Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 17 de octubre de 2008

Primera Sección
28

BOLETIN OFICIAL Nº 31.512

SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 65/08 y registrado bajo el Nº 470/08, conforme surge de fojas 46/48 y 50, respectivamente.
Que a fojas 56/59, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº628 del 13 de junio de 2005.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE
RELACIONES DEL TRABAJO Nº 65 de fecha 3 de junio de 2008 y registrado bajo el Nº 470/08
suscripto entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical y MET AFJP SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente Nº1.268.531/08
PARTES SIGNATARIAS

SINDICATO DEL SEGURO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

BASE
PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

01/04/2008

$1.687,25

$5.061,75

01/07/2008

$1.759,25

$5.277,75

c/
MET AFJP S.A.

CCT Nº427/01 E

Expediente Nº1.268.531/08
Buenos Aires, 28 de julio de 2008
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº858/08 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 280/08 T. VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto.
Coordinación - D.N.R.T.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2008 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date17/10/2008

Page count28

Edition count9410

Première édition02/01/1989

Dernière édition28/07/2024

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