Boletín Oficial de la República Argentina del 06/12/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

NP

Primera Sección
Miércoles 6 de diciembre de 2006

4

BOLETIN OFICIAL Nº 31.048

sigue
Que atento a las nuevas responsabilidades agregadas al causante corresponde elevar los honorarios del mismo a la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS
$ 5.432.-.
Que la persona involucrada en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6 del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la SECRETARIA DE TURISMO
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 26.078, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que las DIRECCIONES GENERALES DE ADMINISTRACION y de LEGISLACION Y ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION
han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1 del Decreto Nº 577/03.

ASISTENCIA TECNICA A LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION
INTERNACIONAL.
Que a solicitud del área detallada en el ANEXO I y a propuesta de la DIRECCION GENERAL
DE COOPERACION INTERNACIONAL, han tomado la intervención que les compete el DIRECTOR NACIONAL del PROYECTO PNUD ARG/05/023 PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO A TRAVES DE LA ASISTENCIA TECNICA A LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y SUBSECRETARIO DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, y la SECRETARIA DE
CULTO del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con el Decreto Nº 577/03.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado el contrato de locación de servicios personales encuadrado en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentario, celebrado bajo el régimen del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 entre la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la persona que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que se indica en el mismo, en el marco de los contratos individuales de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, aprobado para el corriente ejercicio por la Ley Nº 26.078.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Aníbal D. Fernández.

Artículo 1º Apruébase la enmienda a la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ARG/05/023 PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO A TRAVES DE LA ASISTENCIA TECNICA A LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL ejecutado en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO detallada en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa por el período y condiciones que se indican en la misma.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ARG/05/023 PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO A TRAVES
DE LA ASISTENCIA TECNICA A LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL ejecutado en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, correspondientes al período de su devengamiento.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Jorge E. Taiana.

ANEXO I

APELLIDO Y NOMBRES

CORDOBA, Mario Luís Elías D.N.I. Nº 14.726.303

PERIODO

MONTO
MENSUAL

MONTO
TOTAL

FUNCION

RANGO

01-10-2006 al 31-12-2006

$ 5.432.-

$16.296.-

Coordinador General
II

ANEXO I
PROYECTO

DOC. IDENT.

ARG/05/023

DNI: 17.960.646

CONSULTOR

Calvo Duran, Elsa Aurora
PERIODO
CONTRATADO

FUNCION

01-jul-06 31-dic-06 Coordinador General I

DED.

MONTO
TIPO DE
MENSUAL CONTRATO

100% $ 4.512,00

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 933/2006
Apruébase la enmienda a una contratación de consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD
ARG/05/023, ejecutado en el ámbito del citado Ministerio.

Bs. As., 29/11/2006
VISTO los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determinara el Decreto Nº 491/02 toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, de personal permanente y no permanente, incluyendo al personal contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/
02 son aplicables, entre otros, a los contratos convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional o internacional, y los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que atento el carácter de la presente medida se consideran cumplimentados los requisitos normados por la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION Nº 4/02 según establece el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que el Decreto Nº 577/03 establece en su artículo 4º que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación que tramite por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD
será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
TRES MIL $ 3.000.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO ha elevado la propuesta de la enmienda a la contratación de un consultor cuya locación de obra resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y para asegurar la continuidad y eficiencia de las actividades previstas en el documento del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD
ARG/05/023 PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO A TRAVES DE LA

OBRA

AREA

SECUL

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decisión Administrativa 934/2006
Apruébase la contratación de un consultor para la realización de las actividades previstas en el marco del proyecto Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ARG/
05/023, ejecutado en el ámbito del citado Ministerio.

Bs. As., 29/11/2006
VISTO los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determinara el Decreto Nº 491/02 toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, de personal permanente y no permanente, incluyendo al personal contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/
02 son aplicables, entre otros, a los contratos convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional o internacional, y los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que el Decreto Nº 577/03 establece en su artículo 4º que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación que tramite por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD
será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
TRES MIL $3.000.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO ha elevado la propuesta de contratación de un consultor cuya locación de servicios resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y para asegurar la continuidad y eficiencia de las actividades previstas en el documento del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ARG/05/023
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO A TRAVES DE LA ASISTENCIA TECNICA A LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL.
Que a solicitud del área detallada en el Anexo I y a propuesta de la DIRECCION GENERAL
DE COOPERACION INTERNACIONAL, han tomado la intervención que les compete el DIsalto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/12/2006 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date06/12/2006

Page count36

Edition count9413

Première édition02/01/1989

Dernière édition31/07/2024

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