Boletín Oficial de la República Argentina del 18/12/2006 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 18 de diciembre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 31.055

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NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SINAPA.
Que los postulantes han sido evaluados por el Organo de Selección competente, el que ratificó el orden de mérito provisorio luego de haber finalizado la totalidad de las etapas del proceso de selección, y lo elevó a consideración de la autoridad, siendo el orden de mérito definitivo aprobado por Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 254 de fecha 14
de marzo de 2006.
Que el agente seleccionado ha obtenido el puntaje más elevado en dicho orden de mérito definitivo, luego del postulante que renunciara a este proceso de selección.
Que a efectos de cubrir el cargo perteneciente al Agrupamiento General del SISTEMA
NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, corresponde designar en el cargo de Auxiliar Gasista, Nivel E Grado 0, perteneciente al INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS DE LAS
FUERZAS ARMADAS, al señor Rubén Darío MIGNONI en la Planta Permanente de este Ministerio.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1
de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.078 y lo dispuesto por el Decreto Nº 491
del 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase en la Planta Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA al señor Rubén Darío MIGNONI DNI. Nº 16.087.351 en el cargo de Auxiliar Gasista Nivel E Grado 0
del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS DE LAS FUERZAS ARMADAS, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.078.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Nilda Garré.

DERECHOS HUMANOS
Decreto 1882/2006
Otórgase el Premio Anual Azucena Villaflor de De Vincenti a Sonia Herminia Torres.

Que la Señora Sonia Herminia TORRES es la madre de Silvina PARODI, quien al momento de su desaparición junto a su esposo Daniel OROZCO, el 26 de mayo de 1976, estaba embarazada de siete meses.
Que, desde entonces, Sonia Herminia TORRES es una incansable luchadora por la búsqueda de los niños apropiados, que brega en su lucha contra la impunidad de los represores.
Que, cuando en el año 2002, el ex Director del Colegio Nacional Manuel Belgrano, la querelló por calumnias e injurias, por haberlo acusado de ser el responsable del señalamiento de los alumnos que fueron desaparecidos, la justicia la absolvió dándole la razón.

RESOLUCIONES

Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 410/2006
Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el Artículo 5º del Decreto Nº 691/2000.

Bs. As., 14/12/2006
Que, por su incansable accionar, fue distinguida con el título de Doctora Honoris Causa de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
CORDOBA, en el año 2005.
Que el 14 de marzo de 2006, a pocos días del trigésimo aniversario del golpe de Estado de 1976, la Señora Torres fue víctima de una grave agresión, en el curso de la cual fue herida con la culata de un arma y duramente golpeada, por sujetos que ingresaron en el domicilio de su hija en el Barrio Rivera Indarte de Córdoba, donde aquélla se encontraba.
Que en su momento, dicho ataque mereció el mayor de los repudios, incluido el del Gobierno Nacional, que se solidarizó con la misma y con las ABUELAS DE PLAZA DE MAYO.
Que luego de ello, ha sido objeto de nuevas amenazas y de otro intento de agresión física.
Que su coraje civil y su decisión inquebrantable de continuar su acción en defensa de los Derechos Humanos, especialmente, en la búsqueda de los jóvenes que fueron niños apropiados para restituirles su verdadera identidad, pese a las amenazas y ataques aleves, debe ser motivo de la más alta consideración.
Que el otorgamiento de este Premio es, no sólo un reconocimiento a la Lic. Sonia Torres en particular y a las Abuelas de Plaza de Mayo por su admirable labor, sino a todos los defensores de los Derechos Humanos, querellantes y testigos víctimas de una incalificable campaña de amenazas anónimas, con la que se pretende impedir que en los juicios que se sustancian en distintas jurisdicciones del país, se condene a los responsables de crímenes horrendos que constituyen delitos de lesa humanidad cometidos durante la oscura noche dictatorial.
Que a través de esta merecida distinción a la Sra. Sonia Torres, al mismo tiempo se ratifica la voluntad del Poder Ejecutivo Nacional de llevar adelante, con la mayor decisión y energía, las políticas públicas basadas en los paradigmas de Verdad, Memoria y Justicia, convencido de que sin ellos no es posible la consolidación de una Argentina basada en los principios democráticos del Estado de Derecho, donde impere la equidad, la solidaridad, la tolerancia, la convivencia pacífica y el respeto por las instituciones republicanas.

VISTO el Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.
Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución Nº 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.
Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto Nº 691/2000.
Que las Entidades ASOCIACION MUTUAL SAN MARTIN DE PORRES DE OBREROS Y
EMPLEADOS AFIP-DGI; COOPERATIVA DE CREDITO LACAR LIMITADA; CAPITAL COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LIMITADA; TRABAJADORES EN CONVENIO COLECTIVO ASOCIACION MUTUAL y TCC COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.
Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto Nº 691/2000 y la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA
Nº 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES
y otorgarles el Código de Descuento.
Que, en virtud de haber incorporado nuevos servicios para sus afiliados, la Entidad ASOCIACION MUTUAL SOBERANIA ha solicitado la ampliación del código que le fuera otorgado mediante Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 343 de fecha 30 de Octubre de 2006, correspondiendo dar cumplimiento a dicha solicitud dentro del mismo Código de Descuento a efectos de posibilitar a las mencionadas instituciones operar con los servicios habilitados.
Que mediante la Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 181 del 27 de agosto de 2004
se ha aprobado la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES de la ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES DE GAVEC S.A.
Que en virtud que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ha inscripto en el Registro Nacional de Mutualidades el cambio de denominación de la entidad mencionada en el considerando precedente, mediante Resolución Nº 2186/06, que en lo sucesivo se denominará ASOCIACION MUTUAL BUENOS AIRES SOLIDARIA, corresponde actualizar dicha denominación en el REGISTRO DE ENTIDADES, manteniendo el mismo Código de Descuento.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE
HACIENDA por el artículo 5º del Decreto Nº 691/2000.
Por ello,
Bs. As., 15/12/2006

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.

EL SECRETARIO
DE HACIENDA
RESUELVE:

VISTO el Decreto Nº 1200/03 por el que se instituyó el Premio AZUCENA VILLAFLOR DE
DE VINCENTI, y
Por ello,
Artículo 1º Autorízase la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades ASOCIACION MUTUAL SAN MARTIN
DE PORRES DE OBREROS Y EMPLEADOS AFIP-DGI; COOPERATIVA DE CREDITO LACAR LIMITADA; CAPITAL COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LIMITADA; TRABAJADORES EN CONVENIO COLECTIVO ASOCIACION MUTUAL y TCC COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA, otorgando a las mismas el código de descuento que se indica en el Anexo I de la presente.

CONSIDERANDO:

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Que mediante el Decreto de la referencia el PODER EJECUTIVO NACIONAL instituyó el Premio Anual denominado AZUCENA VILLAFLOR de DE VINCENTI, destinado a reconocer a los ciudadanos y/o entidades que se hubieran destacado por su trayectoria cívica en defensa de los derechos humanos.

Artículo 1º Otórgase el Premio Anual AZUCENA VILLAFLOR de DE VINCENTI a los Derechos Humanos, correspondiente al año 2006, a la Licenciada Dña. Sonia Herminia TORRES DNI
Nº 0784.999.

Que la Lic. Sonia Herminia TORRES, es fundadora y representante de las ABUELAS DE
PLAZA DE MAYO en la PROVINCIA DE CORDOBA, constituyendo uno de los puntales de los organismos de Derechos Humanos en dicha provincia.

Art. 2º La entrega del correspondiente diploma y objeto simbólico se efectuará en acto público.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto J. B. Iribarne.

Art. 2º Autorízase la extensión de los servicios que podrá ofrecer la entidad ASOCIACION
MUTUAL SOBERANIA con el código de descuento oportunamente otorgado, como se indica en el Anexo I de la presente.
Art. 3º Actualízase en el REGISTRO DE ENTIDADES la denominación de la ASOCIACION
MUTUAL DE TRABAJADORES DE GAVEC S.A., reemplazándola por la de ASOCIACION MUTUAL
BUENOS AIRES SOLIDARIA, manteniendo el código de descuento oportunamente otorgado, que figura en el Anexo I.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos A. Mosse.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/12/2006 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date18/12/2006

Page count48

Edition count9412

Première édition02/01/1989

Dernière édition30/07/2024

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