Boletín Oficial de la República Argentina del 24/07/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 24 de julio de 2007

AVISOS OFICIALES
Nuevos
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución Nº 33/2007
Bs. As., 6/7/2007
VISTO el Expediente Nº 11.122 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 3 de febrero de 2004 y
BOLETIN OFICIAL Nº 31.202

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CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución ENARGAS Nº 3655 del 26 de diciembre de 2006 este Organismo formalizó la creación de la AGENCIA REGIONAL SAN JUAN en el ámbito de la GERENCIA DE REGIONES, con sede en la localidad homónima, y se estableció que a partir de la fecha de creación de la misma, la competencia de la DELEGACION REGIONAL CUYO se circunscribirá al ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN LUIS.
Que en ese acto administrativo también se instruyó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y
SISTEMAS para que iniciara los procedimientos de compras y contrataciones necesarios para la puesta en funcionamiento de la Agencia creada.
Que a tales fines, la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS siguiendo las instrucciones emanadas por esta Autoridad efectuó un relevamiento telefónico y visita a diversas inmobiliarias de la ciudad de SAN JUAN, con el fin de constatar en forma directa las diferentes ofertas que ofrecía el mercado de esa ciudad.
Que así las cosas, en el MEMORANDUM GAyS Nº 78/2007 del 9 de abril de 2007 efectuó un detallado relato de las acciones llevadas a cabo.

CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita la Contratación Directa Nº 15/2007 iniciado para la realización de trabajos de reparaciones edilicias en la Sede de la AGENCIA REGIONAL MAR DEL
PLATA de este Organismo, sita en calle Córdoba 2442 de la ciudad de MAR DEL PLATA.
Que por Resolución ENARGAS Nº 3750 del 25 de abril de 2007 fs. 69 a 84 este Organismo decidió: a aprobar la convocatoria a Contratación Directa Nº 15/2007 para la realización de trabajos de reparaciones edilicias en la Sede de la AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA de este Organismo, sita en calle Córdoba 2442 de la ciudad de MAR DEL PLATA Bs. As. según las especificaciones técnicas incluidas en los TERMINOS DE REFERENCIA que integran el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en esa contratación art. 1º b aprobar el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES, que como Anexo integra dicho decisorio art. 2º e c instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de los CINCO 5 días de la presente, implemente todas las medidas procedimentales fijada en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres art. 3º.
Que así las cosas, mediante la NOTA ENRG/GAyS Nº 2504 del 26 de abril de 2007, las firmas OXARANGO CONSTRUCTORA fs. 85; Arq. MARIA LAURA RAMANZON fs. 86; MORILLAS e HIJO
CONSTRUCCIONES fs. 87; ESTUDIO BUSSAGLIA - GIMENEZ fs. 88; Arq. CRISTIAN A. DELIA
fs. 89 y Arq. ALEJANDRO LUS CONSTRUCCIONES fs. 90 fueron invitados a presentar ofertas dentro del presente procedimiento, y se les indicó que la apertura de sobres se iba a realizar en la Sede de la AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA sita en calle Córdoba 2442 de esa ciudad, el día 10
de mayo de 2007 a las 15:00 hs. También fue notificada de esta apertura la UNION ARGENTINA DE
PROVEEDORES DEL ESTADO U.A.P.E. ver constancias de fs. 91.
Que por su parte las firmas ANDRES ROBERTO MARTIN fs. 92 y RICARDO JOSE HERMS fs. 93
dejaron constancia de haber retirado, de la sede de la AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA, un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en esta contratación.
Que además CRISTIAN DELTA fs. 94 y Arg. ALEJANDRO LUS CONSTRUCCIONES fs. 95
dejaron constancia de haber visitado las instalaciones.
Que del Acta de Apertura de Sobres fs. 96 y 97 surge que el único oferente presentado resultó ser el Arq. RICARDO JOSE HERMS fs. 98 a 101.
Que finalmente a fs. 102 obra el MEMORANDUM GAyS Nº 149/07 mediante el cual la GERENCIA DE
ADMINISTRACION Y SISTEMAS informa a este Servicio Jurídico Permanente que con fecha 10 de mayo de 2007, se realizó la apertura de sobres en la Ciudad de Mar del Plata en sede de la Agencia recibiéndose sólo una Oferta correspondiente al Sr. Ricardo José Herms. quien omitió la presentación de documentación necesaria e imprescindible para que la oferta fuera declarada admisible, a saber: Garantía de Mantenimiento de Oferta, Pre-inscripción en el SIPRO, Certificado Fiscal para Contratar, entre otras.
Que ahora bien, teniendo en cuenta lo antedicho resulta pertinente que la oferta presentada por el Arq. RICARDO JOSE HERMS deba ser declarada inadmisible en los términos del art. 74 del Decreto Nº 436/2000.
Que como consecuencia de ello y al ser el premencionado, el único oferente presentado, corresponde también que la presente contratación sea declarada fracasada en los términos establecidos en la normativa vigente sobre la materia, pudiendo hacerlo sin más trámite, ello fundado en estrictas razones de economía procesal.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/01 y Decreto Nº 571/2007.

Que una vez cumplidos con todos los recaudos exigidos por la normativa aplicable, este Organismo emitió la Resolución ENARGAS Nº 3768/07 fs. 98 a 103 por medio de la cual se resolvió: Adjudicar la Contratación en alquiler del inmueble destinado a la puesta en funcionamiento de la AGENCIA
SAN JUAN de este Organismo, a la Señora AZUCENA DEL CARMEN FERLA, propietaria del inmueble sito en calle Mitre 177 este, de la ciudad de SAN JUAN, a partir del mes de abril del año 2007 y por un monto de PESOS DOS MIL SETECIENTOS $ 2.700 por los primeros DOS 2 años y de PESOS
TRES MIL $ 3.000 para el tercer año. art. 1º e instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION
para que arbitre los medios a fin de que se materialice la suscripción del Contrato de Alquiler de Oficinas de conformidad al modelo adjunto al MEMORANDUM GAyS Nº 99/2007. art. 2º.
Que luego de haber sido notificadas las partes, se suscribió el contrato de alquiler del inmueble en cuestión, el que entró en vigencia desde la fecha de posesión del inmueble 1 de mayo de 2007.
Que en virtud de que se advirtió la necesidad de que se efectúen tareas de remodelación y acondicionamiento del local sito en calle Mitre 177 este de la localidad de SAN JUAN la GERENCIA DE
ADMINISTRACION Y SISTEMAS llevó a cabo algunas actuaciones a tal fin, las que se encuentran suficientemente detalladas en el MEMORANDUM GAyS Nº 205/07, a las que nos remitimos brevitatis causae fs. 188 a 192.
Que analizadas las constancias de autos, esta Autoridad entiende que las razones por las cuales la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS recomienda la contratación directa de la COOPERATIVA DE TRABAJO MEDALLA MILAGROSA LTDA para la realización de las tareas de remodelación y acondicionamiento del local sito en calle Mitre 177 este de la localidad de SAN JUAN son a todas luces atendibles y lógicas.
Que asimismo, dado que el monto total presupuestado por la mencionada Cooperativa no supera los PESOS SETENTA Y CINCO MIL $ 75.000 corresponde que a la contratación se le imprima el procedimiento de contratación directa.
Que por su parte, teniendo en consideración que según lo informado por la GERENCIA DE
ADMINISTRACION Y SISTEMAS El local alquilado, cuyo contrato está vigente desde la fecha de posesión del inmueble 1 de mayo de 2007, en la actualidad se encuentra desocupado. Cuenta con una superficie aproximada de 150 m2 y está en condiciones de que se le realicen todas las adecuaciones que permitan su habitabilidad y funcionamiento como oficina de atención al público. y que: De lo antedicho se desprende que este Organismo está pagando un alquiler desde mayo pasado, por un inmueble que aún no se puede utilizar plenamente para el destino que le fuera asignado. Esta situación genera una incomodidad a los usuarios de gas natural de la ciudad de San Juan ya que los mismos ven dificultada la realización de las gestiones vinculadas con el tema.; que el monto presupuestado por la COOPERATIVA DE TRABAJO MEDALLA MILAGROSA LTDA $ 30.530 según constancia de fs. 182 a 184 incluye la realización de una multiplicidad de tareas, detalladas a fs. 190 de autos, de lo que se desprende la razonabilidad del mismo y que existe disponibilidad de crédito y cuota compromiso para afrontar dicho gasto, fs. 187, esta Autoridad considera que corresponde el dictado del presente acto administrativo de adjudicación.
Que por su parte cabe hacer notar que por el Art. 99 inciso a del Decreto Nº 436/00, este Organismo está facultado para aumentar hasta un VEINTE POR CIENTO 20% el monto total del contrato en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/01 Decreto Nº 571/2007.
Por ello
Por ello EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase inadmisible en los términos del art. 74 del Decreto Nº 436/2000, la oferta presentada por el Arq. RICARDO JOSE HERMS.
ARTICULO 2º Declárase fracasada y consecuentemente, déjase sin efecto la Contratación Directa Nº 15/2007 en los términos establecidos en la normativa vigente sobre la materia.
ARTICULO 2º Notifíquese al Arq. RICARDO JOSE HERMS y a las Gerencias Intervinientes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. JUAN CARLOS PEZOA, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 24/7 N 552.166 v. 24/7/2007

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución Nº 35/2007

EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Adjudicar la Contratación Directa Nº 37/2007 a la COOPERATIVA DE TRABAJO
MEDALLA MILAGROSA LTDA por ser quien realizó la mejor propuesta económica en los términos de la normativa aplicable al caso. El monto total de la contratación asciende a la suma de PESOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA $ 30.530.
ARTICULO 2º Déjase constancia que esta Autoridad está facultada para aumentar hasta un VEINTE POR CIENTO 20% el monto total del contrato en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos cfr. Art. 99 inciso a del Decreto Nº 436/00.
ARTICULO 3º Notifíquese a los oferentes, a las Gerencias Intervinientes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. JUAN CARLOS PEZOA, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 24/7 N 552.167 v. 24/7/2007

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución Nº 38/2007

Bs. As., 6/7/2007

Bs. As., 12/7/2007

VISTO el Expediente Nº 11.066 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 3 de febrero de 2004 y
VISTO el Expediente Nº 10.081 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 03 de febrero de 2004 y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/07/2007 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date24/07/2007

Page count12

Edition count9425

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/08/2024

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