Boletín Oficial de la República Argentina del 03/08/2007 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Buenos Aires, viernes 3
de agosto de 2007
BOLETIN OFICIAL
Año CXV
Número 31.210
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947
Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales Sumario Pág.
RESOLUCIONES
CONSERVACION DE LA FAUNA Y FLORA SILVESTRE
786/2007-SADS
Modificación del Anexo I de la Resolución Nº254/2005, en relación con los Apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre.
MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
1100/2007-MECT
Derógase la Resolución Nº260/2005, mediante la cual se creó el Programa Fondo Universitario para el Desarrollo Nacional y Regional.
CONSERVACION DE LA FAUNA Y
FLORA SILVESTRE
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MINISTERIO DEL INTERIOR
1763/2007-MI
Facúltase al Secretario de Seguridad Interior a disponer el desplazamiento de las Fuerzas de Seguridad Federales que le sean requeridas con el fin de garantizar las tareas de custodia de las elecciones municipales que se realizarán el 9 de septiembre de 2007 en la ciudad de Rawson, provincia del Chubut.
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ADUANAS
General 2285 - AFIP
Registro de Importadores y Exportadores. Requisito de acreditación del domicilio fiscal.
Resolución Nº145/93 ANA y sus modificaciones. Norma modificatoria y complementaria.
IMPUESTOS
General 2286 - AFIP
Impuesto a las Ganancias. Actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores. Régimen de retención. Resolución General Nº2050. Norma modificatoria y complementaria.
RESOLUCIONES
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
1759/2007-MI
Asígnase a la Policía Federal Argentina la misión de desarrollar y sostener un mecanismo de consulta para la lucha contra el narcotráfico, sustentado en las responsabilidades asignadas por el Artículo 31 de la Ley Nº23.737.
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
General 2282 - AFIP
Nomenclatura Común del Mercosur NCM. Clasificación arancelaria de mercaderías de la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General Nº1618.
Precio $ 0,80
Resolución 786/2007
Modificación del Anexo I de la Resolución Nº 254/2005, en relación con los Apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre.
Bs. As., 6/6/2007
3
4
6
VISTO el expediente N 00517/2007 del registro de esta Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, aprobada por Ley N 22.344, su Decreto Reglamentario N 522
del 5 de junio de 1997, y CONSIDERANDO:
Que la CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES
AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE CITES, a la cual la Argentina adhirió mediante la sanción de la Ley N
22.344, establece en su Artículo XVI, Enmiendas a los Apéndices, que las enmiendas comunicadas entrarán en vigor para todas las Partes noventa días después de la fecha en que la inclusión fue comunicada a las Partes.
Que por el artículo 39 del Decreto N 522
del 5 de junio de 1997, reglamentario de la mencionada Ley, se aprueba el listado de especies incluidas en los Apéndices I, II y III de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres Ley N 22.344, que como Anexo I forma parte del mismo.
Que el Decreto N 522 del 5 de junio de 1997, delega mediante su artículo 37 en la entonces SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NA-
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
7
Anteriores
12
AVISOS OFICIALES
Nuevos
7
Anteriores
12
Que por la Resolución Secretarial 254 del 13 de mayo de 2005 se aprueban los apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres CITES.
Que el Gobierno de Sudáfrica, solicitó la inclusión de la especie Haliotis midae en el Apéndice III, y que el gobierno de Ghana a retirado especies del Apéndice III, lo cual entrará en vigor a partir del 3 de mayo de 2007.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD conforme Resolución N 100/06
P.T.N..
Que la suscripta es competente para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por la Ley N 22.421 y su Decreto Reglamentario N 666/97, la Ley 22.344 y su Decreto Reglamentario 522/97, la Ley de Ministerios 22.520, modificada por las Leyes Nros. 24.190 y 25.233 y el Decreto N 357/02 y sus modificatorios.
Por ello, LA SECRETARIA
DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
Artículo 1 Agréguese al Anexo I de la Resolución Secretarial N 254/05, por el cual se establecen las modificaciones a los Apéndices de la CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE
FAUNA Y FLORA SILVESTRE, la especie Haliotis midai en el Apéndice III.
Art. 2 Exclúyase del Anexo I de la Resolución Secretarial N 254/05, las especies incluidas en el Apéndice III del Anexo I de la presente Resolución.
Art. 2 La presente resolución entrará en vigencia al día 3 de mayo 2007.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Romina Picolotti.
PRESIDENCIA DE
LA NACION
www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº538.103
DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Continúa en página 2
CION la facultad de dictar las normas complementarias al presente decreto, la recepción de las Resoluciones que se aprueben en las Reuniones de la Conferencia de las Partes, y la aceptación de las modificaciones a los Apéndices, cuando el país no haya formulado reserva.
DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas