Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2006 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 21 de junio de 2006

AVISOS OFICIALES
Nuevos

PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº 946/2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.930

24

producido en el valor locativo de los inmuebles con destino a actividad comercial, sitos en la ciudad de Bahía Blanca, desde la fecha presentación de su oferta 12 de octubre de 2005 hasta el presente.
Que la respuesta dada por la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS se encuentra glosada a fs. 186 a 192.
Que finalmente a fs. 193 a 195 obra el MEMORANDUM GA Nº 57/06 mediante el cual luego de efectuar el detalle de lo actuado en autos, desde la fecha de la resolución de adjudicación de la Contratación Directa Nº 100/2005 hasta el presente, la GERENCIA DE ADMINISTRACION emite opinión sobre el particular y solicita a la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES que dictamine sobre la solicitud efectuada por la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS en representación de los propietarios del inmueble sito en calle Belgrano Nº 321 de la ciudad de Bahía Blanca.
Que esta Autoridad Regulatoria no tiene objeciones que realizar para que se dé trámite favorable a la solicitud de la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS, en representación de los propietarios del inmueble sito en calle Belgrano Nº 321 de la ciudad de Bahía Blanca.

Bs. As., 12/6/2006
VISTO el Expediente Nº 1090-COMFER/04 y;
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la solicitud de autorización de transferencia de titularidad de la licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría E, Canal 281, Frecuencia 104.1 Mhz., Señal Distintiva LRF 429 de la ciudad de LAGO PUELO, provincia del CHUBUT adjudicada por Resolución Nº 736-COMFER/01 al señor Jorge Alberto SANTA CRUZ a favor de la señora Norma Raquel MAZZONI.
Que con fecha 31 de mayo de 2004 el señor Jorge Alberto SANTA CRUZ transfirió a título oneroso la titularidad de la licencia citada en el primer considerando a favor de la señora Norma Raquel MAZZONI.
Que la cesionaria reúne los requisitos exigidos por el artículo 45 de la Ley Nº 22.285.
Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha emitido dictamen sobre el particular.
Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por los artículos 95 inciso a y 98 de la Ley Nº 22.285, artículo 4º inciso a del Decreto Nº 310/98 y artículo 2º del Decreto Nº 131
del 4 de junio de 2003.
Por ello, EL INTERVENTOR
DEL COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Autorízase la transferencia de la titularidad de la licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría E, Canal 281, Frecuencia 104.1 Mhz., Señal Distintiva LRF 429 de la ciudad de LAGO PUELO, provincia del CHUBUT adjudicada por Resolución Nº 736 COMFER/01 al señor Jorge Alberto SANTA CRUZ a favor de la señora Norma Raquel MAZZONI M.I. Nº 10.561.142.
ARTICULO 2º Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial a los efectos de su publicación y cumplido ARCHIVESE PERMANENTE. Lic. JULIO D. BARBARO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 21/6 Nº 515.877 v. 21/6/2006

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución Nº 3504/2006
Bs. As., 11/5/2006
VISTO el Expediente Nº 9777 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 03 de febrero de 2004 y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución ENARGAS Nº 3460 del 21 de marzo de 2006 fs. 161 a 165 este Organismo decidió: Adjudicar la Contratación Directa Nº 100/2005 a los Sres. SANTIAGO JULIO DOINY CABRE, PEDRO CRISTOBAL DOINY CABRE, JUAN EMILIO DOINY CABRE y MARIA SARA
DOLORES DOINY CABRE, propietarios del inmueble ubicado en la calla Belgrano 321, en la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, puesto que el local en cuestión reúne las condiciones edilicias de habitabilidad para el emplazamiento de la futura Agencia Regional en esa Ciudad, su ubicación permite el fácil acceso del usuario y que el costo mensual para un edificio de sus características resulta razonable. art. 1º.
Que asimismo, en el mismo acto administrativo se instruyó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que: arbitre los medios a fin de que se materialice la suscripción del Contrato de Alquiler de Oficinas de conformidad al modelo obrante a fs. 86 a 90 de autos, dejando debidamente aclarado que la firma del mismo y la correspondiente facturación será realizada por el Señor OSCAR JOSE
INFANTE, según Poder General de Administración que le fuera otorgado por los propietarios mediante Actuación Notarial del 28 de diciembre de 2005.
Que este decisorio fue notificado a los propietarios del inmueble y a la firma BAIELLI SERVICIOS
INMOBILIARIOS cuyo titular es el Señor OSCAR JOSE INFANTE mediante la NOTA ENRG/SD Nº 1646
del 27 de marzo de 2006 fs. 166 a 170.
Que por su parte, la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS en representación de los propietarios del inmueble sito en calle Belgrano Nº 321 de la ciudad de Bahía Blanca efectuó presentaciones Actuaciones ENARGAS Nº 4770/06 y 4906/06 solicitando un reajuste del precio del alquiler fijándolo en la suma de PESOS DOS MIL $ 2.000 mensuales más IVA de corresponder, aunque efectuando una bonificación de PESOS QUINIENTOS $ 500 mensuales más IVA para los primeros DOCE 12 meses.

Que ello es así porque la oferta presentada por la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS
en representación de los propietarios del inmueble sito en calle Belgrano Nº 321 de la ciudad de Bahía Blanca data del 12 de octubre de 2005 cfr. constancia de fs. 106 a 107, en tanto que en autos se ha acreditado debidamente que los incrementos del valor locativo de los inmuebles situados en la ciudad de Bahía Blanca que se encuentran destinados a fines comerciales datan de fecha posterior ver notas de fs. 171 a 182 y 186 a 192 lo que impidió que el oferente los haya podido tener en consideración al momento de presentar su oferta.
Que por su parte, es de hacer notar que si bien el oferente está obligado a mantener su oferta original y/o comunicar en los plazos estipulados en el Pliego en forma fehaciente su desistimiento, este precepto debe caer como en casos como el de autos donde la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS en representación de los propietarios del inmueble sito en calle Belgrano Nº 321 de la ciudad de Bahía Blanca alega y acredita la existencia de circunstancias ajenas por completo a su voluntad y originadas en fecha posterior a la de presentación de la oferta, que justifican el incremento solicitado.
Que es más, si el oferente hubiera supeditado su oferta haciendo referencia a futuros incrementos del valor locativo del inmueble, hubiera incurrido en la causal de inadmisibilidad de su oferta art. 74
inciso el del Decreto Nº 436/2000.
Que por su parte, tampoco podemos soslayar que la GERENCIA DE ADMINISTRACION propicia esta solución indicando en su MEMORANDUM GA Nº 57/2006 que resolver por la negativa la situación planteada: no permitiría avanzar en la formalización del alquiler y la puesta en marcha de la futura Agencia. Asimismo remarcarnos la inmejorable ubicación del inmueble, su disposición y superficie y por sobre todo la incuestionable situación de escasez de locales en alquiler de estas características en el radio pretendido, a un costo que aún con el aumento solicitado para el segundo año entendemos razonable., finalizando con la siguiente exhortación con el objeto de la definitiva formalización que permita la suscripción del contrato y posterior adecuación de las instalaciones de la futura Agencia Bahía Blanca sugerirnos a ese Cuerpo que tenga en cuenta la pretensión de reajuste de precios por parte del oferente, resolviendo el otorgamiento del reajuste de $ 1.500 a 2.000 ambos más IVA de corresponder a partir del segundo año comenzando a regir el contrato a partir del 01 de marzo de 2006.
Que consecuentemente, teniendo en consideración que este Organismo ha tomado posesión del inmueble en cuestión en marzo de 2006 cfr. constancias de fs. 172, entendemos que correspondería emitir un acto administrativo por el cual se instruya a la GERENCIA DE ADMINISTRACION a que suscriba el contrato de locación cuyo modelo obra a fs. 86 a 90 de autos con las siguientes modificaciones a las cláusulas SEGUNDA y TERCERA: a SEGUNDA: Precio: el precio de la locación se conviene en la suma mensual de PESOS UN MIL QUINIENTOS $ 1.500 más IVA si correspondiere para los primeros DOCE 12 meses de la relación contractual y en la suma mensual de PESOS DOS
MIL $ 2.000 más IVA si correspondiere para los posteriores DOCE 12 meses. y b TERCERA:
Plazo: El término de duración de este contrato es de VEINTICUATRO 24 meses contados a partir de la fecha de toma de posesión del inmueble marzo de 2006 feneciendo entonces el 29/02/08.
Que en cuanto al pedido efectuado por la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS, en representación de los propietarios del inmueble sito en calle Belgrano Nº 321 de la ciudad de Bahía Blanca para que se indique que al valor locativo del inmueble se debería agregar el IVA en caso de corresponder, tampoco no hay objeciones que realizar al mismo, dado que ambos importes $ 1.5000 para los primeros 12 meses y $ 2.000 para los restantes 12 no llegan a cubrir el mínimo no imponible existente en la normativa vigente sobre el particular.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/01.
Por ello, EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Instrúyase a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que para que arbitre los medios a fin de que se materialice la suscripción del Contrato de Alquiler de Oficinas de conformidad al modelo obrante a fs. 86 a 90 de autos, con las modificaciones a las cláusulas SEGUNDA y TERCERA
descriptas en los considerandos de la presente resolución. Déjase debidamente aclarado que la firma del mismo y la correspondiente facturación será realizada por el Señor OSCAR JOSE INFANTE, según Poder General de Administración que le fuera otorgado por los propietarios mediante Actuación Notarial del 28 de diciembre de 2005.
ARTICULO 2º Notifíquese a los Sres. SANTIAGO JULIO DOINY CABRE, PEDRO CRISTOBAL
DOINY CABRE, JUAN EMILIO DOINY CABRE y a MARIA SARA DOLORES DOINY CABRE, a la firma BAIELLI SERVICIOS INMOBILIARIOS y a las Gerencias Intervinientes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. CARLOS A. ABALO, Director, Ente Nacional Regulador del Gas. RICARDO D. VELASCO, Director, Ente Nacional Regulador del Gas.
Cdor. FULVIO M. MADARO, Presidente, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 21/6 Nº 515.882 v. 21/6/2006

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Que fundó tal petición en la circunstancia de que: sobre fin del año anterior y en los primeros meses de este año los incrementos fueron del orden del 40% fundamentalmente en el caso de los locales comerciales. En los casos de propiedades con destino a vivienda el alquiler subió con moderación y en promedio no fue más allá del 25%.

Bs. As., 5/6/2006

Que ante tal solicitud, este Organismo emitió la NOTA ENRG/GA/GAL Nº 1950 fs. 183 mediante la cual se le indicó que: con la finalidad de dar trámite favorable a su requerimiento, solicito remita a este Organismo los elementos probatorios que acrediten los porcentuales de los incrementos que se hubieren
VISTO el Expediente Nº 1335 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENARGAS, lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº 330/96 y el Acta de Directorio Nº 310 del 03 de febrero de 2004 y
Resolución Nº 3519/2006

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2006 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date21/06/2006

Page count40

Edition count9411

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2006>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930