de Buenos Aires. Asimismo, en la precitada resolución se ha detectado un error al consignarse el número de expediente. En consecuencia a fin de salvar el mismo, se dictó la Resolución Nº2320 de fecha 12/11/2008, que en su Artículo 1º expresa: Sustitúyese el número de Expediente indicado en el Visto de la Resolución Nº2244 del 6 de noviembre de 2008, por el siguiente: Expediente Nº75.699/00.. A los fines de la medida dispuesta, se proseguirán con los procesos liquidatorios de la citada entidad de acuerdo a lo previsto por la Ley Nº20.337. Firmado:
Julio César Cortés Secretario de Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales INAES.

JULIO CESAR CORTES, Secretario de Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales p/
Avocación.
e. 14/11/2008 Nº16983/08 v. 18/11/2008

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº1032/2008
Bs. As., 7/11/2008
VISTO el expediente Nº1866COMFER/00, y CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones guardan relación con el pedido efectuado por IMPULSO
TELEVISORA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, tendiente a que este organismo apruebe la prórroga, en los términos del artículo 41 de la Ley de Radiodifusión Nº 22.285, de la licencia adjudicada mediante Resolución Nº 383-C.F.R./86, para la instalación, funcionamiento y explotación de un sistema mixto de televisión y un servicio de distribución de señales de audio por modulación de frecuencia en la localidad de SAN JORGE, provincia de SANTA FE y, asimismo, con la solicitud de autorización de las cesiones de cuotas partes en esa sociedad, producidas entre socios y a favor de terceros como consecuencia de las cuales éstos se incorporarían a la licenciataria.

VISTO el Expediente Nº1492 -COMFER/06 y;
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita la transferencia de titularidad a favor de la CAJA DE
PREVISION PARA PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
del Permiso Precario y Provisorio correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM ARGOS frecuencia 90.1 Mhz de la ciudad de GODOY CRUZ, provincia de MENDOZA, inscripto en el Registro Decreto Nº1357/89 bajo el Nº1125 y reinscripto conforme Resolución Nº 341-COMFER/93 bajo el Nº 594, cuya titularidad corresponde al señor Eduardo Roberto POULER FLORES.
Que el 12 de septiembre de 2006, el señor POULER FLORES cedió a la institución arriba nombrada los derechos y acciones correspondientes a la emisora arriba indicada.
Que en la reunión de Directorio del 13/2/06 se distribuyeron los cargos del mismo, resultando elegidas las siguientes personas: Miguel CONOCENTE, Presidente; Orlando MONETTI, Vicepresidente; Isabel HERRERA, Secretaria; Ricardo AIZCORBE, Director Tesorero; Juan Carlos MARTINEZ, Director del Interior y Roberto VICTORIA, Síndico Titular.
Que mediante Resolución del Directorio de la cesionaria Nº 60/08 del 26/5/08, fueron reemplazados los señores AIZCORBE y VICTORIA por los señores Marcelo BOND y Carlos PARAVANO, para los cargos de Tesorero y Síndico Titular, respectivamente.
Que tanto la entidad cesionaria, cuanto los miembros del Directorio nombrados en los dos considerandos que anteceden cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos por el artículo 45
de la Ley Nº22.285.
Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha emitido dictamen sobre el particular.
Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION tiene competencia para dictar actos como el presente, de conformidad con lo previsto por los artículos 45 y 85, inciso i del citado texto normativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 95 y 98
de la Ley Nº22.285 y 2º del Decreto Nº520 del 31 de marzo de 2008.
Por ello, EL INTERVENTOR
EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Autorízase la transferencia de la titularidad del Permiso Precario y Provisorio correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM ARGOS frecuencia 90.1 Mhz de la ciudad de GODOY CRUZ, provincia de MENDOZA, inscripto en el Registro Decreto Nº 1357/89 bajo el Nº 1125 y reinscripto conforme Resolución Nº341-COMFER/93 bajo el Nº594, cuya titularidad corresponde al señor Eduardo Roberto POULER
FLORES, a favor de la CAJA DE PREVISION PARA PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR DE
LA PROVINCIA DE MENDOZA.
ARTICULO 2º Emplázase a la entidad autorizada en el artículo anterior a reformar su Estatuto al cual deberá incorporar, entre sus objetivos, el de prestar servicios de radiodifusión, debiendo acompañar en el término de CIENTO OCHENTA 180 días copia certificada de la reforma introducida.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido ARCHIVESE PERMANENTE. Lic. JUAN G. MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 14/11/2008 Nº16636/08 v. 14/11/2008

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/11/2008 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date14/11/2008

Page count68

Edition count9418

Première édition02/01/1989

Dernière édition05/08/2024

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